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  • #58813 Agradecimientos: 0
    elice
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    septiembre 2008


    Hola, tengo una duda, el contenido minimo del botiquin está especificado en el RD 486 de lugares de trabajo, pero no dice nada de por ejemplo tener pomadas para quemaduras, medicamentos, etc… segun algunas fuentes que he podido consultar, tener estos medicamentos estaría prohibido y puede ser causa d emulta por la inspeccion de trabajo. Pero no me han sabido decir nadi de dónde han sacado esta conclusión, ¿alguien sabe algo? algun decreto o articulo que lo apoye?

    #328872 Agradecimientos: 0
    alseides
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    octubre 2005


    Lo del tema de los medicamentos en el botiquín es sencillamente porque una persona que no tiene conocimientos no debe poder administrarlos, de ahí esa prohibición. Tenerlos implicaría disponer de una persona que fuera socorrista, médico, ATS o similar (y el caso de socorrista me plantea dudas).
    De todas formas, para evitar problemas con la inspección, si tienes evaluado riesgo de quemaduras no te pueden poner problemas si tienes en el botiquín una pomada especial para quemaduras. Sólo ten presente en este caso que pongas un cartelito en el mismo de cómo y cuándo aplicarla y ten cuidado con las fechas de caducidad.
    Por último, lo que viene reflejado en el RD es el contenido mínimo. Lógicamente, en función de los riesgos es posible que necesites más cosas (por ejemplo, suero fisiológico para emplear como lavaojos en caso de que exista presencia de polvo, etc.)

    #328873 Agradecimientos: 0
    Cariñoso
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    junio 2007


    Es mejor no tener medicamentos o pomadas, por si al tomar una medicación, un trabajador sufre una reacción alérgica, entonces sería culpa de la empresa, yo recomiendo ni si quiera tener aspirinas.

    #328874 Agradecimientos: 0
    teg
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    marzo 2004


    Hola Eliconesa.
    Ya te han contestado. El botiquín de primeros auxilios, además de gasas, vendas, y similares puede tener suero fisiológico, pero nada de betadín ni pomadas, etc. Si alguien sufre un accidente debe acudir a un centro sanitario para las curas. Es por las alergias a ciertos componentes y la mala aplicación de los medicamentos.

    #328875 Agradecimientos: 0
    GONZA71
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    octubre 2001

    Iniciado

    Como su propio nombre indica, un contenido mínimo es eso MÍNIMO. La normativa es de aplicación para todos los lugares de trabajo, y las características pueden ser muy variadas por lo que no puede establecerse un contenido más completo. A partir de ahí, añade lo que en cada caso consideres que es necesario, haciendo uso de la lógica y el sentido común.

    Con esto quiero decir que no me parece lógico tener una crema para quemaduras en una oficina, pero si en el botiquín de una industria siderúrgica, por ejemplo.

    Dile a tus fuentes que cuando se dice que algo está prohibido, no está de más hacer referencia a la norma que lo prohibe (entiendo que se refieren a que no puede distribuirse medicación sin prescripción médica). No creo que un Inspector de Trabajo te imponga una sanción por tener una aspirina (u otros medicamentos)en el botiquín, entre otras cosas porque no creo que esto suponga un incumplimiento de ninguna de las normas que quedan bajo sus supervisión (aunque inspectores los hay para todos los gustos). Ahora bien, como digo aplicando la lógica, valora la necesidad real de que dichos medicamentos esten en el botiquín a disposción de cualquiera y el mal uso que puede hacerse de los mismos.

    Creo que el revuelo viene asociado a que antes, las mutuas facilitaban una dotación superior al mínimo con cargo a las cuotas de la seguridad social, y ahora que la SS se ha puesto a controlar el gasto y solo permite cargar el mínimo, la dotación que facilitan las mutuas se ha reducido, y ante las quejas de las empresas se están buscando justificaciones que en algunos casos no se corresponden con la realidad.

    Como anecdota te diré que hace ya unos cuantos años, yo he llegado a encontrarme medicamentos inyectables en los botiquines de oficinas, con todo el kit, incluida ¡una jeringuilla de cristal! Claro está que esto es completamente inadecuado, y aunque los trabajadores son lo suficientemente adultos y responsables como para no hacer mal uso de estos elementos, como te decía antes…todo puede llegar a pasar.

    #328876 Agradecimientos: 0
    muer-d
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    15
    12
    octubre 2007

    Iniciado

    Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales (BOE n. 244 de 11/10/2007)

    ORDEN TAS/2947/2007, de 8 de octubre, por la que se establece el suministro a las empresas de botiquines con material de primeros auxilios en caso de accidente de trabajo, como parte de la acción protectora del sistema de la Seguridad Social.
    el resto por cuenta del empresario

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    #328877 Agradecimientos: 0
    montsina
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    febrero 2009


    BOTIQUÍN MÍNIMO INDISPENSABLE

    * agua oxigenada
    * alcohol uso externo
    * alcohol yodado
    * algodón hidrófilo
    * antidiarreico comprimidos
    * anti-inflamatorio – analgésico comprimidos
    * antimicótico crema
    * aspirinas comprimidos
    * actericida – antiséptico – cicatrizante apósitos
    * bicarbonato de sodio * bucofaríngeo comprimidos
    * comprimidos para mareos, vómitos y vértigo
    * crema antibiótica
    * gasa esterilizada de 15 x 15 cm.
    * gasa furacinada (para quemaduras)
    * germicida desinfectante
    * gama para ligaduras
    * gotas antiespasmódicas
    * gotas óticas descongestivas
    * gotas oculares descongestivas
    * líquido antipruriginoso- antihistamínico
    * odontálgico antibiótico – analgésico
    * rollo de tela adhesiva
    * tablillas de varias medidas para fracturas
    * termómetro
    * tijera común y de punta roma
    * tintura de timerosal
    * vendas surtidas

    #328878 Agradecimientos: 0
    Anonymous
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    1
    0
    diciembre 2008

    Iniciado

    Quisiera remarcar que es segun la legislación española.

    qué haremos en el caso de quemaduras de cocinas????

    #328879 Agradecimientos: 0
    ICM75
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    491
    286
    noviembre 2006


    Super Gran Maestro

    SEGUN LA LEGISLACION ESPAÑOLA:

    LEY 31/1995, de 8 de noviembre de prevención de riesgos laborales. BOE nº 269, de 10 de noviembre.

    Artículo 20: Medidas de emergencia

    El empresario, TENIENDO EN CUENTA el tamaño y LA ACTIVIDAD DE LA EMPRESA, así como la posible presencia de personas ajenas a la misma, DEBERÁ ANALIZAR las POSIBLES SITUACIONES de emergencia Y ADOPTAR las MEDIDAS NECESARIAS en materia de primeros auxilios, lucha contra incendios y evacuación de los trabajadores, DESIGNANDO para ello al PERSONAL ENCARGADO de poner en práctica estas medidas y comprobando periódicamente, en su caso, su correcto funcionamiento. El citado personal deberá poseer la FORMACION NECESARIA, ser suficiente en número y disponer del material adecuado, en función de las circunstancias antes señaladas.

    Para la aplicación de las medidas adoptadas, el empresario deberá organizar las relaciones que sean necesarias con servicios externos a la empresa, en particular en materia de primeros auxilios, asistencia médica de urgencia, salvamento y lucha contra incendios, de forma que quede garantizada la rapidez y eficacia de las mismas.

    #328880 Agradecimientos: 0
    Anonymous
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    0
    diciembre 2008

    Iniciado

    Como bien te han indicado ya, el contenido mínimo del botiquín está regulado legalmente. Eso es lo que te suministra la Mutua gratis. Si en tu evaluación de riesgos, está identificado, por ejemplo, el riesgo de quemaduras, será el empresario el encargado de valorar la dotación del material que no cubre la Mutua, y además, como bien te han comentado, organizar las medidas de emergencia según el artículo 20 de LPRL.Si se conidera necesario según riesgos, se dotará de lo imprescindible para los primeros auxilios (valorando para ello el tiempo aproximado en que acuda el personal sanitario externo) y se formará al personal encargado de las medidas de emergencia, que formará parte de los equipos integrantes del Plan de Autoprotección o de Emergencias.

    En cuanto a la responsabilidad si pasa algo por “reacciones” a medicamentos….., hasta hace poco tiempo ha habido en todos los botiquines de los centros de trabajo diversos analgésicos,y entiendo que la “responsabilidad” recae únicamente en el trabajador que lo utiliza voluntariamente debiendo valorar o conocer los posibles efectos adversos que éste le pudiese provocar. Se está automedicando, nadie le obliga, ni le receta.

    #328881 Agradecimientos: 0
    Anonymous
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    0
    diciembre 2008

    Iniciado

    Buenos dias,

    Una de las principales reglas de primeros auxilios es que solo puede prescribir medicamentos el médico.
    Claro que no tiene que ” pasar nada” porque se tome una aspirina, pero hay que aplicar el sentido común. Si el acido acetil salicilico no tiene porque resultar perjudicial a una persona que trabaje en oficina, puede serlo cuando un trabajador manipule productos que puedan reaccionar con la composición de un medicamento.

    Por esta razón en un botiquín no tiene que haber medicamentos.

    Espero haberte ayudado.

    Atentamente

    #328882 Agradecimientos: 0
    muer-d
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    12
    octubre 2007

    Iniciado

    la mutua ya no lo da gratis ahora es la SS otra cosa es que quieran hacerlo como gesto comercial

    #328883 Agradecimientos: 0
    amarin
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    marzo 2007


    Definitivamente no forma parte de un botiquín de primeros auxilios ningún medicamento, en primer lugar por que aplicar algún unguento, pastillas, etc, puede provocar reacciones adversas como alergias, hipotensión, etc.
    Además recordemos que todo medicamento debe ser recetado por un médico, así que si esta condición no se cumple, se está administrando un medicamento de forma irresponsable, ya que puede incluso, costarle la vida a la persona que se le suministra.

    #328884 Agradecimientos: 0
    Anonymous
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    diciembre 2008

    Iniciado

    Cordial saludo.
    Te escribo desde Colombia, soy enfermero profesional y la recomendacion que qte doy con respecto a la pregunta es la siguiente: Los botiquines de primeros auxilios son precisamente para eso “primeros auxilios”. Las cremas unguentos y medicamentos son exclusividad del cuerpo medico. Los conocimentos tecnicos del personal de emergencias no mexoneran de la responsabilidad de realizar un tratamiento inadecuado. De todos modos lo ideal de los primeros auxilios es “brindar una atencion inmediata, oportuna, adecuada y provisional.
    En mi caso, solo podria de disponer de los medicamentos basicos para el manejo de los dolores leves, lo demas se lo dejamos al medico.
    Espero que estop te ayude.
    ALEJANDRO MERA
    ENFERMERO

    #328885 Agradecimientos: 0
    GONZA71
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    octubre 2001

    Iniciado

    ¡Pedazo armario tienes que tener! ja,ja

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