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    Fenomen
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    junio 2005


    Hola, un trabajador de la construcción al manipular un azulejo se dañó la pierna, requiriendo puntos de sutura. Éste llevaba sus botas y sus guantes, pero trabajaba con pantalón corto porque dicen que a 40 grados no pueden llevar camisa ni pantalón largo.

    Mi pregunta es: “Qué tipo de indumentaria deberían llevar, podemos obligar a los trabajadores a que trabajen con pantalón largo en estas condiciones?”

    #211677 Agradecimientos: 0
    joanmaverick
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    mayo 2004


    Hola. Aquí, lo principal es averiguar si llevaba la indumentaria correcta. El uniforme de trabajo lo proporciona la empresa? Si es así, puede obligarle a llevar pantalón largo (de verano). Yo no entiendo que a un trabajador de la construcción se le permita trabajar si camiseta o camisa y pantalón. Precisamente el índice de siniestralidad se dispara en la construcción.

    #211678 Agradecimientos: 0
    Mr Alexis
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    febrero 2005


    Buenos dias,

    La verdad es que este es un tema bastante escabroso. Por una parte, los operarios estan obligados a llevar los equipos de proteccion individual que esten identificados en la evaluacion de riesgo (aunque habra que buscar uno que sea comodo de llevar y disenado para la terea en cuestion). Por otra parte, ya es bastante inhumano trabajar a cuarenta grados al sol, para llevar camisa o pantalon largo. La cuestion seria intentar que esos operarios realizaran esas tareas en horas en las que no hiciera tanto calor. Ademas, seguro que en el mercado hay pantalones y camisas de proteccion mas finas (mallado de nilon o algo parecido).

    Al final, despues de haber hecho la evaluacion de riesgos de la actividad, con todo el conocimiento, la experiencia y la buena fe del precencionista, se vera si la actividad es de riesgo bajo o medio (con lo cual la situacion no es preocupante aunque se tendria que intentar reducir el riesgo a bajo) o si es alto con lo que habria que tomar medidas sobre el tiempo de exposicion, reorganizacion de la tarea (no realizar esa actividad en horas de tanto calor), buqueda de EPIs mas apropiados, etc.

    Bajo mi punto de vista, si el operario sufre un alto riesgo de cortarse/lesionarse realizando esa actividad deberia de llevar pantalones y camisa de seguridad.

    Perdon por la ortografia y puntuacion pero mi ordenador es ingles.

    Alexis Correa

    Tecnico superior en seguridad

    Advance Health and Safety

    #211679 Agradecimientos: 0
    Mateos
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    abril 2003


    Hola compañero, debes saber que los trabajadores deben llevar la ropa adecuada a la actividad que venga desarrollando. La ley en ningún momento dice que tipo de ropa debe llevar, sólo que debe ser apta para el desarrollo de su trabajo. Además recuerda que la ropa de trabajo es un equipo de protección individual, así que si por el trabajo que venga desarrollando puede sufrir algún tipo de accidente deben colocarse camiseta y pantalón largo. Ese tema que me panteas me lo encuentro a diario en mis obras, pero yo nunca permito que la gente venga como si fueran a la playa, entre otras cosas porque la obra es un lugar de trabajo y no un lugar de vacaciones.

    Es más cuando te digan que pasan mucha calor con la camiseta les contestas que los soldados cuando se van de maniobras en agosto tambien pasan calor y te aseguro que van con mucha más ropa que ellos, y sin embargo deben llevarla.

    #211680 Agradecimientos: 0
    martinezm3
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    agosto 2004


    Si existen normas de seguridad en construcción, son para cumplirlas, lo relacionado con la vestimenta es básico y fundamental, no solo porque aumenta la exposición a peligros identificados, sino que el riesgo de cortarse, quemarse, o tener alguna lesión corporal, aumenta, recuerde que algunos aspectos de seguridad pueden ser modificados para el confort de los trabajadores, por ejemplo: si la temperatura ambiental es muy alta, hacer el trabajo en aquellas horas en que la misma es más baja, colocar toldos, ventilar para disipar el calor con extractores, ventiladores o acondicionadores de aire (si es posible), o cualquier otra acción de ingeniería que permita realizar la actividad, lo importante en trabajos no solo de construcción, sino cualquiera en general, es que la seguridad del personal no se negocia, más cuando existen estamentos legales y normativos que la regulan, es decir es obligatorio el uso de pantalón o braga para trabajar en tales condiciones.

    s a l u d o s desde Venezuela.

    #211681 Agradecimientos: 0
    robas
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    septiembre 2004


    buen dia

    de acuerdo con mauricio jose al respecto de las normas de seguridad y su obligatorio cumplimiento. Siempre es posible y es necesario el confort como una de las condiciones a tener en cuenta al evaluar la necesidad de utilizar elementos de protección pero en primer lugar está la seguridad que brinda. En la construcción el tipo de riesgos descrito es frecuente y aunque la ropa convencional de dotación no es inmune a rasgaduras y cortes si minimizàría el riesgo y la consecuencia del contacto con azulejo. lo importante es una norma clara coherente y correctamente explicada y supervisada.

    saludos y bendiciones

    robas

    #211682 Agradecimientos: 0
    papiringo
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    junio 2004


    Considero que el equipo de protecciòn personal es una barrera que en ocasiones disminuye el impacto de un accidente, eso es claro, sin embargo, considero que esta persona NO DEBIO CORTAR EL AZULEJO SOBRE SU PIERNA SINO SOBRE UNA MESA DE TRABAJO, en la personal la clave esta en como y donde realizamos nuestro trabajo y proporcionar al trabajador la mayor comodidad y libertad posible intercambiando en ocasiones el equipo de seguridad por medidas de ingenierìa o buenas prácticas de manufactura

    #211683 Agradecimientos: 0
    Atalaya49
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    1
    0
    julio 2001

    Iniciado

    Puedes asegurar que el pantalón largo le hubiera protegido? Yo creo que no, porque caso de ser afirmativo, tendrías que considerar el pantalón como un EPI y, logicamente, no lo es.

    Trata de buscar un EPI homologado para el riesgo. Si no existe, escribelo en la evaluación de riesgos.

    #211684 Agradecimientos: 0
    MANUVG
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    noviembre 2004


    Es lógico que todos o casi todos incidais en las prendas de ropa, pero antes que eso se deberia emplear un metodo adecuado y seguro para realizar la operación de corte del azulejo, el caso es que se deberia realizar la terea a una temperatura más razonable, a lo mejor variando el horario de trabajo, se deberia establecer el lugar y los elementos necesarios para realizar la operación (superficie de apoyo adecuada) y además se han de establecer los EPIS. Con tan pocos datos tampoco se puede ajustar la respuesta pero la idea es que no todo se soluciona cargando al trabajador con EPIS, sino estableciendo métodos de trabajo seguros, y evitando trabajar a esas temperaturas. UN SALUDO A TODOS.

    #211685 Agradecimientos: 0
    Don Prevencio
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    80
    22
    febrero 2002


    Experto

    ¿Y cómo trabajan los demás? Por ejemplo, un agente de la policía municipal dirigiendo el tráfico “algún” día de verano en Sevilla, una camarero sirviendo en una terraza otro día de verano, fundición, etc. Con esto no defiendo el uso del EPI o de la ropa de trabajo en este caso como solución mágica, pero si hay que usarla se usa. Antes desde luego hay que hacer una buena evaluación de riesgo y no pararse en la utilización del EPI que es la ÚLTIMA medida a adoptar, antes está la Prevención pensando bien el método de trabajo para que el riesgo “no exista” o se controle y disminuya suficentemente.

    #211686 Agradecimientos: 0
    legal
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    abril 2003


    ¿Hay algún estudio o proyecto sobre las condiciones de trabajo en esa obra? ¿ esta pregunta recurrente se basa en dos hipótesis, que se acepte o que se diga, no se puede trabajar en esas condiciones. Sin embargo todo mundo se hace el sordo para cambiar las condiciones ambientales de trabajo. ¿Que tal aireación, ventilación, acondicionamiento del ambiente en general?. Es posible preocuparse de esos detalles? Pues, adelante hombre, haced crugir la imaginación creadora.

    #211687 Agradecimientos: 0
    MALESI143267
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    0
    septiembre 2007


    La respuesta es sì, ya que los elementos de protecciòn personal son obligatorios en todo tipo de clima, frìo, calor, humedad. Debe utilizar pantalon jean, camisa de manga larga jean. La tela gruesa nos ayuda como un filtro para que los contaminantes polvos humos gases o vapores se queden en la tela y no se ponga en contacto con la piel, ademàs nos ayuda a proteger de los dañinos rayos solares evitando cànceres a la piel, tambièn ayuda como barrera protectora en el caso de cortes con objetos; se corta la tela pero no la piel.

    En climas de 35 a 48 grados centìgrados es obligatorio, pero si al trabajador se le puede suministrar ropa adicional para que se cambie por el sudotr serìa ideal.

    #211688 Agradecimientos: 0
    marsu
    Participante
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    septiembre 2004


    Previo a realizar los trabajo de colocación de la cerámica, se debe de realizar un ART (Análisis de Riesgo en el Trabajo), una condición completamente importante es el orden y la limpieza del personal que realiza el trabajo, la pericia y experiencia para realizar el mismo y la técnica utilizada. Estoy completamente convencido que NO HAY ninguna razón por la cual el no deba de utilizar la totalidad de su EPP (pantalón y camisa), si el problema de calor extremo es una condición que afecta el confort en el trabajo debe de buscarse las medidas ergonómicas que ayuden a que estas se realicen de la mejor forma. El uso de un ventilador, o bien mejorando el ingreso de circulación de aire natural, hace que el cuerpo pierda temperatura por convección, el mantener la hidratación adecuada del personal, el colocar un toldo o sobrillas para limitar la exposición a la radiación solar y recomendar hacer el trabajo en horas del día en que el calor no es tan intenso( en la mañana o en horas de la tarde), evitando aquellas horas próximas a las 12:00 pm. Seria recomendaciones importantes. El personal debe de estar convencido que el uso del EPP es de carácter obligatorio, no se tiene porque se miren más bonitos o porque sea un fastidio en el trabajo. Se obliga para garantizar su propia seguridad y la integridad.

    #211689 Agradecimientos: 0
    José Otero
    Participante
    0
    febrero 2002


    No hagamos un beneficio para aplcar un perjuicio mayor, bien como tu sabes mejor que nadie el mono de trabajo es un instrumento de ropa de trabajo, por lo que no se considea un Epi, pero tienes que darle a conocer cuales son los pro y contra de llevar una prenda y no llevarla.Y creo que lo menos que puede pasarle a ese trabajador que tenga un corte y lo mas con las temperaturas que estamos por ejemplo en Sevilla, puede producirle quemaduras en la piel al no protegerse con prendas apropiadas.

    #211690 Agradecimientos: 0
    olé0
    Participante
    0
    julio 2005


    Hola, creo que el llevar un pantalón largo, quizás hubiera disminuido la gravedad de la herida, pero no hubiera evitado el accidente. Los equipos de protección individual, deberán adaptarse, entre otras características a las condiciones existentes en el lugar del trabajo. Las altas temperaturas que padecen en vuestro caso los obreros de la construcción, lleva a que el propio trabajador adopte determinadas decisiones para aminorar los efectos del calor. Me imagino que de entre las medidas preventivas, resultantes de la evaluación de riesgos, reflejará medidas sobretodo organizativas respectoa a las altas temperaturas. Pienso que un pantalón largo, en este caso no se puede considerar un EPI, sino como ropa de trabajo, por lo que no se le podría obligar desde un punto de vista preventivo.

    Recuerda que una buena formación, es más eficaz que un EPI, y que éstos son solo medidas temporales que no eliminar el riesgo de sufrir un accidente.

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