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    Asier Arriaga Magunacelaya
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    julio 2001

    Iniciado

    Buenos días a todos.

    Quiero saber vuestra opinión con respecto a si una Mutua puede rechazar la atención y tratamiento a un trabajador que, por ejemplo sufre un mareo en el lugar de trabajo, o un dolor en la rodilla (en principio, no hay razon laboral para el mareo ni para el dolor). Nos ha pasado en un par de veces que derivan al trabajador a la Seguridad Social.

    Sé que se presumen accidente de trabajo las lesiones en y durante el trabajo, pero eso parece que no les vale como argumento. Por si es relevante, con la Mutua están concertadas las contingencias comunes.

    Muchas gracias.

    #134792 Agradecimientos: 0
    javiersc
    Participante
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    mayo 2006


    Hola Arriaga. Yo entiendo que, si el mareo que sufre el trabajador o el dolor de rodilla no tienen un origen laboral, la mutua no tiene que hacerse cargo del tratamiento de esa patología. Únicamente debería realizar una atención de urgencia si la situación lo requiere. Si la patología es no laboral, lo que debe hacer la mutua es derivar al trabajador a la seguridad social del mismo modo que si un médico de la seguridad social detecta una patología profesionale, deriva al trabajador a la mutua. El hecho de tener contratadas las contingencias comunes no significa que la mutua se haga cargo de la atencion de la patología común. Lo que hace la mutua en estos casos es ponerse en contacto con aquellos trabajadores que llevan un determinado tiempo de baja por enfermedad común con el fin de adelantar pruebas y tratar de acortar el periodo de baja. No se si te habré aclarado algo. Un saludo

    #134793 Agradecimientos: 0
    Asier Arriaga Magunacelaya
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    julio 2001

    Iniciado

    Esa es la respuesta de la Mutua, efectivamente.

    ¿Y el hecho de que la lesión se produzca durante el trabajo no presupone que por lo tanto es laboral?

    #134794 Agradecimientos: 0
    javiersc
    Participante
    0
    mayo 2006


    No tiene porqué. Habría que saber qué puestos de trabajo tienen esas personas y cómo se produjeron el mareo y el dolor de rodilla. No creo que una mutua considere laboral un dolor de rodilla de aparición espontánea, sin que el trabajador sufra un golpe directo o una torsión, ya que podría existir una enfermedad común subyacente como una artrosis o una condromalacia que originen dicho dolor. Pero sin más datos no puedo darte una respuesta exacta sobre esos casos en particular

    #134795 Agradecimientos: 0
    GIGIA
    Participante
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    noviembre 2004


    Pueden ser consideradas como accidetnes de trabajo las agudizaciones de procesos patológicos previos (sean o no de origen laboral) durante el tiempo de trabajo. Pero las mutuas tienden a eluidr esta responsabilidad. No obstante, en muchas sentencias se han producido contradicciones de lo más variopinto. La forma más eficaz de lograr aclarar cada caso en particular es por la via judicial, porque la mutua se va a negar por sistema.

    #134796 Agradecimientos: 0
    X Ray
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    mayo 2007


    Todo accidente debe ser investigado, es claro que si la persona por mareo se cae al suelo y se accidenta no es laboral, recordar que debe ser accidente por el ejercicio del trabajo en el horario de trabajo… por lo que es importante la investigacion y ver si el mareo es por alguna emanacion de gas etc no es normal

    saludos.

    #134797 Agradecimientos: 0
    rosyfresy
    Participante
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    mayo 2002


    Totalmente de acuerdo con los demás. No todo lo que le suceda al trabajador en su jornada va a ser detrabajo. Sí es importante no dejar al trabajador así, sino enviarlo a que lo atienda la seguridad social para que diagnostiquen a tiempo, o lo más pronto posible, cualquier padecimiento que pudiera hacerse crónico y deterior la salud del trabajador y después las consecuencias de esto. Por eso es que los trabajadores deben pasar por examenes médicos periódicos y por estudios de laboratorio para detectar enfermedades que quizá ni el trabajador sepa que las trae consigo. Es más barato prevenir. Saludos!

    #134798 Agradecimientos: 0
    apastor
    Participante
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    junio 2003


    Para que una patología se considere como laboral, debe existir una correlación causa efecto y es lógico que exista un trasfondo debido a la actividad que desarrolla el trabajador.
    Y el hecho de que la Mutua cubra las contingencias comunes, es que brinda las prestaciones económicas y en todo caso las diagnósticas y terapéuticas, pero cuando ya están solicitadas por la SS, para que pueda reclamarse el cobro de las actuaciones realizadas.

    #134799 Agradecimientos: 0
    arayon
    Participante
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    abril 2007


    Tienen la obligación de atender a todas las contingencias que se produzcan en el tiempo de trabajo, otra cosa es que se considere accidente laboral o contingencia comun. No solo or la ley de PRL, sino por el códico civil o penal, que obliga al deber de socorro, y mas a los médicos o personal sanitario.

    #134800 Agradecimientos: 0
    BUBOVA
    Participante
    0
    junio 2007


    Después de todas estas consideraciones solo reafirmar que este tipo de problemas NO los debe atender la Mutua.
    Cualquier atención medica por la Mutua debe ir precedidada, salvo caso de emergenica , de la presentación de un impreso que cumplimenta la empresa y regista si hay por medio un accidente de trabajo o enfermedad profesional.
    Si la empresa ha contratado contingencias comunes esto no incluye la actividad asistencial que solo corresponde a SS.
    El que puedan ser consideradas como accidentes de trabajo las agudizaciones de procesos patológicos previos es una consideración solo admistrativa para el soporte de la contingencia NO el aspecto asistencial, salvo que lo solicite SS con cargo a la cuota de contingencias comunes.

    #134801 Agradecimientos: 0
    De locos
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    279
    diciembre 2003


    Sabio

    Y una pregunta ¿Quién decide si tal o cual síntoma producido en el trabajo y en horario laboral tiene o no origen en el trabajo?

    Perdonad los médicos realmente profesionales, pero si un médico responsable de la vigilancia de la salud en un SPA no tiene ni idea, pero es que ni idea del trabajo que desarrollan o van a desarrollar los trabajadores que examina (cobran por vigilar la salud, y lo único que hacen es hacer reconocimientos, que no es lo mismo), imaginad un médico del servicio asistencial de una mutua. Sabe donde trabaja él y poco más.

    Conclusión: Ese médico no tiene ni argumento ni criterio ninguno para determinar el origen laboral o no del dolor o daño.

    Seamos claros, estos médicos tienen órdenes no escritas de sus superiores (llamadlo invitaciones si queréis) de derivar todo lo que puedan a la seguridad social. Así que no me hagáis reír.

    Si una mutua se pone así, se lleva al trabajador al mejor especialista de la materia, y ya veremos si paga la mutua o no (hasta ahora han terminado pagando).

    #134802 Agradecimientos: 0
    isard
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    2
    0
    junio 2001

    Iniciado

    Hola,
    Estoy de acuerdo con De Locos. Siempre que exista la más mínima posibilidad de derivar el trabajador a la SS la Mutua se lavará las manos. Por ello las mutuas y sus “hijas” las Sociedades de Prevención ponen enormes trabas a que los médicos y enfermeras visiten los puestos de trabajo. No vaya a ser que detecten riesgos no incluidos en la evaluación hecha por los técnicos.
    Como al empresario le sale más a cuenta que se trate de enfermedades comunes, el trabajador está vendido de antemano.
    A este paso las amputaciones van a ser miembros caídos, por causa extralaboral, por supuesto.
    Pais!
    Saludos

    #134803 Agradecimientos: 0
    Maikel
    Participante
    3
    0
    julio 2006

    Iniciado

    Sin ser profesional de la medicina,considero que en primer lugar el médico de la mutua deberá diagnosticar si la dolencia que sufre el trabajador es debida a su trabajo o no, y sin un reconocimiento previo,no se si los profesionales que estais en este foro por buenos que seais lo podeis hacer,en algunos casos que han sucedido en mi empresa, el trabajador a ido a la mutua,se han informado del tipo de trabajo que realiza, lo han atendido,y una vez hecho esto si condideran que no es accidente laboral es cuando lo envian a su médico de cabecera,pero no antes, y particularmente creo que es la forma correcta de hacerlo.Saludos.

    #134804 Agradecimientos: 0
    Javier Peña Mateos
    Participante
    26
    20
    febrero 2003


    Iniciado

    Estimado compañeros:
    Como médico de vigilancia de la salud en un servicio de prevención propio, conozco la fábrica como la palma de mi mano. asumo que en un servicio de prevención ajeno no estás 8 h/día en el centro de trabajo, pero le das a una tecla y ves la evaluación de riesgos que ha hecho el técnico.
    De todas formas, os diré una cosa: igual que yo no voy al centro de salud a decirle a nadie como tiene que tratar a los pacientes, mi empresa es mi territorio y sólo faltaba que un médico de cabecera me venga a decir lo que pasa dentro de ellla. Que bastante intrusismo profesional tenemos en este trabajo ya.
    Las cosas son más sencillas, el médico del tarbajo es el único que conoce el entorno de trabajo. Y si alguien no está conforme con el comportamiento de su servicio de prevención ajeno, pues mecanismos hay para protestar del mismo, pero no cuestionemos el sistema. Lo que se ha sugerido en el foro en las últimas intervenciones es un insulto hacia la medicina del trabajo y no me parece ni medio bien
    Un saludo desde las trincheras

    Javier

    #134805 Agradecimientos: 0
    De locos
    Participante
    973
    279
    diciembre 2003


    Sabio

    Como decía en mi mensaje, Perdonad los médicos realmente profesionales.
    Si te fijas, también me limite a comentar sobre los médicos de los SPA y en especial de los Servicios Asistenciales de las mutuas.
    Por tanto, nada que ver con tu caso, que por supuesto desconozco.
    No obstante, me reafirmo en cada una de las palabras que escribí, … incluyendo las de pedir perdón a los médicos realmente profesionales.

    Un apunte: Nunca se insulta a la medicina del trabajo, se podrá criticar a los que ejerciéndola, no tienen la suficiente profesionalidad.

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