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Epicóndilo.
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Desde rrhh, me han pedido una valoración respecto a un trabajador que solicita incorporarse con nosotros. El problema radica en que este trabajador prsenta una hernia discal en L3 L4, L5 Y S1, de la cual tiene reconocida una incapacidad parcial para su profesion habitual.El puesto que tendria que ocupar implicaria realizar posturas, es decir tendria que tomar nota de unos equipos, que se encuentran ubicados en distintas zonas qu para acceder a ellos hay que subir p. ej a una trampilla. Con lo cual yo desde el S. Prevencion propio, les he indicado que para este tipo de trabajo, no aconsejo su contratación, ya que podría agravarse su afectación con motivo del trabajo.
Y según especifica el art.25 LPRL, “no serán empleados en aquellos puestos de trabajo en los que, a causa de sus características personales, estado biológico o por su discapacidad física, psíquica o sensorial debidamente reconocida, puedan ellos, los demás trabajadores u otras personas relacionadas con la empresa ponerse en situación de peligro o, en general, cuando se encuentren manifiestamente en estados o situaciones transitorias que no respondan a las exigencias psicofísicas de los respectivos puestos de trabajo.
Que opinais al respecto?, ya que no se trata de una discriminacion de ningun tipo, sino que debido al tipo de trabajo, no esta indicado en su caso concreto.
Puede el trabajador emprender alguna accion legal contra la empresa??
Gracias y un saludo.
LA EMPRESA NO TIENE QUE DAR EXPLICACIONES DE PORQUE NO SE CONTRATA A UN TRABAJADOR, NI TAMPCO PORQUE NO SE CONSIDERA SUPERADO UN PERIODO DE PRUEBA RAZON POR LA QUE, SALVO QUE SE HAYA COMETIDO LA IMPRPUDENCIA DE INFORMAR AL TRABAJADOR DE QUE SU NO CONTRATACION ES POR MOTIVOS DE SALUD, NO TIENE QUE EXISTIR PROBLEMAS LEGALES.
Estoy de acuerdo contigo, no es apto para el puesto de trabajo. No puede iniciar ninguna acción legal contra la empresa, ya que prima la protección de la salud y NO se le contrata para protegerle de un empeoramiento de su problema.
¿Podría un conductor ciego emprender una acción legal contra una empresa de autobuses por no contratarlo?. NO.
Si tiene reconocida una parcial implica que puede desempeñar tareas de su profesión, por lo tanto no se le podría declarar como no apto. Caso de que la empresa no lo considerará apto el podría argumenta que tiene una incapacidad pacial y no total
Estimado compañero:
Puede emprender cualquier cosa, pero no le servirá de nada. El reconocimiento médico laboral es una pericia en cumplimiento de la LPRL. Si la pericia da un resultado que no te gusta, pues mala suerte.
Un saludo
Javier
Dependiendo del tamaño de la empresa, sería posible que el trabajador pusiera estos hechos en conocimiento del comité de empresa, y con su ayuda, si fuera posible se le ubicara en un puesto de trabajo para el cual fuera apto.
Hola. Entiendo que se trata de un reconociemiento inicial -y se hacen una vez establecida la relación laboral, salvo aquellos casos en que sea preceptivo hacerlos antes (anexo I, convenios, reglamentos,etc)- y efectivamente, después del período de prueba la empresa puede prescindir del trabajador sin más. Hay que saber cual es la profesión para la que tiene la Incapacidad, y no hacerle un contrato para esa profesión. Sería interesante negociar con la empresa ya que una incapacidad “reconocida” puede ofrecer rebajas sociales/fiscales al empresario y dar una buena imagen. Pero ante todo está lo que conoces del nuevo puesto de trabajo y de las limitaciones del trabajador. Recuerda que los recos de VdelaS NO SON PARA DECIDIR LA CAPACITACIóN del trabajador, se hacen para saber precísamente si hay que tomar alguna medida preventiva más concreta para un trabajador. ¡Ánimo! esta es la parte dura de nuestro trabajo.
Siempre hay que adaptar el puesto del trabajo al trabajador y ams si es un trabajador sensible, en caso contrario es discriminar. La empresa tendra q justificar q no tiene ningun puesto de trabajo para un trabajador sensible en caso de accion legal.
Los reconocimientos laborales no son una prueba de selección.
Si una Empresa pide un reconocimiento médico para un trabajador (LPRL), significa que ya lo ha contratado, y lo que se nos pide es la adaptación del puesto de trabajo.
Es la Empresa la que tiene que decidir si va a contratar a un trabajador con una hernia de disco, no nosotros.
Nosotros -si el trabajador presenta una incapacidad parcial- tenemos que decir que es apto, pero no para ese trabajo.
La empresa puede hacer un despido improcedente, o una no superación del período de prueba.
Saludos,
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