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Soy técnico en prevención en una empresa contratista. Solicito la documentación de la gestión preventiva a las empresas subcontratista.
Me ocurre un caso especial con un autonomo “A” al que se le ha subcontratato el yeso, el cual a su vez a subcontratado a una subcontrata “B”.
Me han enviado todo tipo de documentación de la subcontrata B, pero no tengo nada del A.
¿Que documentos tengo que exigirle a este autonomo que no tiene empresa ni trabajadores?
Yo solicito lo siguiente:
Contrato de SPA y vigilancia salud
Cartas de aptitud
Relacion de personal
recibi de epis y de informacion
Certificado de formacion
Autorizacion uso maquinaria
TC1 y TC2
Seguro responsabilidad civil
Recibi de la carta de solicitud de dicha información
De todo lo que pides, puedes solicitarle un reconocimiento médico (a pesar de no ser obligatorio en su caso), Seguro de RC y recibo de autónomos, además de entregarle la parte del Plan que le corresponda y firmar el recibí.
La legislación, aqui en el Brasil, exige que en una situción de estas sea solicitado lo siguiente:
1.- Documento como professional Autónomo (por consiguiente com seguro social);
2.- Presentación de Análisis Preliminar de Riesgo – APR, relativo al servicio. Caso no tenga este documento el CONTRATANTE impone el APR y fiscaliza el atendimiento al mismo;
3.- El Contratante deve tener un Contrato en que consten las cláusulas de prevencíon (indicando de quien es la responsabilidad del fornecimiento de EPI e de instalación de eventuales EPC’s- Equipamientos de Protección Colectiva).
Una vez mas digo que daré respuesta a tu pregunta de acuerdo a la normativa Chilena:
Lo primero es asegurarte que entrea la empresa contratista y la subcontratista haya un contrato de por medio, porque de no ser así se traspasa con mayor razón la responsdabilidad subsidiaria a tu Empresa. Luego ver que el personal de la empresa subcontratista esté todo contratado, que existan pagos previsionales o exigirlos al completar el mes de trabajo, que hayan sido inducido en materia de Seguridad, osea cumplir con el “Derecho a Saber” o la “Obligación de Informar”, a que hace referencia el Decreto 40, (de todas maneras al llegar a tu obra debes inducirlo en las Normas de tu Empresa (dueña de la obra)), que se les haya entregado el Reglamento Interno de Orden Higiene y Seguridad de su empresa, que haya registro de que se les entregó E.P.P. y que estos tengan Certificación. Un certificado que acredite que esa empresa está afiliado a una mutual (Organismo Administrador del Seguro de Acc. del Trabajo y Enf. Profesionales).
Si en el equipo de trabajo hay operadores de maquinarias, que tengan la licencia correspondiente y una copia del exámen psicosensotécnico, si hay soldadores copia de la calificación correspondiente, otorgada por organizmos autorizados, lo mismo que la Revisiones técnicas de los vehículo y maquinarias.
En fin tu debes exigirle a tu subcontrato que le exija lo mimo al su subcontrato y te dé copia de ello. Espero haberte ayudado.
¿Está incluído aquí el programa de seguridad?
LO MISMO QUE SOLICITAS AL SUBCONTRATISTA “B”, LO DEBES DE SOLICITAR A LA “A”, TODO AQUELLO QUE CUBRA LAS RESPONSAB ILIDADES A TERCEROS ,ES DECIR LA DOCUMENTACION DE LA EMPRESA ,Y NO DE LOS OBREROS
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