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  • #70718 Agradecimientos: 0
    velvet06
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    junio 2006


    Buenos días, alguien me podría indicar, por favor, cuándo es obligatorio colgar un plano de evacuación en un centro.
    Creo que hay algunos requisitos de m2, en hoteles, centros sanitarios grandes,.. peró no encuento la normativa.
    Si alguien me pudiera ayudar!.Gracias!

    #417719 Agradecimientos: 2
    NBJ
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    6
    julio 2007

    Iniciado

    Si estas en Catalunya, cuando le sea de apllicación el Decret 82/2010. Y si estas fuera, si le aplica el Real decreto 393/2007.

    Si no le es de aplicación ninguna de esas normativas, pues cuando no puedas garantizar una correcta evacuación sin el plano.

    #417721 Agradecimientos: 1
    rubiales82
    Participante
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    7
    septiembre 2004

    Iniciado

    Añadir a lo indicado por los compañeros, aplica el art. 20 de la ley de prevención

    #417722 Agradecimientos: 0
    OBIDIO
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    1
    febrero 2007

    Iniciado

    En todos los establecimiento se le aplica el Real Decreto 393/2007, de 23 de marzo, por el que se aprueba la Norma Básica de Autoprotección de los centros, establecimientos y dependencias dedicados a actividades que puedan dar origen a situaciones de emergencia.

    Por lógica en todos los establecimiento deberá disponer de plano de evacuación, tanto por la distribución de los medios técnicos, salidas y lugar de reunión fuera del edificio en caso de emergencias.
    Ej. Superando una condiciones de 2000 personas en estableciminento hay que realizar un Plan de Autoprotección que incluyen más medios,….

    #417723 Agradecimientos: 2
    NBJ
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    6
    julio 2007

    Iniciado

    Obidio, siento contradecirte pero no todas las instalaciones están dentro del 393.

    Es decir, solo se aplicará el 393 en los equipamientos que sea de aplicación aplicarlo…, mírate el art.2 o Anexo I de la NBA. Y, aún siendo de aplicación aplicarlo, si se encuentra en Catalunya y les aplica el 82/2010, pues no se aplicará el 393. Luego todas, no.

    ¿Por qué lógicamente TODOS los equipamientos necesitan una plano de las vías de evacuación? Me interesa mucho tu respuesta.

    (perdón por tutearte)

    Saludos,

    #417724 Agradecimientos: 0
    OBIDIO
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    1
    febrero 2007

    Iniciado

    Estimada NBJ:
    Tienes razón de que a todas las empresas no se le aplica los planes de autoprotección del 393, pero si es obligastorio realizar un plan de emergencias que es lo compone de menor dimensión que los planes de autoprotección.
    Pero en todos los casis se acompañan de planos de evacuación.

    #417725 Agradecimientos: 1
    carloss
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    115
    septiembre 2002


    Super Gran Maestro

    A mi me parece que el preguntante se refiere a los planos “Ud está quí” no a otros planos que se comentan (sobre instalaciones y rutas) que suelen ir en el domento uno de los manuales de autoprotección (a veces tambien en algunos planes de emergencia). Estos básicamente son para conocimiento de los bomberos. Recordar que es indicativo colocar una copia del manual de autoprotección (actualizado en cuanto a planos) en los armarios de fachada que guardan bocas de incendio, si aquello de “uso exclusivo de bomberos”)

    Es cuestión de revisar normativa pero a bote pronto estos planos deben colocarse por normativa especifica en Hospitales, Hoteles y complejos alojativos (a partir de determinad número de camas alojativas) y en recintos de pública concurrencia (Reglamento de policia de espectaculos) .

    En los demas centros de trabajo creo que solo es optativo.

    Yo personalmente soy de la opinión que estos planos (no siempre) en su mayoría son un galimatias que no sirven para nada.

    #417726 Agradecimientos: 2
    NBJ
    Participante
    9
    6
    julio 2007

    Iniciado

    Perdona otra vez.

    Lo que es obligatorio siempre, es garantizar la seguridad de los ocupantes, y para ello hay que adoptar las medidas necesarias en materia de primeros auxilios, lucha contra incendios y evacuación de los trabajadores.

    Eso no implica realizar un plan de emergencias, podría hacer un plan de evacuación, o un plano de usted esta aquí, o cualquier cosa que se nos ocurra que no contradiga la normativa de turno.

    Sí, en casi todos los planes de emergencia hay planos de evacuación. Pero casi todos no son todos, y si puedo garantizar la seguridad de los ocupantes sin planos, pues no veo motivo ni norma que me obligue (ojo!si no esta en el 393 o 82/2010).

    Saludos,

    #417727 Agradecimientos: 0
    velvet06
    Participante
    5
    junio 2006


    Muchisimas gracias por vuestras respuestas.
    Efectivamente me referia a los planos de rutas y dirección de evacuación.

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