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  • #37768 Agradecimientos: 0
    agilm
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    marzo 2003


    ¿es necesario que los planes de seguridad esten visados por el colegio correspondiente o solo hace falta que el coordinador de seguridad o la direcion facultativa le den el visto bueno?

    #252749 Agradecimientos: 0
    maiquel
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    marzo 2004


    En las obras de promoción privada el Coordinador de Seguridad aprueba el Plan y Visa el Acta de Aprobación. Saludos

    #252750 Agradecimientos: 0
    Ewerton
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    abril 2003


    En la legislación vigente no figura en ningún sitio que los planes de seguridad tengan que estar visados por los colegios profesionales. De hecho, yo veo una contradicción que tenga que visar un documento que yo no he hecho. En concreto en el Colegio de Ingenieros Industriales de Aragón y la Rioja te exigen visar el plan de seguridad (¿solo el primero?) para que te den el Libro de Incidencias; antes solo tenías que visar el acta de aprobación, que es más lógico). Yo he discutido mucho con ellos sobre el tema, pero bueno, al final resulta que cada cual mira por sus intereses y los colegios quieren cobrar unos derechos de visado (que os podríais escandalizar de las variaciones que hay de unos coleios a otros). Por eso yo lo que hago es visar solo la primera acta de aprobación y las demás no; así cumplo con la legislación y el colegio me da el Libro de Incidencias.

    Un saludo

    #252751 Agradecimientos: 0
    TIMEO
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    febrero 2004


    En ningun artículo del RD 1627/97, ni en otra normativa se exige que los Planes esten visados por el colegio correspondiente, lo que ocurre es que en obras privadas para que al coordinador se le proporcione por su Colegio el Libro de Incidencias hay colegios que exigen el visado de la aprobación del plan de seguridad.

    Si que es obligatorio que sea aprobado por el Coordinador o la Dirección facultativa.

    #252752 Agradecimientos: 0
    jnaupari
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    marzo 2004


    Te comento lo de Perú, el Programa de Seguridad (el plan corresponde a una actividad de él) se diseña y proyecta con el comite de seguridad, obviamente previo al análisis de hallazgos y logros, éste programa se eleva a la máxima autoridad de la organización para cu aprobación y compromiso en la ejecución, quiere decir motivar y comprometer para que las actividades que en él se diseñan se ajecuten con el pleno conocimiento y esto además refuerza el involucramiento y reponsabilidad de todos los trabajadores y otros niveles de mando, posteriormente se declara para su puesta en marcha. Dios lo Bendiga.

    #252753 Agradecimientos: 0
    Don Prevencio
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    febrero 2002


    Experto

    Los Planes de Seguridad no tienen que ser visados en el Colegio Profesional, pero sí debe de visarse el Acta de Aprobación de cada uno de ellos, aunque esto no figura en ninguna parte de la normativa legal. Pero para hacer o dar constancia que existe quien haga las veces de Coordinador de Seguridad y Salud en Fase de Ejecución de Obra, para que los seguros colegiales atiendan una posible defensa en caso de accidente o reclamación, etc. es conveniente hacerlo.

    #252754 Agradecimientos: 0
    Munilla
    Participante
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    marzo 2004


    Es suficiente con que el coordinador o la dirección facultativa le den el Visto Bueno.

    #252755 Agradecimientos: 0
    Carlos Burgos
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    julio 2003


    Los Planes de S. y S. van suscritos por la empresa constructora ( firmados por el empresario o persona en quien delegue ), si van firmados por un técnico colegiado es conveniente su visado pero no obligatorio, aunque hay Promotores que así lo exigen.

    Estén o nó visados el Coordinador de S. y S. o D. F. le darán el visto bueno conel Acta correspondiente. Un saludo.

    #252756 Agradecimientos: 0
    jachacon
    Participante
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    abril 2004


    Lo que es obligatorio es visar el Acta de Aprobación del Plan, en todos los casos. Respecto al visado del Plan propiamente dicho te puedo decir que depende de las normas de funcionamiento del Colegio Profesional al que corresponde el técnico que aprueba el Plan. Por ejemplo, en el Colegio de Arquitectos Técnicos de Sevilla hemos recibido una circular diciéndonos que éstos NO SE VISAN. Lo recomendable, por lo tanto, consultar al Colegio Profesional correspondiente.

    #252757 Agradecimientos: 0
    cucharita
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    junio 2002


    El coordinador lo aprueba, lo presenta en el colegio y éste le da el visado.

    #252758 Agradecimientos: 0
    jorni
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    mayo 2002


    en el articulo 7 del real decreto 1627/97 pone de manifiesto que solo es necesario que el coordinador lo apruebe. y solo en obras de administraciones públicas tendrá que ser aprobado por ésta.

    #252759 Agradecimientos: 0
    jj-duplex
    Participante
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    abril 2003


    No, no es necesario. Ten en cuenta que los PSS son documentos que los pueden realizar técnicos que no tienen poqué tener relación con los Colegios Profesionales; pero el que sí debe visarlo es el Coordinador de Seguridad que lo aprueba.

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