Viendo 7 entradas - de la 1 a la 7 (de un total de 7)
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  • #8389 Agradecimientos: 0
    SETYLSA
    Participante
    0
    noviembre 2004


    Buenos días,

    Una vez consultados el RD 1627/1997, la orden de 6 de mayo de 1988 y la de29 de abril de 1999 no me queda nada claro quién tiene que hacer la apertura de centro de trabajo en una obra. Por lo que he visto en otros temas pasado de este foro TODA EMPRESA PRESENTE EN OBRA debe abrir centro de trabajo. Eso sí, también he leido que sólo si tienes mas de 6 trabajadores o las obras duran mas de un mes. Las dudas son:
    ¿Se tienen que dar las dos condiciones (mas de 1 mes y de 6 trabajadres)o sólo 1 de ellas?
    Si mi empresa solo subcontrata y no tiene a nadie en obra ¿debo abrir centro de trabajo?
    Saludos y gracias
    Luis

    #122797 Agradecimientos: 0
    Grosso
    Participante
    0
    junio 2007


    Buenos días.

    Todas las empresas, ya sean contratistas o subcontratistas, deben comunicar la apertura del centro de trabajo (obra) en un plazo máximo de 30 días independientemente del número de trabajadores.

    Ahora bien, la propia Guía de Actuación Inspectora de Gestión Preventiva en Obras de Construcción del Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales establece que si la obra dura menos de 30 días se considera que esta comunicación no es exigible. Esto, me imagino, será independientemente de lo que estipulen las Comunidades Autónomas.

    Un saludo

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    #122798 Agradecimientos: 0
    miref
    Participante
    1
    2
    junio 2004

    Iniciado

    Pero es contratsita o subcontratista según la definición del RD 1627/97 ????????????:

    Contratista: la persona física o jurídica que asume contractualmente ante el promotor, con medios humanos y materiales propios o ajenos, el compromiso de ejecutar la totalidad o parte de las obras con sujeción al proyecto y al contrato.

    Subcontratista: la persona física o jurídica que asume contractualmente ante el contratista, empresario principal, el compromiso de realizar determinadas partes o instalaciones de la obra, con sujeción al proyecto por el que se rige su ejecución.

    En mi opinión no se le aplica el RD 1627/97. Y si lo hace pues es contra ley …. aplicando ADEMÁS la Ley 32/2006 en cuanto el contratista o subcontratista intensivo (sólo aporta mano de obra) NO PUEDE SUBCONTRATAR. Además no se como se inscribirá en el Registro de Contratista / Subcontratistas que empezarán a crearse el año que viene.

    Así que no veo el tema y me temo que un inspector tampoco aunque repito es SOLO OPINION PERSONAL.
    Espero opiniones de expertos. Saludos.

    #122799 Agradecimientos: 0
    SETYLSA
    Participante
    0
    noviembre 2004


    Somos subcontratistas. Nos dedicamos a aportar la maquinaria y subcontratamos el montaje pero en algunas obras no tenemos maquinaria propia y la subcontratamos junto con la mano de obra.

    Muchas gracias por vuestras aportaciones.

    Saludos,

    Luis

    #122800 Agradecimientos: 0
    Patricia Balsemao
    Participante
    0
    febrero 2014


    Todas la empresas contratistas y subcontratistas deben de realizar apertura de centro de trabajo. En la comunidad de Aragón, p.e., se puede hacer en el mismo instituto aragonés de seguridad e higiene. Se hace por cuadruplicado y el un plazo de treinta dias(Consultalo en la O.M. de 06 de Mayo).

    Sobre el tema de no tener gente en obra ni tampoco maquinaria os impedirá de subcontratar, según ley 32/2006 reguladora de subcontratación en el articulo 5., punto 2.f)
    “…tampoco podrán subcontratar los subcontratistas, cuya organización productiva puesta en uso en la obra consista fundamentalmente en la aportación de mano de obra, entendiéndose por tal la que para la realización de la actividad contratada no utiliza más equipos de trabajo propios que las herramientas manuales, incluidas las motorizadas portátiles, aunque cuenten con el apoyo de otros equipos de trabajo distintos de los señalados, siempre que éstos pertenezcan a otras empresas, contratistas o subcontratistas, de la obra”.
    Espero que te sirva de algo.Salu2.

    #122801 Agradecimientos: 0
    Vintces C C
    Participante
    77
    193
    junio 2004


    Experto

    Las empresas, contratistas o subcontratistas, deben comunicar la apertura del centro de trabajo en un plazo máximo de 30 días. No pienses en el número de trabajadores, ni en la duración de la obra ó si no hay trabajadores propios en obra. Sólo esto:

    1) La apertura del centro de trabajo es obligada para todos los contratistas y subcontratistas.

    2) El plazo para realizar la apertura es de 30 días pero, aunque la permanencia de la empresa en la obra fuera inferior a dicho plazo, no queda eximida del deber de apertura que te he indicado en el punto 1).

    Las empresas cuyos trabajos duren menos de un mes no deben pensar que, como el plazo es superior a su permanencia, se “libran de realizar la apertura”. La obligación existe, sólo que resulta que plazo para realizarla excede de su permanencia en obra, pero nada más.

    Por lo menos esto es lo que yo interpreto. Un saludo.

    #122802 Agradecimientos: 0
    Miguel_SGI
    Participante
    0
    octubre 2007


    Idem que Grosso

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