- Este debate tiene 8 respuestas, 9 mensajes y ha sido actualizado por última vez el hace 15 años, 11 meses por mdaniel.
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Hola,
Os pongo en situación: trabajador con el siguiente diagnostico, adenocarcinoma etmoidal de baja por la seguridad social pide al Inss que sea enfermeda profesional.
Resolución por parte del Inss aceptada, por tanto ahora el trabajador esta de baja por enfermedad profesional desde la fecha inicial del periodo de baja.
¿Que tiene que hacer el trabajador?¿En que le afecta?Muchas gracias, Saludos
No necesita un período mínimo de cotización para tener derecho a las prestaciones, y cobra más, tanto en IT como en IP. Básicamente es eso…
Estimado compañero:
La calificación del proceso como enfermedad profesional le convierte, en mi opinión, en especialmente sensible, de forma que tendrá un especial seguimiento por vigilancia de la salud de su servicio de prevención cuando se reincorpore al trabajo. Los criterios de aptitud en el futuro serán, en buena lógica, más estrictos.
Un saludoJavier
supongo que el trabajador al solicitar esta atencion a ss es para tener el correcto tratamiento al padecimiento,el resto es de burocracia ya que las cotizaciones deben ser las necesarias para su tratamiento.si esto procede el cobrara su salario casi intacto al volverse a incorporar logicamente su padecimiento amerita mayor vigilancia y areas que no le afecten
El que a un trabajador le definan como de origen profesional un adenocarcinoma etmoidal implica que estuvo expuesto a uno o varios compuestos probados como carcinogénicos ocupacionales. Si éste desarrolló la enfermedad es necesario hacer una detenida evaluación en los otros empleados expuestos, en el sector económico donde se desarrolló laboralmente la exposición para buscar nuevos casos. Cuando aparece una enfermedad profesional en un trabajador deben sonar las alarmas dentro de la empresa y dentro de la mutual o aseguridadora en riesgos profesionales pues algo falló y permitió el desarrollo de la enfermedad. Por otro lado cuando se determina el origen profesional de una enfermedad grave como esta se abre la puerta para que entre a manejar una eventual culpa patronal (omisión, negligencia, impericia, incumplimiento normativo, etc)que permitió el desarrollo de la enfermedad.
Alvaro Londoño
Si le fue diagnosticada como profesional, lo que debe es conocer los derechos que le asisten para el tratamiento y la compensacion economica por la baja.
Vamos a ver, cuando un trabajador está de baja por Enfermedad Profesional, los medicamentos serán gratuitos, NO ES NECESARIO ningún periodo de cotización anterior para recibir el 100% de la base, y en caso de derivar en incapacidad, el cálculo de la base reguladora será más favorable, por lo que recibirá más dinero. Un saludo a todos
Sería interesante que el trabajador, con toda la documentación médica y reconocimiento de la EP presente denuncia ante la ITSS para que abra diligencias sobre falta de medidas preventivas, lo que implicaría que la empresa aparte de otras cosas pueda ser sancionada con un recargo de las prestaciones a favor del trabajador de hasta el 50% (el trabajador cobraría un 50% más de lo que cobra estando de baja)
Lo que significa es que desde la fecha de la baja la prestación sanitaria y económica depende de la entidad con la cual tenga concertada, su empresa, la contingencia profesional: generalmente una Mutua.
¿Qué debe hacer el paciente?, generalmente nada, pues la misma resolución que le ha llegado a él le ha llegado a la empresa y a la mutua. Por si acaso que contacte con la mutua y con eso es suficiente.
Un saludo… y suerte. -
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