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    caniche
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    septiembre 2002

    Iniciado

    Buenos días colegas,

    Esa es la duda… Trabajador en perfectas condiciones por la mañana y que debido a su jornada laboral expuesto a inclemencias del tiempo como frío, viento,… por la noche se encuentra mal.

    Posibilidad de que se le conceda la baja laboral como AT? La Mutua me lo niega rotundamente; yo, sin embargo, entiendo que sí ya que la causalidad trabajo-lesión está plenamente justificada.

    Qué se os ocurre?

    #431838 Agradecimientos: 0
    homer1954
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    febrero 2011

    Iniciado

    No es AT, nunca, se trata de una enfermedad reconocida como común por la Seguridad Social, no le des más vueltas.
    Buen fin de semana.

    #431839 Agradecimientos: 0
    carloss
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    septiembre 2002


    Super Gran Maestro

    Esto sin duda un médico lo tiene claro. La gripe se contagia por un virús, así que para el caso que planteas tal vez -si es debido a inclemencias del tiempo durante su trabajo,- la pregunta sería si un “catarro común” puede considerarse AT.
    Y si yo me contagio una gripe en el trabajo -contagio de otro compañero o usuario afectado por ejemplo- ¿sería AT?

    Tanto los catarros como las gripes son enfermedades consideradas “contingencias comunes” por antonomasia. Con las que convivimos a diario en el trabajo, en caso, en bus…etc Dificil, por tanto, demostrar que esta enfermedad fue adquirida de manera directa, unívoca y exclusiva por el trabajo.

    Me atrevevería a apostar que desde que la Seguridad Social existe (1900 en España) jamás de los jamases se ha declarado una gripe o un catarro como “enfermedad relacionada con el trabajo” o AT. Ni creo que lo vea nunca.

    Excepción tal vez de casos planteables para personal sanitario en medio hospitalario y en laboratorios donde o bien se esté en contacto directo con enfermos o se manejen muestras contaminadas (de gripe o de cualquier otro virus -riesgo biológico en general).

    #431841 Agradecimientos: 0
    Aredhil
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    julio 2010


    Maestro

    Tanto la gripe como el catarro común son enfermedades producidas por virus (infecciosas). La exposición a personas potencialmente contagiadas podría considerarse accidente de trabajo en algunas profesiones como trabajadores que trabajan en sitios concurridos o de cara al público y enfermedad profesional en profesionales sanitarios. Sin embargo, al ser virus altamente contagiosos y con periodo de incubación de varios días, es muy difícil determinar el lugar de contagio. Por ejemplo, si te empiezas a encontrar mal en el trabajo un miércoles, es bastante probable que el contagio se produjese en el fin de semana.
    Las inclemencias climatológicas o el trabajo al aire libre no producen ningún tipo de enfermedad infecciosa, pero como sí predisponen a sufrir contagio por este tipo de virus, los sanitarios recomendamos la vacunación contra la gripe.
    En todo caso, al ser una enfermedad vanal y de corta duración, y de curso epidémico estacional, no se considera de origen laboral por ocurrir en periodo de epidemia, sino más bien un problema de salud pública, aunque legalmente en los casos que menciono podría considerarse.

    Un saludo.

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