Viendo 13 entradas - de la 1 a la 13 (de un total de 13)
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  • #74335 Agradecimientos: 0
    MARIALUI
    Participante
    4
    marzo 2004


    Buenas tardes,

    Os comento un supuesto para ver si por favor podéis ayudarme.

    En este caso hablamos de actividades diferentes a la construccion. Os lo cuento resumido: Se pretende que un trabajo que requiere de recurso preventivo por su especial peligrosidad , sea realizado a la vez por un trabajador de la contrata y uno de la subcontrata ( ocupando ambos el mismo espacio de trabajo) .

    De esta manera se pretende que la contrata designe el recurso preventivo para ambas empresas, evitando que lo designe la subcontrata ( que hace el mismo trabajo que requiere recurso preventivo) . Desde mi punto de vista el RP debe de cumplir su labor hacia el personal de su empresa , es decir entiendo que la potestad y atribuciones que le otorga la ley es hacia su empresa, no teniendo claro hasta que punto esa labor del recurso preventivo la pueda llevar a cabo hacia personal de otra empresa que no es la suya.

    ¿ Como lo veis?

    Muchas gracias

    #437908 Agradecimientos: 0
    PRL2011
    Participante
    6
    7
    octubre 2011

    Iniciado

    Yo también lo pienso igual que tú. Quiero decir que me parece que un trabajador de una empresa no puede vigilar a otro de una empresa distinta aunque sea subcontrata suya.
    Lo que pasa es que no tengo toda la seguridad de que esté acertado.

    #437909 Agradecimientos: 0
    nocorras
    Participante
    14
    1
    enero 2008

    Iniciado

    La contrata es responsable de la subcontrata. El Recurso Preventivo en caso de No Construcción lo puede poner la contrata y en caso de que ésta no realice unas tareas que generen riego, lo puede poner la subcontrata que los genere.

    #437910 Agradecimientos: 0
    MARIALUI
    Participante
    4
    marzo 2004


    El tema es que ambas, contrata y subcontrata compartiendo un mismo espacio realizan actividades de riesgo, la duda es si el Recurso preventivo de la contrata ( no construccion) puede hacer valer sus atribuciones sobre un trabajador de otra empresa, e incluso si al hacer esto exime a la subcontrata de designar su propio recurso preventivo.

    #437907 Agradecimientos: 1
    De locos
    Participante
    976
    279
    diciembre 2003


    Sabio

    Las páginas 7 y 8 del criterio técnico CT83-2010 de la Inspección de Trabajo, trata de explicar cómo gestionar este tema.
    Lo que ocurre (creo yo) es que es difícil que ni la normativa legal ni un criterio de un organismo oficial puedan explicarte cómo gestionar situaciones que quizás legalmente no sean del todo adecuadas.

    Quiero decir que situaciones habituales en las que un trabajo es desarrollado conjuntamente con trabajadores de varias empresas (aunque haya relación contractual entre ellas) no están previstas en la legislación ni en la forma en la que los organismos oficiales ven el trabajo.

    Así, se explica muy bien que un subcontratista realice para el contratista un determinado trabajo que éste no sabe hacer o para el que no dispone de medios adecuados; pero no se contempla tan bien que una empresa subcontrate a otra para que el trabajo se haga conjuntamente entre ambos, mezclando trabajadores y medios; lo cual ocurre con cierta frecuencia (como todos los que viven en el mundo real y pisan barro saben).

    Bajo mi punto de vista, y sin tenerlo tampoco claro del todo, creo que el tema no es fácil de resolver. Si entre el conjunto de trabajadores hay un mando del contratista, probablemente el tema sí pueda estar más claro; pero sí se trata de asignar a un trabajador (que no tiene categoría de mando) las funciones de vigilancia de trabajos peligrosos; probablemente dicho trabajador tenga argumentos para negarse a vigilar operarios de otra empresa.

    #437906 Agradecimientos: 0
    MARIALUI
    Participante
    4
    marzo 2004


    Gracias por las respuestas,

    El tema realmente es complicado, pero como podeis imaginar por una falta de planificación y por “gastos” no tenidos en cuenta….se ha creado el problema y ahora PRL a resolverlo…. ( como ellos quieren claro….)

    La verdad que es una situación tan atípica que no encuentro referencias legislativas que lo apoyen o que arrojen algo mas de luz.

    Entiendo como indicas que un trabajador no quiera responsabilizarse de los trabajos de otro, ni de como gestiona la prevención otra empresa…como la situación me parece una chapuza de principio a fin, tratare de exponer lo que me habéis comentado ( que por ahi van mis dudas) y veremos a ver…

    De nuevo muchas gracias

    #437911 Agradecimientos: 0
    nocorras
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    14
    1
    enero 2008

    Iniciado

    El Criterio Técnico de Inspección dice que solamente aportará el Recurso Preventivo la subcontrata, si sólo genera riesgos la subcontrata (pone en negrilla “si sólo es la subcontrata”). Entiendo que si también lo genera la contrata ya no se cumple eso, por lo tanto el recurso debe ser de la Contrata.

    #437912 Agradecimientos: 0
    MARIALUI
    Participante
    4
    marzo 2004


    Si, tambien he visto esa apreciación del CT, pero lo he entendido como que no hace falta que sea también la contrata ( si esta no hace trabajos de riesgo) , si no sólo la subcontrata.

    Si esto es así ¿ no tendría entonces la subcontrata que cumplir con lo indicado en el Art. 22 del reglamento de los servicios de PRL? , ¿ le eximiría de nombrar recurso preventivo?

    Como ha dicho un compañero esto no va a ser facil….

    #437913 Agradecimientos: 0
    Sirgudlab
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    612
    188
    noviembre 2007


    Super Gran Maestro

    Buenas.

    En mi opinión, y salvo mejor opción, yo lo abordaría como un caso de Coordinación de actividades empresariales donde va a ver concurrencia. El art. 13.4 del R.D. 171/2004 permite que un RP pueda actuar como elemento de coordinación, por lo cual, estableciéndolo previamente entre ambas empresas (he ahí el quid de la cuestión), no veo por qué no podría haber un solo RP para controlar a dos trabajadores, y que además que van a hacer el mismo trabajo. ¿Dos tipos vigilando? Ni que fueran presos.
    En este caso, por responsabilidad de vigilancia, yo elegiría que el RP fuera de la empresa principal.

    P.D: y como he conseguido contestar la cuestión si soltar una parrafada, me voy repantingar en la silla con cara de satisfacción hasta que aparezca mi jefe.

    Cada vez que das las "gracias" pones la sonrisa en la cara de un niño. En la mía, vaya. No seas rata con los agradecimientos.

    #437914 Agradecimientos: 0
    De locos
    Participante
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    279
    diciembre 2003


    Sabio

    @Sirgudlab wrote:

    Buenas.

    En mi opinión, y salvo mejor opción, yo lo abordaría como un caso de Coordinación de actividades empresariales donde va a ver concurrencia. El art. 13.4 del R.D. 171/2004 permite que un RP pueda actuar como elemento de coordinación, por lo cual, estableciéndolo previamente entre ambas empresas (he ahí el quid de la cuestión), no veo por qué no podría haber un solo RP para controlar a dos trabajadores, y que además que van a hacer el mismo trabajo. ¿Dos tipos vigilando? Ni que fueran presos.
    En este caso, por responsabilidad de vigilancia, yo elegiría que el RP fuera de la empresa principal.

    P.D: y como he conseguido contestar la cuestión si soltar una parrafada, me voy repantingar en la silla con cara de satisfacción hasta que aparezca mi jefe.

    Lamento no estar de acuerdo contigo, pero veo dos errores en tu razonamiento:
    1. Las funciones y responsabilidades de coordinación y de vigilancia (de esto último es de lo que hablamos) no son las mismas.
    2. Un recurso preventivo de una empresa podría ser nombrado como coordinador de actividades empresariales, … si dispone de la titulación y competencias correspondientes; que no se corresponden precisamente con el caso que nos plantea nuestro compañero (dos operarios trabajando juntos).

    #437915 Agradecimientos: 0
    Oskar76
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    65
    noviembre 2004


    Gran Maestro

    Buenos días

    En una Coordinación (todo lo que no se rija de forma directa por “normativa de construcción – RD 1627/1997) lo hace indefectiblemente por CAE del RD 171/2004 (bueno -para ser exactos – todo es por RD 171/2004, solo que en las obras de construcción se restringe o especifica aún más), la presencia de los recursos preventivos sólo son un medio más para la coordinación de actividades.

    A partir de ahí ¿que ha establecido el empresario titular del centro al respecto de las necesidades de CAE? ¿ha establecido la presencia de los recursos preventivos de las empresas concurrentes – art. 11.f – como necesarias? ¿para qué empresas? ¿ha establecido otros medios? ¿Ha nombrado coordinador de actividades empresariales para coordinar todo esto, si es que se realizan trabajos peligrosos?

    En definitiva, legalmente hablando, quitando en la construcción – que queda perfectamente definido- no existen ninguna norma que nos indique quien debe poner, en casos de concurrencia de empresas, los recursos preventivos. Debe ser en la COORDINACIÓN ENTRE LAS EMPRESAS, donde se defina toda esta situación, y quien y como debe establecer estas presencias.

    El problema es que buscamos en la legislación algo que, por suerte para todos, debe salir de la lógica y de la coordinación REAL de los trabajos, y no de la CAE formal de los mismos.

    Saludos

    "Lo más importante que he aprendido: Que nunca se deja de aprender!"

    #437916 Agradecimientos: 0
    De locos
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    976
    279
    diciembre 2003


    Sabio

    @Oskar76 wrote:

    Buenos días

    En una Coordinación (todo lo que no se rija de forma directa por “normativa de construcción – RD 1627/1997) lo hace indefectiblemente por CAE del RD 171/2004 (bueno -para ser exactos – todo es por RD 171/2004, solo que en las obras de construcción se restringe o especifica aún más), la presencia de los recursos preventivos sólo son un medio más para la coordinación de actividades.

    A partir de ahí ¿que ha establecido el empresario titular del centro al respecto de las necesidades de CAE? ¿ha establecido la presencia de los recursos preventivos de las empresas concurrentes – art. 11.f – como necesarias? ¿para qué empresas? ¿ha establecido otros medios? ¿Ha nombrado coordinador de actividades empresariales para coordinar todo esto, si es que se realizan trabajos peligrosos?

    En definitiva, legalmente hablando, quitando en la construcción – que queda perfectamente definido- no existen ninguna norma que nos indique quien debe poner, en casos de concurrencia de empresas, los recursos preventivos. Debe ser en la COORDINACIÓN ENTRE LAS EMPRESAS, donde se defina toda esta situación, y quien y como debe establecer estas presencias.

    El problema es que buscamos en la legislación algo que, por suerte para todos, debe salir de la lógica y de la coordinación REAL de los trabajos, y no de la CAE formal de los mismos.

    Saludos

    Estoy de acuerdo en aplicar la lógica; pero el problema es que nuestra lógica podría ser distinta de la del inspector o de la del juez.
    No estoy de acuerdo en que la normativa no diga nada al respecto.
    La LPRL dice que la vigilancia se hará a través de los recursos preventivos de la empresa que genera el riesgo o en su caso por un trabajador de esa empresa con determinadas condiciones (que es el caso que plantea nuestra compañera). En todo caso, se habla siempre de medios propios de la empresa (o pertenecientes a su servicio de prevención).
    En el caso de concurrencia de trabajos, la normativa no dice nada; pero sí el criterio de la inspección de trabajo; que incide en el mismo criterio.
    El problema que se plantea aquí, como señalé antes, es que cuando las cosas se organizan de tal forma que dos empresa no trabajan juntas, sino que dos trabajadores de empresas distintas realizan conjuntamente el mismo trabajo, la duda está en si un trabajador asignado para vigilar un trabajo peligroso, puede hacerlo respecto de un trabajador de otra empresa.
    En mi opinión:
    – La normativa no contempla esta posibilidad, porque en teoría, esta situación no debería darse.
    – Cuando la normativa no lo prohíbe, el empresario tiene capacidad de organizarse como desee.
    – Sin embargo, en mi opinión, la normativa sí dice que los medios de vigilancia deben pertenecer a la empresa generadora, y por lo tanto, no está nada claro que un trabajador (llamémosle “soldado raso”) pueda vigilar cómo un trabajador de otra empresa desarrolla un trabajo peligroso.
    En conclusión, no se trata de aplicar la lógica y decidir, porque no hay seguridad en absoluto que esa responsabilidad “in vigilando” tan importante esté bien gestionada, máxime con alguien que no es mando.
    El problema, bajo mi punto de vista, surge de esa costumbre de mezclar personal de varias empresas para hacer una misma tarea; que oficialmente puede tener un aspecto legal, pero que en la práctica, a menudo se trata lisa y llanamente de “cesión ilegal de trabajadores”.

    #437917 Agradecimientos: 0
    Sirgudlab
    Participante
    612
    188
    noviembre 2007


    Super Gran Maestro

    @De locos wrote:

    Lamento no estar de acuerdo contigo, pero […]

    Cuando los post empiezan así, me entra un dolor asín´ en el pecho…ay, mi frágil corazoncito.

    No hay problema, era una opinión personal, aunque no sé si se entendió como pretendía. Lo que quiero decir es que, en este supuesto y para mí, el problema es de COORDINACIÓN a secas (no CAE entendido como “procedimiento”): hay dos empresas que van a trabajar juntas, en el mismo trabajo, con el mismo riesgo, con necesidad de vigilancia de RP; las obligaciones en materia de seguridad para cada empresa son las que son (eso no se discute), pero aquí el tema es cómo organizarlo para evitar duplicidades innecesarias (2 RP para un solo trabajo, cuando basta con uno).

    Pongo otro ejemplo para tratar de explicarme, qué sé yo…imaginaos que por el tipo de trabajo es necesario poner una barandilla. ¿Quién la pone? ¿Las dos empresas, colocando una detrás de otra, porque es que es obligación de cada empresa proteger de ese riesgo a sus trabajadores? Pues aquí igual: si con un RP en el tajo sobra, que se coordinen entre ellas para ver quien “lo pone” (independientemente de que las dos tengan obligación de tener RP). Se deja reflejado por escrito y listo, y encima con ello acreditamos reunión de CAE.

    Ahora sí, como se pedía base “legal” para justificar todo esto, hago referencia al art. 13.4 del R.D. 171/2004. Que permite al RP ser persona designada para “coordinar” la actuación preventiva. Que en este caso es VIGILAR (presencia de un RP), en un trabajo donde hay concurrencia de dos empresas. Por lo tanto, en tanto que ambas empresas acuerden utilizar ese medio de coordinación entre ellas, para esa función concreta (presencia de un RP en un trabajo donde hay concurrencia de dos empresas), no entiendo qué problema hay en que sea el RP de una u otra empresa.
    ¿Cada empresa tiene su RP? Sí. ¿Es un trabajo con necesidad de presencia de RP? Sí. ¿Es el mismo trabajo? Sí. ¿El riesgo que lo justifica lo generan ambas? Sí. ¿Va a haber RP? Sí. Con la particularidad de que por cuestiones de eficiencia y evitar duplicidades (2RP en un tajo con dos personas), ambas empresas han coordinado (CAE) la manera de hacerlo: como con un solo RP basta para vigilar dicho trabajo, acuerdan entre ellas quién lo va a facilitar.

    Eso sí, tu razonamiento (como el de la segunda intervención, que también leí) me parece perfectamente válido.

    P.D: ya está, al final parrafada. Si es que me incitáis al mal, me incitáis al maaaaaaaal.

    Cada vez que das las "gracias" pones la sonrisa en la cara de un niño. En la mía, vaya. No seas rata con los agradecimientos.

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