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  • #62622 Agradecimientos: 0
    Arri12
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    noviembre 2007


    Buenas Tardes:
    Tengo una duda. Tengo una empresa que se va a transladar durante un tiempo, mientras duran las obras en su edificio (aprox. 2 años), a unos módulos prefabricados. Me han pedido realizar el Plan de Autoprotección. Me gustaría saber la normativa a aplicar a estos módulos, si es la misma que cualquier otro edificio.
    Muchas gracias!

    #355472 Agradecimientos: 0
    Anonymous
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    1
    0
    diciembre 2008

    Iniciado

    Buenas tardes,
    Yo creo que en el



    Real Decreto 486/1997, de 14 de abril, por el que se establecen las disposiciones mínimas de seguridad y salud en los lugares de trabajo.

    Un saludo

    #355473 Agradecimientos: 0
    luchoskubij
    Participante
    0
    octubre 2009


    sisis eso.

    #355474 Agradecimientos: 0
    PedroV
    Participante
    19
    15
    mayo 2007


    Iniciado

    Yo imagino que si la empresa en su anterior centro de trabajo legalmente le era necesario tener dicho Plan de Autoprotección, naturalmente ha de elaborarse uno nuevo si siguen existiendo las condiciones que daban lugar a esta exigencia legal.

    #355475 Agradecimientos: 0
    AdriánPrevema
    Participante
    0
    septiembre 2009


    Efectivamente aplicaría el R.D. 486/1997 y sus posteriores modificaciones.
    Con respecto a las condiciones de seguridad de este lugar de trabajo temporal, también tendrás que ver si hay alguna normativa específica para el sector de la empresa.

    #355476 Agradecimientos: 0
    Eduardo Benjumea Rodriguez
    Participante
    0
    febrero 2014


    ¿Deque sector?

    #355477 Agradecimientos: 0
    Anonymous
    Participante
    1
    0
    diciembre 2008

    Iniciado

    se trata de un centro de salud

    #355478 Agradecimientos: 0
    Eduardo Benjumea Rodriguez
    Participante
    0
    febrero 2014


    Lo primero que debes hacer es una memoria constructiva con las especificaciones técnicas particulares de los modulos etc. y`por supuesto una vez instalados los modulos aplicar todalanormativa en prevencion de riesgos,incluidas las medidas de Emergencia y evacuación.
    Mi recomendacion es que esos modulos te los instale una empresa especializada en lamateria.

    #355479 Agradecimientos: 0
    mateojoel
    Participante
    0
    diciembre 2009


    Es la misma norma en el sentido que tienes que señalizar com en cual quier edificio normal.

    #355480 Agradecimientos: 0
    Jordi Revilla Redondo
    Participante
    0
    julio 2017


    Hola, buenos días.
    Yo he trabajado para la construcción modular en Algeco y siempre echábamos mano del R.D. 486/1997 que es el que se aplica para disposiciones mínimas de salud y seguridad en el trabajo.
    Artículo 1. Objeto.
    1. El presente Real Decreto establece las disposiciones mínimas de seguridad y de salud aplicables a los lugares de trabajo.
    2. Este Real Decreto no será de aplicación a:
    a) Los medios de transporte utilizados fuera de la empresa o centro de trabajo, así como a los lugares de trabajo situados dentro de los medios de transporte.
    b) Las obras de construcción temporales o móviles.
    c) Las industrias de extracción.
    d) Los buques de pesca.
    e) Los campos de cultivo, bosques y otros terrenos que formen parte de una empresa o centro de trabajo agrícola o forestal pero que estén situados fuera de la zona edificada de los mismos.
    3. Las disposiciones de la Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de Prevención de Riesgos Laborales, se aplicarán plenamente al conjunto del ámbito contemplado en el apartado 1.
    Para más info:
    ¡Saludos!

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