Viendo 8 entradas - de la 1 a la 8 (de un total de 8)
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  • #61069 Agradecimientos: 0
    muer-d
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    12
    octubre 2007

    Iniciado

    Hola estoy muy verde
    como norma general siempre indico que se instalen diferenciales de 30 mA como se indica en rebt itc 25 pero esto afecta a las viviendas
    en la itc 33 en obras los diferenciales seran de 30 mA máximo
    ¿que pasa en las industrias?
    por ejemplo: una empresa con oficinas sección de corte (todo el suelo mojado) y sección de hornos (seco).
    Si una corriente residual de contacto de 30 mA ya es peligrosa como, ¿se come un diferencia de 300mA? nótese que existe una sección donde el suelo y ambiente es húmedo.
    ¿como me como una instalación con diferenciales de 300 mA con un boletín firmado como que la instalación es correcta?
    supongo que el electricista habrá justificado las que las corrientes residuales de contacto serán inferiores a 30 mA o tensiones de 24 en local húmedo o 50 en el resto mediante algún equema eléctrico adecuado
    Bueno soy técnico de prevención y no soy chispas supongo que me debo fiar de el boletín …
    repito estoy muy verde , espero que la pregunta no sea muy peregrina gracias

    #344135 Agradecimientos: 0
    berbo
    Participante
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    agosto 2004


    Si el proyectista e instlador, diseñaron e instalaron este tipo de diferenciales ( 30 mA ), pues, será correcto. Es normal en las industrias instalar el de 300 mA.

    #344136 Agradecimientos: 0
    DRUIDA_RAPPEL
    Participante
    0
    diciembre 2007


    Como norma general, salvo que exista una particular que lo contradiga:
    – Se instala un diferencial de 30mA cuando existe una base de enchufe para conectar el circuito.
    – Se instala un diferenical de 300mA cuando existe una máquina alimentada directamente desde el cuadro a la maquina.
    – Si el local es mojado, posiblemente, debes emplear muy baja tensión ó bien realizar otro tipo de tierra, que controle el aislamiento de la instalación.

    #344137 Agradecimientos: 0
    De locos
    Participante
    971
    279
    diciembre 2003


    Sabio

    Es una pregunta interesante porque hay bastante confusión al respecto.
    No puedo darte una respuesta creíble, pero en el REBT menciona la obligación de utilizar diferenciales de 30 mA en todos los casos, con excepción del alumbrado exterior. Asimismo en la normativa sobre grúas-torre, se mencionan los diferenciales de 300 mA para el cuadro general de alimentación a la torre.
    Y no conozco ninguna normativa que admita más que lo que he señalado antes.

    No obstante, siempre entendí que en base a la posibilidad establecida en el propio reglamento, de admitir excepciones al cumplimiento de las ITC´s por motivos técnicos, no es raro ver diferenciales de 300 mA en determinados casos (circuitos de alimentación a máquinas puestas directamente a tierra y en circuitos no accesibles (no se esperan contactos con personas, …) en los que la utilización de diferenciales de 30 mA haría imposible el funcionamiento de la instalación porque estarían saltando continuamente (ambientes mojados, …).

    Todo ello es lo que yo tengo entendido, pero seguramente algún experto del foro te lo podrá contar mejor, o corregir algún error de lo expuesto.

    #344138 Agradecimientos: 0
    muer-d
    Participante
    15
    12
    octubre 2007

    Iniciado

    respecto a lo de la grúas torre si que tengo claro que las instalaciones de obra y provisionales 30mA impepinable rebt itc 33 y, coño si una grúa no tiene perdidas en el arranque como cualquier otra maquina en ambientes secos …
    y esto se lo pasan por el forro en muchas obras además esas mismas torres grúa pasan revisión con ese diferencial. con mis propios ojitos
    lo digo por que existen tanto profesionales cualificados que se informan, como los que no.-
    oiga señora donde quiere el enchufe ¿aquí al lado de el lavabo ?.-
    saludos y gracias

    #344139 Agradecimientos: 0
    De locos
    Participante
    971
    279
    diciembre 2003


    Sabio

    Respecto de lo comentado en el anterior post, también hay que decir que el antiguo Reglamento de Baja Tensión, sí contemplaba diferenciales de 300 mA

    #344140 Agradecimientos: 0
    ICM75
    Participante
    491
    286
    noviembre 2006


    Super Gran Maestro

    En obras de construcción es obligatoria la protección mediante diferenciales de corriente diferencial residual asignada igual como máximo a 30 mA, para cada base o grupo de bases de TOMAS DE CORRIENTE (= “ENCHUFES”), NO para instalaciones realizadas directamente a los cuadros de electricos.

    #344141 Agradecimientos: 0
    Anonymous
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    1
    0
    diciembre 2008

    Iniciado

    Hola a todos,

    donde el REBT diga expresamente que se tiene que instalar un interruptor diferencial de alta sensibilidad (10 mA ó 30 mA), pues se debe instalar con esta característica.

    Pero como norma general, sobre la que prevalecen las indicaciones específicas, se debe cumplir lo indicado en el apartado 4.1 Protección por corte automático de la alimentación, donde Ia nos daría el valor que no debería superar la sensibilidad del interruptor diferencial. Lo que se trata es de que no aparezcan tensiones de contacto peligrosas.

    El tema de las protecciones puede ser muy técnico.

    El que tenga interés puede leer la siguiente guía:

    Suerte.

    Saludos,

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