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  • #34583 Agradecimientos: 0
    Jose L
    Participante
    0
    mayo 2004


    Estimados amigos del foro:

    Necesito que me ayudeis con la siguiente cuestion:

    Para el manejo de puentes grua y carretillas elevadoras la persona que lo haga tiene que estar autorizado por la empresa, para estar autorizado por la empresa tiene que recibir un curso de capacitacion adecuado teorico-practico, pero lo que pediria que alguien me dijera quien puede dar esta capacitacion, cual es el temario de este curso, vale simplemente con que reuna la experiencia adquirida por el tiempo y un curso sobre los riesgos de estas maquinas, quien puede impartir estor cursos se puede hacer desde la propia empresa o hay que recurrir a una entidad externa (nuestra mutua imparte un curso sobre uso seguro de carretillas de 4 horas) pero no tiene cursos sobre puentes grua, podria yo, que soy tecnico superior, impartir este curso con la documentacion adecuada.

    Muchas gracias.

    #242582 Agradecimientos: 0
    maiko
    Participante
    0
    noviembre 2003


    Si aqui en Argentina le emitimos un carnet de conduccion u operacion del equipo . antes de obtener el, carnet debe pasar por un curso de capacitacion y prueba demanejo u operacion con dificultades. Lo extiende el Depto de Seguridad e Higiene de la compañia

    #242583 Agradecimientos: 0
    SAGERIS
    Participante
    0
    junio 2002


    Estimado Jose L,

    En SAGERIS impartimos este tipo de cursos, que tienen unas 10 horas de duración (teoría + prácticas).

    Legalmente, y con la documentación adecuada lo podrías impartir tu. Asegura los procedimientos de que los empleados son informados y formados en los riesgos de este tipo de máquinas. Documenta la formación: Programa, documento para el Operario, Firmas de asistencia y Certificado firmado por ti y por un Responsable de la Empresa.

    El programa formativo tendría que incluir los posibles riesgos de la máquina, así como temas Normativos legales, que los puedes consultar en : 1.- Nota Técnica de Prevención NTP 253 (INSHT): Puente-grúa ; 2.- Ordenanza General de Seguridad e Higiene en el Trabajo (Orden 9 de marzo de 1971 ; 3.- Disposiciones mínimas de seguridad y salud en los lugares de trabajo (RD 486/1997 – Directiva 89/654 CEE) ; 4.- Disposiciones mínimas de seguridad y salud para la utilización por los trabajadores de los equipos de trababjo (RD 1215/1997 – Directivas 89/655 CEE modificada por 95/63/CE) ; 5.- Real Decreto 1435/1992, por el que se dictan las disposiciones de aplicación de la directiva del consejo 89/392/CEE, relativa a la aproximación de las legislaciones de los estados miembros sobre maquinas. ; 6.- Reglamento de Aparatos de Elevación y Manutención de los mismos. Real Decreto 2291/1985, de 8 de noviembre

    Saludos y buen trabajo!

    #242584 Agradecimientos: 0
    jorgar
    Participante
    0
    agosto 2002


    Tu como técnico de prevención puedes impartir todas estas formaciones desde el punto de vista teórico, o sea, una de las partes que exige la LPRL, tal y como hace la mutua, para el caso de grúas torres no lo se, pero para las carretillas contrapesadas existen centros de formación que dan una formación teórico práctica sobre el manejo de estos equipos, y los valoran tanto la parte teórica como la práctica.

    Nosotros esa formación de carretillas la estamos haciendo con ACUMA ().

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