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  • #57429 Agradecimientos: 0
    H&S man
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    noviembre 2008


    Para ampliar o modificar la instalación eléctrica el REBT dice que debe ser un instalador autorizado quien lo realice, pero en el caso de manipulación de los cuadros y cableado no sé sí puede ser realizado por personal no especializado. ¿Alguién podría orientarme en esta cuestión?

    #319991 Agradecimientos: 0
    Oskar76
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    65
    noviembre 2004


    Gran Maestro

    Buenos días
    Te aconsejo la lectura del Real Decreto 614/2001, de 8 de junio, sobre disposiciones mínimas para la protección de la salud y seguridad de los trabajadores frente al riesgo eléctrico.
    En él se establecen la cualificacion necesaria del trabajador en funcion de la tarea a realizar y de la tensión “que manipule”.
    Saludos

    "Lo más importante que he aprendido: Que nunca se deja de aprender!"

    #319992 Agradecimientos: 0
    Anonymous
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    0
    diciembre 2008

    Iniciado

    Gracias Oskar, ya lo he encontrado.

    #319993 Agradecimientos: 0
    Anonymous
    Participante
    1
    0
    diciembre 2008

    Iniciado

    Lo puede realizar cualquier persona que tenga los conocimientos y lo realice con la normativa de industria luego lo revisa el instalador autorizado y firma el boletin y el responsable es el que firma

    #319994 Agradecimientos: 0
    4999d
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    2
    0
    octubre 2003

    Iniciado

    El cuadro eléctrico es instalación eléctrica.
    Los cuadros eléctricos son de los puntos de la instalación eléctrica donde más accidentes ocurren, y con más riesgo de incendio

    #319995 Agradecimientos: 0
    Jopar
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    enero 2005


    Fernado Pérez: No te enredes, no hagas actuar en cuadros a los que no son especialistas, además de estropear la maniobra de los cuadros pueden tener un accidente. En este caso se te tirarían al cuello y no sabes como. Un saludo. Jopar.

    #319996 Agradecimientos: 0
    Anonymous
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    0
    diciembre 2008

    Iniciado

    Debes tener en cuenta que para todo trabajo la normativa es clara la formación específica para cada puesto de trabajo para el conocimiento de los riesgos, pero para la manipulación esceptuando esto no tienen por que ser instaladores autorizados, si cuando tengas que obtener el visado de esa instalación debe estar firmado por un instalador autorizado.

    #319997 Agradecimientos: 0
    berbo
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    agosto 2004


    Si no es por un instalador autorizado, como mínimo, por trabajador designado según RD 614 ( riesgo eléctrico).

    #319998 Agradecimientos: 0
    berbo
    Participante
    0
    agosto 2004


    Corrijo, donde dice “designado” quiero decir
    ” autorizado”.

    #319999 Agradecimientos: 0
    Anonymous
    Participante
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    0
    diciembre 2008

    Iniciado

    Cito el RD 614/2001

    Las operaciones y maniobras para dejar sin tensión antes de iniciar cualquier trabajo sin tensión y la reposición de la tensión al finalizarlo, las realizarán trabajadores autorizados que, en el caso de instalaciones de alta tensión deberán ser trabajadores cualificados.

    Atentamente

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