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  • #32575 Agradecimientos: 0
    Valois
    Participante
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    mayo 2003


    Hola a todos. Estoy realizando una evaluación de riesgos y me gustaría saber vuestra opinión. La empresa que estoy evaluando, está situada en un edificio de viviendas. La empresa tiene dos pisos: uno en el bajo del edificio y otro en el primer piso. Un piso y otro se conectan entre sí por medio de la escalera común del edificio (por donde acceden a su vivienda desde el portal todos los vecinos. Por lo tanto, el buen estado de la escalera y sus respectivos riesgos (aunque solo sea el tramo que va desde el bajo al primero), ¿es responsabilidad del empresario y de su evaluación de riesgos, o es una cuestión de la comunidad el que la escalera esté limpia y en buen estado…. y sin los riesgos de toda escalera fija?.

    Muchas gracias de antemano por las respuestas.

    #235349 Agradecimientos: 0
    GONZA71
    Participante
    1
    0
    octubre 2001

    Iniciado

    El buen estado de las cosas es responsabilidad de los dueños de las mismas, por lo que si la escalera es comunitaria, la responsablidad es de la comunidad de vecinos.

    #235350 Agradecimientos: 0
    miref
    Participante
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    2
    junio 2004

    Iniciado

    ADJUNTO SIGUIENTE RESPUESTA RECOGIDA EN EL APARTADO -PREGUNTAS Y RESPUESTAS- DEL INSHT.

    EN MI OPINION ES RESPONSABILIDAD DE LA COMUNIDAD. NO OBSTANTE, EL EMPRESARIO DEBERA INFORMAR AL RESTO DE PROPIETARIOS DE LOS RIESGOS Y ACTUACION COORDINADA DE LOS MISMOS EN CASO DE EMERGENCIA. La forma de establecer esta información y protocolos es abierta, aplicando la practicidad y sentido común de la misma. A la vez, en cierta manera será responsabilidad del empresario si forma parte también de la Comunidad.

    “Pregunta: ¿Las comunidades de propietarios de viviendas pueden ser consideradas como empresas a efectos de aplicación de la normativa de prevención de riesgos laborales?

    Respuesta: Es en las empresas muy pequeñas donde las dificultades y desinformaciones relativas a la aplicación de la normativa de prevención son más frecuentes. En algunos casos los problemas se derivan de las dudas respecto a la propia consideración de sujeto con obligaciones. En particular, las comunidades de propietarios suelen “no caer en la cuenta” de que pueden, en algunos casos, tener las mismas obligaciones que un pequeño comercio o taller, por ejemplo.

    Es conveniente, por tanto, aclarar que, cuando la Comunidad de Propietarios cuenta con algún trabajador asalariado se convierte a todos los efectos en una empresa a la que se le aplica la normativa de prevención de riesgos laborales. Así, empleados de fincas urbanas, jardineros u otros empleados son titulares del derecho a la salud y seguridad en el trabajo con idéntico alcance que el resto de los asalariados. De esta forma la empresa (Comunidad de Propietarios) con los medios de que disponga (generalmente externos) debe evaluar riesgos, tomar medidas de controlo reducción de éstos, facilitar información y formación y, en su caso, vigilancia de la salud.

    Pero, en todo caso, estas obligaciones son de aplicación sólo a comunidades de propietarios con asalariados contratados. Si no cuentan con empleados no tienen esas obligaciones.

    Recibida en: Revista Prevención, Trabajo y Salud número 10 – 2000″

    #235351 Agradecimientos: 0
    AAGM
    Participante
    0
    septiembre 2004


    Esta claro. Al estar dentro de una comunidad de vacinos es responsabilidad de la misma el mantenimiento de la escalera, pero ten en cuenta que al ser parte del centro de trabajo debes incluirla en la evaluación de riesgos.

    #235352 Agradecimientos: 0
    pepo alares
    Participante
    0
    enero 2004


    Hay dos cosas diferentes , por una parte esta la evaluacion de tu empresa y otra es el mantenimiento del edificio ,escaler etc.en la primera , tendrias que hacer la evaluacion de tu empresa, de los puestos de trabajo, y tu evaluacion de emergencia, y evacuacion.

    Independientemente, se encuentra el mantenimiento y6 disfrute de las partes comunes , en este caso la escalera , es un elemento de la vivienda y corresponde su conservacion a la comunidad de vecinos, incluido tu empresa que la estas evaluando.

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