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  • #31049 Agradecimientos: 0
    raketec
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    abril 2004


    BUENOS DIAS SOY TECNICO ESPECIALISTA EN PRL Y MI DUDA ES EN MI EMPRESA HAY UN TRABAJADOR DESIGNADO SEGUN EL REGLAMENTO DEBE TENER FORMACION A NIVEL BASICO DE 30 H MINIMO, Y SEGUN EL ART 36 DE DICHO REGLAMENTO EL NIVEL INTERMEDIO PUEDE REALIZAR ACTIVIDADES DE INFORMACION Y FORMACION BASICA, LA CUESTION PUEDO DAR DICHA FORMACION Y CERTIFICARLO, GRACIAS.

    #229669 Agradecimientos: 0
    berbo
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    agosto 2004


    EL NIVEL INTERMEDIO PUEDE IMPARTIR FORMACION DE NIVEL BASICO.

    #229670 Agradecimientos: 0
    Don Prevencio
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    22
    febrero 2002


    Experto

    El Técnico de Nivel Intermedio puede dar Formación de Nivel Básico, pero lo de “certificarlo” es otro cantar nada claro, la norma en este caso concreto parece la letra del “aserejé” que no hay quien la entienda.

    Así en el Artículo 35, punto 3 del RD 39/1997 se dice que “…se acreditará mediante certificación… emitida por un servicio de prevención o por una entidad pública o privada con capacidad para desarrollar actividades formativas específicas en esta materia”. Y así como en la de Nivel Superior está claro que sólo pueden impartir, y certificar, entidades previamente acreditadas por la Autoridad Laboral, de la de Nivel Básico no se hace una cita específica y explícita más que la que le acabo de citar.

    Yo entiendo que en el ámbito de su empresa puede y debe dar esa formación, certificándola la empresa, pero bueno eso es una opinión muy particular. Lo que si le diré es que en conversaciones con Inspectores de Trabajo y altos funcionarios del INSHT dicen que se están celebrando unas reuniones “inter-autonomías” para establecer un criterio únco en todas ellas. Ya veremos si sale y cuando…

    Pero como tántas veces he contestado en este Foro a algunas cuestiones. ¿Por qué no lo pregunta directamente en la Inspección de Trabajo de su Autonomía? Pues varía bastante de unas a otras…

    #229671 Agradecimientos: 0
    x69
    Participante
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    agosto 2002


    Un técnico intermedio puede impartir formación a trabajadores, así como un superior puede además impartirla en su área de especialidad. Ahora bien, para impartir formación de nivel básico, intermedio o superior quien debe estar en posesión de la correspondiente autorización de la autoridad laboral para impartir la formación es el centro o empresa que la imparta, no los formadores. De hecho, puede haber formadores con experiencia de más de cinco años, con menos o incluso algún especialista de algún que no esté en posesión de la titulación de PRL y que la administración lo autorice…

    Insisto: quien certifica la formación es siempre el centro o empresa, no el técnico.

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