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  • #60127 Agradecimientos: 0
    previmutil
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    enero 2007


    Buenas, sin un trabajador se encuentra de baja emitido por un médico de la seguridad social,este no debería acudir a la mutua???

    #337321 Agradecimientos: 0
    PedroV
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    mayo 2007


    Iniciado

    Si la baja fué emitida por la seguridad social y esta no actúa como mutua de trabajo en este caso, se debe a que es una enfermendad común sin nada que ver con temas laborales.

    Las Mutuas únicamente están para cubrir as contigencias ocasionadas por los daños a la salud ocurridos en el trabajo.

    #337322 Agradecimientos: 0
    el gaucho
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    mayo 2002


    La Seguridad Social tambien puede dar de baja por una enfermedad profecional,de todos modos se debe recurir a la mutua para recibir una opinion sobre la enfermedad de la baja,y ellos decidiran.

    #337323 Agradecimientos: 0
    Aitor- TSPRL
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    211
    agosto 2002


    Super Gran Maestro

    Hola. Las mutuas controlan las bajas emitidad por la SS cuando la empresa tienen concertada esta prestación.

    Es algo así como velar por que la baja sea real…

    El paso que no das, también deja huella. No se puede abandonar un lugar hasta que se ha llegado al mismo.
    www.prevencionista-por-vocacion.blogspot.com
    https://www.facebook.com/Aitor-Jaen-Psicologia-y-bienestar-321946794513970/

    #337324 Agradecimientos: 0
    Anonymous
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    diciembre 2008

    Iniciado

    Hola.

    A las bajas de la SS por enfermedad común, se les puede hacer un seguimiento por parte de la mutua, pero hay un tiempo mínimo legal (creo que dos semanas de baja).

    #337325 Agradecimientos: 0
    Oskar76
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    65
    noviembre 2004


    Gran Maestro

    Buenos días
    Las bajas emitidas por la seguridad social son emitidas, seguidas y resolucionadas (con el correspondiente parte de alta, etc etc) por la propia seguridad social.
    Ahora bien, las MUTUAs, como empresas colaboradoras, tienen derecho a hacer un seguimiento de la misma, si bien no están obligadas a ello…. eso sí, nunca podrán emitir un alta, etc… la cual solo podrá realizar la seguridd social, ya que ellos emitieron la baja.
    Saludos

    "Lo más importante que he aprendido: Que nunca se deja de aprender!"

    #337326 Agradecimientos: 0
    Anonymous
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    diciembre 2008

    Iniciado

    Como bien te han dicho, siempre y cuando se tenga contratado con la Mutua las Contigencias Comunes, la Mutua no solo puede citar al trabajador sino que puede realizarle pruebas e incluso operarle si el plazo dado por la Seguridad Social es excesivo (por ejemplo rotura de un menisco que por la Seguridad Social te hacen esperar mas de un año, la Mutua lo puede acelerar y en un mes el trabajador esta de Alta).
    El seguimiento suele empezar a los 15 dias, aunque a veces a los 3 dias ya estan llamando al trabajador, o enviandole un BUROFAX si no lo localizan….En cualquier caso, la Mutua nunca le podra dar el alta, al menos de momento, se limitan a realizar una propuesta de alta.

    #337327 Agradecimientos: 0
    Anonymous
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    diciembre 2008

    Iniciado

    solo si el accidente tubo lugar en horas de trabajo o en itinere.

    #337328 Agradecimientos: 0
    velezgomera
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    agosto 2009


    Para eso esta Inspeccion Medica, las mutuas en realidad lo que desean es presionar mediante informacion falsa para que renuncies a tus derechos y estes de alta sin haber curado del todo, o negarte baja laboral o profesional y pasarlo a la SS para ellas asi ahorrarse el dinero.

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