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  • #30085 Agradecimientos: 0
    Natalia Ares
    Participante
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    noviembre 2004


    Os recomiendo que visitéis la página hay una parte que es sobre responsabilidades del coordinador de seguridad donde vienen algunas sentencias judiciales incluso con cárcel. Pero no hace falta cárcel, si a mi me meten 120000 euros de responsabilidad civil me hacen polvo para muchos años. Para que después los promotores nos pongan mala cara cuando a la vez que el sueldo les pedimos el seguro de responsabilidad civil de nuestro colegio. A mi personalmente si me lo pagan porque lo pedí, pero en una empresa que fui me pusieron todo tipo de pegas ( ya tenemos uno que cubre mucho, los otros arquitectos se lo pagan de su bolsillo…). Y para que después digan que la coordinación es fácil, te pagan lo justo y encima te arriesgas a arruinarte para el resto de la vida o ir a la cárcel como ya veréis en las sentencias que hay ( en una 3 años gratis de comida y cama por cuenta del estado).

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    #225849 Agradecimientos: 0
    asdff
    Participante
    0
    septiembre 2004


    A veces es de verguenza dado que el promotor o constructor lo único que quieren es que la obra salga en el mínimo tiempo y a la vez con el menor presupuesto, dejando muchas veces de lado la seguridad de los obreros. También he visto que muchas veces por mucho que el técnico en seguridad se esfuerce son los propios obreros los que se lo toman a broma ( sólo hay que ver cuando se da charlas sobre seguridad que muchas veces es como una obligación para ellos)

    Otra queja que tengo es que a mi parecer no se unifican criterios, lo que para una comunidad vale para otra no. Por ejemplo, en alguna comunidad para ser coordinador de seguridad basta para serlo tener titulación técnica (ingeniero, arquitecto ), y otras si que exigen una formación mínima en prevención de riesgos laborales ( superior, intermedio, o curso de coordinador) como así exige el R.D. 1627/97, en unas exigen el visado del acta de aprobación del plan y en otras ( o dependiendo del inspector de trabajo ) no. Tan difícil es aunar criterios por mucho que España esté dividida en autonomías.

    Y otra cosa es el tan discutido colegio de prevencionistas que tanto ayudaría a la profesión ¿ Para cuando?.

    Yo llevo muy poco en esto y estoy aprendiendo, pero aunque lleve poco tiempo si que me he dado cuenta que existen muchas incongruencias ¿ O es que sólo pienso esto yo?.

    No comprendo tampoco ( igual es por el poco tiempo que llevo ) que una persona como por ejemplo un arquitecto pueda firmar un proyecto, que si falla puede ocasionar muertes, de manera autónom y en cambio ese mismo arquitecto no pueda asumir la prevención firmando de manera autónoma.

    Otro tema es la responsabilidad de cada uno ( que es mucha tanto civil como penalmente) por un sueldo mínimo ( Sólo hay que preguntar cuanto gana un por ejemplo ingeniero de obras públicas con 5 años de experiencia actuando como coordinador de seguridad o como jefe de obra, yo personalmente tengo dos amigos en esta situación y el jefe de obra gana mucho más con menos responsabilidad y sin estar todo el día en la carretera de obra en obra con la posibilidad también de un accidente).

    Mientras no se modifique los criterios ( unificando criterios, pagando sueldos justos en relación al trabajo, creando un colegio que pueda proteger y asesorar a los técnicos en prevención, obligando a las empresas a que además del seguro de responsabilidad de la propia empresa tengan alguno personal para los técnicos, que los técnicos se les dote de más poder en la obra y no dependiendo totalmente del que paga pues así siempre se actuará con miedo al despido si no se siguen las directrices de no incordiar y dejar pasar todo…) mucho me temo que seguirán las quejas y lo que es más importante una prevención del todo idonea.¿ No os parece así?

    #225850 Agradecimientos: 0
    Don Prevencio
    Participante
    80
    22
    febrero 2002


    Experto

    Lo que no entiendo como se pueden decir tantos disparates en tan poco espacio disfrazados de conocimiento de lo que es la “coordinación de seguridad y salud”, entiendo que dentro del ámbito del RD 1627/1997. Yo rogaría que al que contesta al que pide información, porque no sabe, se le tenga más respeto y se conteste cuando se tiene un alto porcentaje de estar diciendo lo correcto.

    Respecto a lo de la sentencia, pues tristemente no me ha descubierto nada nuevo, es así, aunque a algunos no les parezca que la realidad es esa sino otra mucho más idílica.

    Pienso, que lo que hay que hacer es dejar “traza” de nuestra actuación profesional, no diciendo tanto que es lo que haceremos, sino demostrando lo que hacemos por medio de protocolos o procedimientos preestablecidos y lugo registrados…

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