Real Decreto 38/2010, de 15 de enero, por el que se modifica el Reglamento sobre colaboración de las mutuas de accidentes de trabajo y enfermedades profesionales de la Seguridad Social, aprobado por el Real Decreto 1993/1995, de 7 de diciembre. BOE Sábado 16 de enero de 2010.
Disposición transitoria primera.
Ampliación excepcional y por una sola vez de los convenios de asociación y de los documentos de adhesión.
1. Habida cuenta de la amplia regulación de las entidades y centros mancomunados que se lleva a cabo por medio de este real decreto y la necesidad de dotar de estabilidad al sector de mutuas hasta que estos procesos de concentración se encuentren debidamente consolidados, el plazo de vigencia del convenio de asociación previsto en el apartado 2 del artículo 62 del Reglamento sobre colaboración de las mutuas de accidentes de trabajo y enfermedades profesionales de la Seguridad Social, aprobado por el Real Decreto 1993/1995, de 7 de diciembre, queda ampliado a tres años de manera excepcional y por una sola vez.
Lo dispuesto en el párrafo anterior afectará tanto a los convenios de asociación que se suscriban a partir de la entrada en vigor del presente real decreto como a los que estén en vigor a dicha fecha.