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  • #33607 Agradecimientos: 0
    bomboncillo
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    agosto 2004


    Hola a todos. Tengo un par de preguntas. ¿Es posible obligar a hacerse un análisis de drogas a un trabajador de cual se cree que está consumiendo drogas y trabaja con una máquina retroexcavadora? ¿Se pueden incluir este tipo de análisis en el reconocimiento médico? Gracias a todos.

    #238789 Agradecimientos: 0
    Epicóndilo
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    octubre 2003


    Hola, Bomboncillo.

    Se puede, pero no metas en esto al Servicio de Prevención.

    ¿En el reconocimiento médico? Ni que esto fuera el FBI

    Un saludo,.

    #238790 Agradecimientos: 0
    M.A
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    abril 2002


    Si se podria, si previamente el trabajador, una vez que le hayas explicado las determinaciones que vas a realizarle, lo autorice mediante la firma correspondiente.

    El problema lo tendrás después. ¿ Y si es positivo ?. ¿ le darás un No apto ?. ¿ Que explicacion sobre el no apto le vas a dar a la empresa ?, La única utilidad será a mi entender hacerle ver al trabajador que no está haciendo las cosas bien y quizás hacerle cambiar algo.

    #238791 Agradecimientos: 0
    Epicóndilo
    Participante
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    octubre 2003


    Te matizo lo que dije ayer, que a veces soy un poco brusco.

    Los reconocimientos laborales tienen finalidad preventiva. Si vas a buscar un consumo de drogas, su finalidad debe ser conseguir la deshabituación del trabajador.

    Si lo que se intenta es quitarse de en medio al trabajador, no hace falta médico; muchas empresas ponen detectives, o buscan testigos que declaren que vieron al trabajador drogándose, o drogado. O lo denuncian y lo llevan a hacer análisis a un hospital, para ver si hay drogas o no.

    Pero esto no es tarea del Servicio de Prevención, porque perderíamos la confianza que debemos tener con los trabajadores.

    Esto no es aplicar la LPRL, sino el artículo 54 del Estatuto de los Trabajadores.

    Un saludo,

    #238792 Agradecimientos: 0
    mdeza
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    abril 2004


    La vigilancia del estado de salud de los trabajadores se refiere a los riesgos inherentes al trabajo. Evidentemente no se puede incluir en el reconocimiento un análisis de drogas. Si la empresa sospecha que algún trabajador consume sustancias tóxicas que pueden afectar a la seguridad laboral debe tomar otras medidas, nunca realizar una analítica de este tipo en el S.P.

    #238793 Agradecimientos: 0
    FRASONIA
    Participante
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    marzo 2003


    Si dentro de las políticas de contratación de la empresa está tipificado el análisis de drogas y el trabajador ha consentido en el contrato previo, se puede pedir el exámen.

    pero si la compañia no tiene stablecida niinguna política sobre este tema se le convencerá al trabajador de la utilidad del exámen y encaso de no aceptar evidenciará la posibilidad del uso de droagas y desde luego no conviene tenerlo dentro de la planilla de la empresa.

    #238794 Agradecimientos: 0
    FIDEGO
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    septiembre 2004


    EN MEXICO LA LEY FEDERAL DEL TRABAJO Y EL REGLAMENTO FEDERAL DE SEGURIDAD HIGIENE Y MEDIO AMBIENTE DE TRABAJO ESPECIFICA QUE: TODO TRABAJADOR TIENE PROHIBIDO PRESENTARSE A SUS LABORES BAJO LOS EFECTOS DEL ALCOHOL, DROGAS O ENERVANTES, Y TODA EMPRESA QUE TIENE REGLAMENTO INTERNO DE SEGURIDAD, Y AUNQUE NO LO TENGA, TIENE LA LIERTAD DE REALIZAR EL EXAMEN AL INGRESO O CUANDO QUIERA REALIZARLO A LIBRE ALBEDRIO, INCLUSO MUCHAS EMPRESAS GRANDES AL MOMENTO DE CONTRATAR A UN TRABAJADOR O DE RECONTRATAR SE LE REALIZA DOPING, DEPENDE DE LO QUE MARQUE TU LEY.

    #238795 Agradecimientos: 0
    SAZY
    Participante
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    junio 2004


    No se puede obligar a ningún trabajador a realizar un analisis de drogas, aunque este en un puesto de trabajo de riesgo para si mismo y/o para terceras personas. Si los compañeros o el empresario observa que su estado de salud puede acarrear riesgos para si mismo o para terceras personas deben proponer al comite la realización de un reconocimiento médico de caracter obligatorio en base al cumplimiento de una de las tres excepciones que marca la Ley.

    El médico del trabajo debe valorar la aptitud del trabajador y proponer los estudios oportunos y con el consentimiento informado al trabajador.

    El Empresario si un trabajador no cumple con sus obligaciones, dependiendo de las faltas que cometa y los riesgos del puesto de trabajo puede y debe con la participación de los representantes de los trabajadores (siempre documentandolo todo) tomar decisiones sobre el trabajador desde el cambio de puesto de trabajo hasta la sanción e incluso si es repetitivo al despido procedente y bien fundado.

    Una trabajdor que toma un tóxico (Alcohol, tabaco, drogas, etc) pero que cumple con su puesto de trabajo lo que realmente debemos de hacer es una politica colectiva e individual preventiva en la Empresa.

    Un saludo

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