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  • #47197 Agradecimientos: 0
    adelaida72
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    diciembre 2002


    Gracias por vuestras respuestas. A raiz de este caso me ha surgido alguna otra duda: la Mutua es la que ha informado a la empresa de que el trabajador tiene TBC, ya que lo que en principio era un AT a su cargo ha pasado a ser una IT por Contingencias Comunes. Es decir, a la empresa ha llegado el diagnóstico (¿ donde queda lo de la confidencialidad?). Se ha creado una situación de alarma en el entorno laboral ( evidentemente innecesaria, pero ya sabemos que en España, si se declara meningitis en un colegio, los padres demandan la vacunación masiva y se hace, y lo de la quimioprofilaxis es para otros…) y la empresa quiere saber si sus trabajadores deben ser sometidos a estudio. En este caso, al ser la Seguridad Social la que ha detectado el foco, ¿debe ser la propia SS la que informe a la empresa de la necesidad o no de controlar las posibles exposiciones laborales, gestionando de manera directa el estudio? En el Servicio de Prevención no nos consta ningún informe que nos confirme el diagnóstico de TBC ( algo fundamental, ya que si lo que se ha detectado, por ejemplo, es un mal de Pott, toda esta situación es absurda). ¿Debe ser el empresario el que se haga cargo de los costes de realizar la prueba de la tuberculina a los trabajadores? ¿ De qué manera se puede iniciar una campaña de rastreo en la empresa cuando el trabajador no ha dicho la enfermedad que padece y supuestamente es información médica confidencial?

    Gracias como siempre por vuestra ayuda.

    #281628 Agradecimientos: 0
    aco0
    Participante
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    septiembre 2002


    Se trata de una enfermedad común y como tal debe ser tratada. Los coste de la investigación deben ser asumidos por la SS, independientemente el Servicio de Salud Laboral de la Empresa podrá colaborar en la medida de sus posiilidades

    #281629 Agradecimientos: 0
    Paulita Andrea
    Participante
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    febrero 2003


    Para comenzar no se lo que significa en España IT, por lo que no me referire a eso.

    Votemos por lo sano y

    1. Habla con el trabajador y hazle ver la necesidad de que el informe su enfermedad, apelando a su salud y a la de su familia y compañeros de trabajo.

    2. Si van a realizar el examen que sea solo a aquellas personas que esatn en contacto con el por largas hora, es probable que nadie este contagiado, sin embargo no sabemos desde cuando él tiene la enfermedad, por esos sería prudente hacerlo, ademas con eso pienso que pasaría la situación de alarma en la empresa.

    3. Realiza charlas sobre el tema si es posible para que sepan de lo que se trata la enfermedad y que dejo de ser mortal hace muchos años, siempre y cuando se trate a tiempo.

    4. No se como se maneja la legislación española, pero si no cubre el examen el SS que lo pague el empleador, de todas maneras le saldrá más económico ya que tranquilizará al personal.

    5. Lo MAS IMPORTANTE ES que se confirme el diagnóstico del trabajador para comenzar pronto su tratamiento, y deje de ser contagioso, en otras palabras APRETALE EL CUELLO A ESE HOMBRE Y QUE SE TRATE PRONTO SI TIENE LA ENFERMEDAD!!!!!!!!!!!!!!!!!.

    CARIÑOS y SUERTE

    #281630 Agradecimientos: 0
    NOEGAETANO
    Participante
    0
    febrero 2003


    Ya te he escrito en dos ocasiones con este tema. La razón fundamental es que soy internista, pero ahora ya me equiparo a los demás. Desde mi punto de vista, la posibilidad de que se trate de una Enfermedad Profesional por haber estado expuesto a un riesgo biológico es idéntica a la de una enfermedad sometida a Contingencias Comunes. El tema es encontrar el foco infeccioso, si está entre compañeros HABITUALES de trabajo será de origen laboral, de estar entre sus familiarres CONVIVIENTES será lo contrario. Esto es algo que hay que investigar con tesón, pues no es fácil. En todo caso, yo “apretaría las clavijas” a la MUTUA. Además la presión se podría hacer por otro camino, la aparición de una información confidencial en manos del empresario. Está castigado con penas de cárcel, por lo que deberás exigir máxima colaboración a la MUTUA si no quierre verse envuelta en una demanda (…y así todo). Al trabajador le interesa económicamente que consigas este camino. Y profesionalmente podrás estar muy orgulloso ya que en el mundo de la construcción la tuberculosis es una endemia al trabajar una población de inmigrantes y personas de bajo nivel social con mucha frecuencia. Espero que te pueda ayudar esta disertación filosófico/profesional.

    #281631 Agradecimientos: 0
    Iñaki5875
    Participante
    0
    octubre 2001


    Probablemente la Mutua tendría que haber informado a la empresa unicamente del cambio de contingencia, sin más información.

    El trabajador debería haber puesto en conocimiento del Sº Médico del Sº de prevención esta contigencia solo si es una TBC bacilifera.

    El Sº Prevención debería actuar según las consideraciones que haya en cada protocolo, teniendo en cuenta que probablemente solo algunos trabajadores habran estado expuestos (en su trabajo) al BK y probablemente en lo que se llama Circulo II o III.

    Es evidente que el Sº Médico debe informar de la posibilidad de contagio a los trabajadores que considere necesario, ahora bien no debe informar sobre la fuente de exposición.

    Todo teoricamente puede ser muy bonito, pero ya se ha alterado cualquier deber de confidencialidad.

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