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  • #29048 Agradecimientos: 0
    heimdall2
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    marzo 2005


    Se puede obligar al empresario a que cumpla las recomendaciones establecidas en la Norma Técnica de Prevención 310 y la recomendación 178 de la Organización Internacional del Trabajo referentes a:

    – Reducción de la carga de trabajo y exigencias menores de rendimiento al trabajador nocturno respecto al diurno. NTP 310.

    – Una pausa no inferior a 45 minutos para realizar una comida caliente durante las horas de trabajo nocturno. NTP 310.

    – Evitar el aislamiento del trabajador nocturno Recomendación 178 OIT. Art. 12

    – Establecimiento de un coeficiente reductor de la edad de jubilación de 0,25 por año del trabajador nocturno. Recomendación 178 OIT Art. 24.

    Muchas gracias

    #222153 Agradecimientos: 0
    el gaucho
    Participante
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    mayo 2002


    Si tienes la obligacion de exigirle la recomendacion de

    trabajo nocturno de acuerdo a las vigencias legales y si no las cumple notificalo por escrito y que te de respuesta

    y si se niega lo podras denunciar a las autoridades.

    Tenes que tener en cuenta que te puede despedir y emplear otro que le sirva de sello de goma .Tenes que presentar el problema con guantes de seda.TENE EN CUENTA QUE TU Y EL EMPRESARIO SON RESPONSABLES ANTE LA LEY SI INSPECCIONAN LAS AUTORIDADES DE LA SECRETARIA DE TRABAJO.

    #222154 Agradecimientos: 0
    prevenidox2
    Participante
    0
    julio 2003


    Al empresario se lo puedes indicar tal y como lo expresas en tu pregunta argumentándolo más explícitamente, si cabe, por escrito, con registro de entrada y con fecha estimada para la respuesta. Si no te hace caso, o no te responde, debes presentar un escrito en la Inspección de Trabajo con los argumentos que expones requiriedo al inspector para que verifique tu exposición y se haga saber al empresario que su comportamiento al no cumplir las normas que indicas genera sobre los trabajadores una exposición a riesgos que se pueden evitar cumpliendo precisamente las normas que mencionas y seguramente alguna más. Si quieres llegar más lejos, con el informe del inspector de trabajo como una prueba más presentas una demanda en el juzgado de lo social. Seguramente, si el empresario conoce los pasos que puedes dar, reflexionará e intentará aplicar la normativa. Saludos.

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