Viendo 8 entradas - de la 1 a la 8 (de un total de 8)
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  • #8816 Agradecimientos: 0
    Mamer
    Participante
    0
    mayo 2005


    Hola a todos:
    Trabajo en un servicio de prevencion y ante las actuaciones de mi empresa tengo una duda:
    ¿el mismo servicio de prevencion puede estar contratado por un promotor para la coordinacion de una obra y a la vez que a la contrata principal le lleve la prevencion el mismo servicio de prevencion ajeno?
    Si es afirmativo, por favor nombrarme la ley donde lo puedo leer.

    Muchas gracias

    #124656 Agradecimientos: 0
    xirgu
    Participante
    159
    87
    junio 2002


    Maestro

    Tema tratado ampliamente en el foro, hay que usar el buscador de Pw.
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    #124657 Agradecimientos: 0
    FERNANDEZLARA
    Participante
    0
    noviembre 2005


    Yo creo que si se puede pero no estoy segura porque nunca me ha pasado.POr cierto yo tb soy Raquel Fernandez jeje que casualidad

    #124658 Agradecimientos: 0
    Mamer
    Participante
    0
    mayo 2005


    Bueno, pues estará super regulado en la ley como me decia alguien por ahi, pero en inspección de trabajo en Oviedo, piensan lo contrario: No hay nada que diga que no se puede a no ser que el promotor sea a su vez la contrata principal. Como no tiene nada que ver uno con el otro, y como el SPA no tiene nada que ver con ambos, es completamente legal.

    Un saludo a todos

    #124659 Agradecimientos: 0
    Previneitor Pre
    Participante
    10
    14
    agosto 2007

    Iniciado

    Legalmente no hay nada que lo impida, pero se puede crear un conflicto de intereses

    #124660 Agradecimientos: 0
    Miguel_SGI
    Participante
    0
    octubre 2007


    No es ilegal. Lo recomendable seria que fueran diferentes empresas.
    Recomendable como mínimo que al menos sean diferentes personas.

    #124661 Agradecimientos: 0
    cascoman
    Participante
    0
    abril 2003


    haced caso a Xirgu, Es conpletamente ilegal. De hecho, las administraciones públicas serias (ministerio de fomento, etc)prohiben que los servicios de prevención se presenten a los concursos de coordinación de seguridad y salud.

    #124662 Agradecimientos: 0
    Mamer
    Participante
    0
    mayo 2005


    Lo que a nosotros nos dijeron en Inspección de Trabajo es exactamente eso que comentais por ahi, que no hay nada escrito, lo unico claro es que entre promotor, contrata principal y SPA solo debe existir esa relación, la propia de tecnico y coordinador (que en nuestro caso son dos personas diferentes), ninguna otra vinculación comercial

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