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    CIBERJOTA
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    enero 2002


    Estoy haciendo el curso de Tecnico Intermedio en Prevencion de Riesgos, y me gustaria saber si es suficiente para dar asesoramiento, formacion a nivel basico y si con el puedo realizar evaluaciones de riesgos y planes de mejora en empresas de las que yo no soy trabajador. Yo creo que si pero algunos comentarios que he escuchado hacen que este confuso, gracias.

    #307139 Agradecimientos: 0
    Profesor12364
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    enero 2002


    Depende mucho de la malla curricular de la carrera y del esfuerzo personal de cada uno

    #307140 Agradecimientos: 0
    Antonio VA
    Participante
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    diciembre 2001


    Asesoramiento claro que puedes dar pero no realizar determinadas evaluaciones que requieran mediciones u otros criterios técnicos similares. De cualquier manera las evaluaciones que puedes realizar las puedes hacer como trabajador designado en plantilla o en servicio de prevención propio o como técnico de servicio de prevención ajeno pero no por tu cuenta, ya que no es una modalidad que recoje la ley. Para dar formación también debes estar adscrito a una entidad ajena, si se trata del curso básico. Un saludo.

    #307141 Agradecimientos: 0
    Tino Blanco
    Participante
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    agosto 2001


    Puedes dar formación a nivel básico y por supuesto asesoramiento (y planes de mejora) en empresas. Lo que no puedes hacer son evaluaciones de riesgos sin ser un trabajador designado perteneciente a la empresa o trabajador de un servicio de prevención ajeno. Aún así, solo podrías realizar evaluaciones sencillas por tener formación de nivel intermedio (ver RD39/97 Reglamento de los Servicios de Prevención).

    Un saludo.

    #307142 Agradecimientos: 0
    javier12794
    Participante
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    enero 2002


    Todas las funciones que puedes realizar las tienes en el “Reglamento de los servicios de Prevencion” R.D. 39/1997 en el capitulo VI art.35.

    Espero haberte ayudado. Un saludo

    #307143 Agradecimientos: 0
    iver
    Participante
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    enero 2002


    No se como son las categorias de los prevencionistas en España, y que requerimientos necesita para desarrollarce en cada ambito, si tu me lo puedes aclarar te lo agradeceria.

    #307144 Agradecimientos: 0
    ARON
    Participante
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    noviembre 2001


    Ciberjota:

    Desconozco la incumbencia del título mencionado, pero en nuestro país, Argentina, el equivalente sería, “Auxiliar en Seg. e Hig. Laboral”. Desde esa óptica, te diría, que la aptitud para asesorar en el tema mencionado, como así también, para confeccionar planes de Mejoramiento, o realizar evaluacoines de los riesgos, depende específicamente del nivel de los conocimientos adquiridos y fundamentalmente de la experiencia profesional. Te aconsejo, antes de efectuar cualquier tipo de actividad antes mencionada, que investigues preveamente el rubro a verificar o asesorar, pero no te olvides que los riesgos primarios se encuentran en toda actividad.

    Suerte.

    Marcelo Fortunato. Lic. en Seg. e Hig. Laboral

    #307145 Agradecimientos: 0
    Gorka12659
    Participante
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    enero 2002


    En el RD 39/97 Reglamento de los Servicios de Prevención vienen especificadas las funciones de los tres niveles, bàsico, intermedio y superior.

    Si que puede hacer evaluaciones de Riesgo, menos las que esten asignadas al nivel superior, en este caso hará una labor de auxiliar del nivel superior, lo que pasa muchas veces es que la hace el intermedio pero la firma el superior.

    Puedes dar formación de nivel bàsico curso Delegado de Prevención 30/40h además de otros tipos de formación, talleres,cursos de menos de 30/50h menos específicos que los que vienen regulados en el RD 39/97.

    En cualquier caso tanto el nivel superior como el intermedio necesitan estar integrados en una empresa o Servicio de Prevención/Gestora con los permisos adecuados para efectuar asesoramiento/formación/evaluaciones/planes de mejora..,etc.

    Por tanto de momento no es posible ir por libre, ni siquiera teniendo el autónomo, aunque desde diferentes asociaciones de Prevencionistas, se intenta regularizar que los Técnicos puedan prestar sus servicios en este sentido.

    He aqui varias direcciones que creo te pueden ampliar info:

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    #307146 Agradecimientos: 0
    jose luis9768
    Participante
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    diciembre 2001


    Hace un momento te estuve contestando a una pregunta tuya y esta que haces es complementaria pues localizas lo que preguntas en el Anexo IV del Reglamento de los Servicio de Prevención, dónde te indican hasta donde debes llegar y que tiene que hacer el nivel superior.

    un saludo

    #307147 Agradecimientos: 0
    FºJavier
    Participante
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    octubre 2001


    En el reglamento de los servicios de prevención (39/1997 de 17 de enero), estan determinadas las funciones de tu nivel.

    Dentro de tu cometido estan todas obligaciones a las que haces referencia, siempre que las realices dentro de tu propia empresa. Una observación: puedes hacer evaluaciones y debes, pero las tiene que firmar un técnico superior. Todas estas dudas, si las planteas en el centro donde te estan impartiendo la formación, te las deben responder sin ninguna duda.

    Recibe un saludo.

    #307148 Agradecimientos: 0
    mara8776
    Participante
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    noviembre 2001


    acogete al reglamento de los servicios de prevención respecto a lo que podrñias hacer.

    Además habla con los tecnicos de la unidad de seguridad y salud de la ciudad donde estes.(las unidades de seguridad de seguridad y salud es un organismo encuadrado dentro de la consejeria de trabajo)

    Un saludo

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