Viendo 3 entradas - de la 1 a la 3 (de un total de 3)
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  • #27814 Agradecimientos: 0
    Xesc35169
    Participante
    0
    diciembre 2002


    Buenas. Me asalta la siguiente duda, tal vez un poco ingenua. En obras de edificación sobretodo, cuando casi se han finalizado las mismas, se suele dar el certificado final de la obra, ya sea provisional o definitivo, aún quedando trabajos pendientes o repasos y reparos. En estos casos, ¿cuál es o debe ser el papel del Coordinador?. A menudo estos trabajos no se encuentran descritos en el PSS, o aún peor, sí lo están pero se realizan formalmente fuera de trabajos de obra al haberse dado por finalizada sin estarlo (normalmente por tema plazos u otros intereses) y no se ejerce sobre ellos por parte de contratista ni dirección de obra ni promotor, ningún control ni exigencia y pueden comprometer en muchos casos seriamente la seguridad del operario u operarios. En una obra grande, no hace mucho, cuando más sufrí a nivel de seguridad fue en esos momentos. ¿Se puede resolver simplemente realizando también el certificado final de coordinación aún no estando finalizada formalmente la obra?. ¿Qué haceis en estos casos o similares? Cualquier aportación al tema será bien recibida.

    ¡¡Viva el foro!!

    #217833 Agradecimientos: 0
    Don Prevencio
    Participante
    80
    22
    febrero 2002


    Experto

    Firmar el Certificado Final de Obra sin estar acabada realmente se hace y mucho, lo que no quiere decir que se deba hacer. Otras cosa es dar el Certificado Final de obra dejando claro en el mismo que deben corregirse este ese o aquel defecto. Pero esto no pretexta para incluir como defecto unidades de obra sin ejecutar. No debe de hacerse. El realizar el “certificado final de la Coordinación” sin realmente estar acabada la obra es una falta doble y en caso de que ocurra algo, lejos de ser un atenuante, creo que puede ser considerado como agravante, ya que implica exteder “ese certificado” en fraude de ley o mintiendo, ya que no se ha acabado. Lo siento pero es así…

    #217834 Agradecimientos: 0
    _Genero_
    Participante
    2
    0
    junio 2004

    Iniciado

    Pues no estoy de acuerdo con la contestación de Don Prevencio

    Partiendo de la base de suposiciones (puesto que no lo sé a ciencia cierta)

    El coordinador está vínculado con el promotor mediante un contrato que implica una duración, esa duración es durante la vida de la obra, y no tiene sentido su existencia más alla de la finalización de la obra (lo cual no depende del coordinador, sino de terceros).

    Consideró que caso de ocurrir algo durante ese período, creo que sería equiparable a cuando todavía no se ha formalizado el inicio de la obra (situación que no puede controlar el coordinador) y por tanto no responsabilizable.

    Vamos que lo que faltaba, tener que trabajar sin cobrar, ya que como te digan que la obra se acabo y que no sigas coordinando (que haces curras gratis). O lo mismo que si a mitad de obra te cesan en la coordinador (tienes tu que preocuparte por si no meten a otro, si no meten a otro eres tu responsable) creo que esta claro que de ninguna forma.

    Eso sí haz que te firmen el documento de rescisión del contrato de coordinación.

    Un Saludo

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