Todo lo que se tiene que hacer depende de las características de las pinturas. Si son inflambles, depende de si son a, b o c, el límite es uno u otro. Yo haría primero un análisis de las pinturas que quieres almacenar, y después le echaria un vistazo al RD379/2001, reglamento de almacenaje de productos químicos.
Ya puestos, si vas a tener productos afectados por este reglamento, yo me pondría en manos de una ingeniería, ya que vas a necesitar un proyecto para legalizar la instalación, conforme a los requisistos del reglamento APQ. Siento no haber podido ser más explícito, pero con la información que hay en la pregunta, poco más se me ocurre.