Viendo 15 entradas - de la 1 a la 15 (de un total de 25)
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    Kaldorhell
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    febrero 2003


    Me puede pasar el médico los resultados de un reconocimiento médico (no el certificado de aptitud), es decir los parámetros detectados para que yo lo tenga en cuenta para mi evalaución de riesgos higiénica o tan solo me puede indicar las limitaciones del trabajador para el desempeño de un determinado trabajo. Gracias!

    #359860 Agradecimientos: 0
    Anonymous
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    diciembre 2008

    Iniciado

    Buenas tardes,

    El reconocimiento médico es personal y privado entre el médico y el trabajador que se somete al exámen.

    Tu solo podrás saber si este trabajador es apto, apto con restricciones o no apto.

    Atentamente

    Luz

    #359861 Agradecimientos: 0
    Man0706
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    123
    febrero 2002


    Maestro

    El tema de la confidencialidad de los datos médicos de un trabajador con respecto al higienista me parece la memez más absurda de toda la prevención. Si entre médicos se pueden pasar datos médicos porque se supone que este tráfico de datos es necesario para atender la salud del paciente, ¿por qué entre médico del trabajo e higienista no se pueden pasar estos datos para mejorar la salud del trabajador? Hablo de datos analíticos relacionados con el trabajo, por ejemplo en casos de exposición a contaminantes químicos.
    Y encima dicen que la prevención es pluridisciplinar, ¿cómo va a ser pluridisciplinar si no hay intercambio de información?

    #359862 Agradecimientos: 0
    Tara92
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    enero 2010


    El médico no te puede pasar los datos del informe médico como tal, en eso consiste la confidencialidad de la información.
    Ahora sí, puede pasarte un informe donde se expliquen los resultados obtenidos de los analisis realizados a los trabajadores por ejemplo.
    El médico puede realizar estudios y esos resultados pasarlos al técnico, lo q no puede es dar resultados con nombres y apellidos.
    En nuestra fábrica a la hora de informar al técnico de algo en particular, se hace siempre haciendo referencia a los puestos de trabajo y nunca se le pasa información concreta de un trabajador.
    Si hay que recolocar al trabajador en un puesto, no se da el diagnostico sino q solamente se comentan las limitaciones del trabajador y que actividades puede o no realizar, pero sin dar el diagnostico de la patología q presenta.
    No creo que el técnico necesite conocer ni diagnostico ni otros datos concretos, hay otras formas de informar sin dar datos confidenciales.
    Un saludo.

    #359863 Agradecimientos: 0
    De locos
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    diciembre 2003


    Sabio

    Hasta donde yo sé, los higienistas no han hecho juramento hipocrático, que parecerá tontería pero ahí está.

    Creo que la cuestión no es ésa, sino más bien tratar la cuestión al revés.

    el higienista no necesita conocer datos sobre la salud del trabajador porque no va a ser él quien determine su aptitud.
    Más bien al contrario, el médico dará las indicaciones precisas al higienista (en perfecta y estrecha colaboración mutua) sobre qué datos técnicos relativos a las condiciones de trabajo del puesto que ocupa el trabajador hacen falta saber para que el médico pueda determinar la aptitud del trabajador, y en su caso su inaptitud.
    En este último caso, se pasaría a analizar qué modificaciones se podrían hacer en el puesto para adaptarlo al trabajador.
    En este segundo paso, tampoco es necesario conocer los problemas médicos del trabajador sino qué limitaciones tiene. Por ejemplo, el médico dirá que no puede subir o bajar escaleras, pero no tiene por qué explicar el motivo de tal imposibilidad.
    Con este dato, el técnico podrá evaluar el puesto y tratar de proponer las modificaciones precisas.

    #359864 Agradecimientos: 0
    Anonymous
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    diciembre 2008

    Iniciado

    Estimado compañero:
    Ni al técnico, noi al jefe de personal, ni a los delegados sindicales en el comité de seguridad y salud, ni al inspector de trabajo. Exclusivamente al paciente y se le dará al juez si lo pide formalmente.
    Si un médico del trabajo hiciera tal cosa, estaría rompiendo el carácter confidencial del acto médico, algo para lo que el trabajador no ha dado su consentimiento. Podría ser condenado por mala praxis, multado e inhabilitado para el ejercicio profesional de la medicina.
    Y si quieres saber algo, se lo preguntas al paciente.

    Javier

    #359865 Agradecimientos: 0
    PedroV
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    15
    mayo 2007


    Iniciado

    Totalmente de acuerdo con De Locos y Desitan.

    #359866 Agradecimientos: 0
    ICM75
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    286
    noviembre 2006


    Super Gran Maestro

    Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de Prevención de Riesgos Laborales.

    Artículo 22. Vigilancia de la salud.

    4.

    El acceso a la información médica de carácter personal SE LIMITARA AL PERSONAL MEDICO Y A LAS AUTORIDADES SANITARIAS que lleven a cabo la vigilancia de la salud de los trabajadores, SIN que pueda FACILITARSE AL EMPRESARIO O A OTRAS PERSONAS sin consentimiento expreso del trabajador.

    No obstante lo anterior, EL EMPRESARIO y las personas u órganos con responsabilidades en materia de prevención SERAN INFORMADOS DE LAS CONCLUSIONES que se deriven DE los reconocimientos efectuados en relación con la APTITUD del trabajador para el desempeño del puesto de trabajo o con la NECESIDAD DE introducir o mejorar las MEDIDAS DE PROTECCION Y PREVENCION, a fin de que puedan desarrollar correctamente sus funciones en materia preventiva.

    #359867 Agradecimientos: 0
    Anonymous
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    diciembre 2008

    Iniciado

    Buenas tardes,

    Estoy totalmente de acuerdo con Javier e ICM

    Saludos

    #359868 Agradecimientos: 0
    Mercè M
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    octubre 2004


    Su propio nombre lo dice: CONFIDENCIAL: ¿Sabes algo de una cosa llamada SECRETO PROFESIONAL? Pues resulta que en el ámbito sanitario es muy importante.

    #359869 Agradecimientos: 0
    doloritas
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    febrero 2010


    Totalmente de acuerdo con IcM 75

    #359870 Agradecimientos: 0
    Man0706
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    123
    febrero 2002


    Maestro

    No, los higienistas no hacemos el juramento hipocrático, pero algunos médicos lo hacen y no lo cumplen, pero este es un problema de la clase médica y yo no lo soy. Allá los médicos con su conciencia.

    El tema que debatimos es el de la confidencialidad de los datos médicos. Que estos datos son confidenciales y deben estar protegidos con los niveles más altos de seguridad lo tenemos todos claro. Los higienistas también podemos mantener la confidencialidad de los datos. De hecho, son muchos los profesionales que mantienen una confidencialidad de los datos de sus clientes, no es exclusivo de los médicos.

    Pero vayamos al grano. Caso real. Un trabajador afectado de LS acude al médico del trabajo. Sabemos que está reconocido como AT sin baja. ¿Qué hace el médico? ¿Extiende un apto total y ponemos una vela a la virgen para que evolucione bien la LS? ¿Extiende un apto con limitaciones y comunica las limitaciones al técnico? ¿Pero qué limitaciones si puede hacer todo el trabajo como siempre? ¿Extiende un no apto hasta que se le cure la LS? Recordemos que no le corresponde baja.

    Pero aquí no acaba la cosa, viene un inspector de trabajo y empieza a investigar, ¿dónde está la confidencialidad de los datos? El inspector no es personal sanitario.

    Y si no tenemos el diagnóstico de LS, ¿cómo aplicamos el protocolo?

    Sinceramente, no es más fácil decir fulanito tiene LS y todos nos ponemos a trabajar para intentar mejorarlo. Entiendo que los técnicos no tengamos acceso a todo el historial clínico, pero es que no nos interesa saber si tiene colesterol (salvo que sea un catador de foie) o es hipertenso, pero si nos puede interesar saber quien da positivo en un indicador biológico concreto, ya que puede darse el caso de que dos o tres personas ocupen el mismo puesto y solo uno presente valores anómalos. No me vale en este caso que el médico me diga que este puesto de trabajo hay que mejorarlo, porque a lo mejor es el trabajador quien no utiliza el EPI adecuado y el médico no está capacitado para hacer estudios de ventilación o determinar cual es el EPI adecuado. Tampoco me vale que me diga que hay que apartarlo temporalmente del puesto de trabajo porque corremos el peligro de que los otros también se contaminen y se supone que estamos para hacer prevención, no para guardar “secretitos”

    #359871 Agradecimientos: 0
    ICM75
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    noviembre 2006


    Super Gran Maestro

    Pero es que CORRESPONDE AL MEDICO DEL TRABAJO el determinar la necesidad de introducir o mejorar las medidas de protección y prevención (art. 22 de la Ley 31/95).

    #359872 Agradecimientos: 0
    67613
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    0
    febrero 2004

    Iniciado

    Artículo 14. CE

    “Los españoles son iguales ante la Ley, sin que pueda prevalecer discriminación alguna por razón de nacimiento, raza, sexo, religión, opinión o cualquier otra condición o circunstancia personal o social.”

    “Todo lo que viere y oyere en el ejercicio de mi profesión, y todo lo que supiere de la vida de alguien, si es cosa que no deba ser divulgada, lo callaré y lo guardaré con secreto inviolable” (Juramento Hipocrático 500 a. C.).

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    #359873 Agradecimientos: 0
    Man0706
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    123
    febrero 2002


    Maestro

    Todos sabemos leer la ley, pero contéstame a mi pregunta. Caso de LS, ¿cómo comunica el médico la necesidad de introducir o mejorar las medidas de protección y prevención?

    ¿Cómo tiene acceso el inspector de trabajo a información médica si el trabajador no lo ha autorizado?

    En el caso de la exposición a un contaminante químico ¿cómo comunica el médico la necesidad de introducir o mejorar las medidas de protección y prevención? ¿y cómo distingue si es un problema del puesto o de la persona que lo ocupa?

    Por otra parte, la ley dice “El acceso a la información médica de carácter personal se limitará al personal médico y a las autoridades sanitarias que lleven a cabo la vigilancia de la salud de los trabajadores, sin que pueda facilitarse al empresario o a otras personas sin consentimiento expreso del trabajador”. ¿Tanto le cuesta a un médico preguntarle al trabajador si puede ceder los datos relativos a la anomalía detectada al SP para que pueda actuar con iniciativa propia y no basándose en lo que diga una persona que no es técnicamente competente para proponer ciertas medidas.
    En el fondo es un problema de competencias. Los médicos no quieren que nadie se meta en su territorio, pero ellos quieren pisar el de todos.

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