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  • #73756 Agradecimientos: 0
    davidp
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    agosto 2010


    La pregunta es bien sencilla, pero el plan de seguridad y salud no me aclara mucho la duda. Hay un andamio tubular instalado en fachada, separado unos 20 centimetros de la misma. A su vez unos huecos de fachada de 1.5*2 metros, de ventanales, que permanecen sin proteger, los cuales dan al andamio o más bien a sus barandillas. El andamio tiene barandillas por ambos lados. La duda está en si esta protección es suficiente o lo suyo seria cerrar cada hueco mediante redes. Que opinais???

    #435854 Agradecimientos: 0
    De locos
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    diciembre 2003


    Sabio

    ¿Dices que esos “huecos” no están protegidos, pero dan a un andamio con barandillas que está separado 20cm de la fachada?
    No es fácil tener la seguridad sin verlo in situ, pero yo no veo el riesgo por ningún lado.

    #435855 Agradecimientos: 0
    Yanou
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    diciembre 2004


    Gran Maestro

    Ya sé que es una perogrullada, pero tienes que ver qué riesgos hay y protegerlos y blablabla (ya sabes, lo de siempre) Si esos 20 cm fueran 20, pero sólo 20 y de verdad de la buena, a mi juicio no se hubieran gastado las perricas en montar la barandilla interior, vamos, creo yo. Asegúrate de que son 20 primero, y 20 en toda la fachada, y entonces bueno, igual sí que no habría demasiado problema con los ventanales. De todas formas, también hay que ver qué riesgo hay de caída de objetos que pueda hacer que valga la pena la red, ya que para tapar ventanales no hay que hacer tiradas de grandes paños de red, sino que protegiendo el hueco es suficiente. Es medir el esfuerzo y el beneficio preventivo y hacerse un pensamiento 😉

    Si os acordáis de darme las gracias puede que os dé suerte y os toque la lotería, aunque puede que no. Pero, ¿qué demonios? Vale la pena probarlo.

    #435856 Agradecimientos: 1
    Sirgudlab
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    noviembre 2007


    Super Gran Maestro

    Buenos días.

    En teoría, desde el punto de vista LEGAL y TÉCNICO lo que pretendes es viable si, aparte de la distancia andamio-fachada, estamos hablando de un plano de trabajo llano (no en pendiente). ¿Y eso? Pues porque en desarrollo de la normativa que te mencionaba Oskar78, la protección de borde en obra se guía por normativa técnica: EN 13374. Y esta razona (en su anexo supuestamente, yo no la tengo entera y tiro de bibliografía relacionada), que si se utiliza un andamio cubriendo todo el perímetro para proteger una superficie con una inclinación menor de 10°, los requisitos para barandillas de la norma EN 12811 (que es la norma que regula la configuración del andamio tubular) están correctos. Eso y que se garantice que la barandilla ofrece 1m de altura de protección, claro.

    Es decir, que si lo que tenéis en fachada es un andamio perimetral del llamado “europeo” o de los que hay ahora, con barandilla asociada además, y el plano de trabajo en el edificio es < 10°, tendrías justificación legal y técnica. Con lo cual, podemos reducir tu “problema” a tres variables: – ¿Qué distancia hay entre el andamio y fachada?
    – ¿Qué inclinación tiene la superficie de trabajo?
    – ¿Qué tipo de andamio tienes?
    – ¿Qué altura de barandilla se ofrece?

    Saludos.

    Cada vez que das las "gracias" pones la sonrisa en la cara de un niño. En la mía, vaya. No seas rata con los agradecimientos.

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