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  • #37106 Agradecimientos: 0
    nipa
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    septiembre 2003


    LA FAMILIA DE UN TRABAJADOR FALLECIDO HA DEMANDADO A LA EMPRESA PARA QUE LE INDEMNICE POR HABER FALLECIDO EL TRABAJADOR COMO CONSECUENCIA DE NO TENER LA MAQUINA LAS MEDIDAS DE SEGURIDAD, LA EMPRESA DEBE INDEMNIZARLE?

    NO ME REFIERO A LAS INDEMNIZACIONES DE LA SEGURIDAD SOCIAL, ETC. SI NO INDEMNIZACIONES POR NO ADOPTAR LA MEDIDAS DE SEGURIDAD REFERENTES A PREVENCION DE RIESGOS, SI ESTO ES ASI INDICARME LA LEY.

    #250931 Agradecimientos: 0
    Don Prevencio
    Participante
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    22
    febrero 2002


    Experto

    Ya está contestada esta pregunta que al parecer la han duplicado. Creo que desde PW deberían hacer algún filtrado elemental para casos como este que no es ni mucho menos el primero…

    #250932 Agradecimientos: 0
    Indartsu
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    agosto 2002


    Por supuesto. Ya sabes que se derivan responsabilidades administrativas, penales, civil..

    Depende de qué vía se utilice para realizar la demanda.

    Por supuesto que la empresa deberá indemnizarle

    #250933 Agradecimientos: 0
    xirgu
    Participante
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    87
    junio 2002


    Maestro

    Las indemnizaciones y responsabilidades civiles y penales las determina un juez y la familia está en su derecho a reclamar a través de su abogado y será un juez el que determine, a no ser que se llegue un acuerdo de indemnización con vuestro seguro de RC con anterioridad y no se llegue a juicio.

    Leyes de aplicación: Ley 31/95 de prevención de riesgos, RD 1435/92 y posteriores modificaciones, RD 1215/97, RD 1627/97, Plan de Seguridad y Salud de la Obra, etc., etc.

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