- Este debate tiene 8 respuestas, 4 mensajes y ha sido actualizado por última vez el hace 11 años, 2 meses por Cap. Morgan.
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Buenos días:
Les cuento el asunto. En una empresa de menos de 50 trabajadores, existe, y está nombrado un delegado de personal (sindical) Este delegado se niega a ser delegado de prevención, pero sin embargo hay otros trabajadores que si se ofrecen a ser delegado de prevención.
¿Solución?
Gracias.Exigir la dimisión de ese delegado de personal por dejación de funciones.
SaludosPues promover el proceso de revocación de este delegado de personal, a instancia de un tercio del personal de la plantilla y “echarlo” ( ver art. 67.3 ET)
o
Ya que además se presentó bajo siglas sindicales, denunciarlo, directamete (a él y a su sindicato) ante el juzgado (más próximo) por comportamiento antisindical y contrario a la libertad sindical. Ya que el sujeto en cuestión está haciendo dejación de sus funciones “para las que fué elegido” y además está “okupando” un cargo o función para bloquerla. (no cabe otra interpretación.Esto me recuerda aquellos personajes pseudosindicales que se presentaban a las elecciones sindicales (tanto para delegados de personal, comite de empresa o de delegados sindicales de las secciones sindicales, igual me da) pero que en realidad era “gente de la empresa” Es decir están a lo que diga el empresario, éste a su vez teniendo “okupados” estos cargos sindicales con “su” gente no tiene porqué preocuparse de que le incomoden “autenticos” sindicalistas con sus reivindicaciones.
No sé si me explico.
Gracias por las respuestas.
Efectivamente, la empresa no dispone de una negación por escrito. Será lo siguiente a exigir al delegado de personal, a ver si realmente lo firma.
Lo que está claro es que está realizando dejadez de sus funciones y habrá que comunicarle que asume o deje el cargo.
Gracias y saludos.@ventamina wrote:
No comparto las ideas de mis compañeros a cerca de ‘echarlo’… echarlo ¿de qué?…la legislación dice que el delegado de personal será el delegado de prevención. PUNTO. ¿Ha dejado por escrito que no quiere desempeñar las funciones de ‘delegado de prevención’ o solo lo va diciendo por ahí? porque si lo deja por escrito, tengo claro que es una cuestión a comunicar a su ‘sindicato’, ya que además está sindicado, para que le infomren bien de sus funcione spor si no las conoce. Y este comunicado lo haría por burofax para que quedara constancia de ello. Pero NADA MÁS. Por lo demás, seguiría llamándolo a los Comités de Seguridad y Salud, eso sí dejando constancia de ello, por ejempo indicándolo en un panel de infomración a los trabajadores… y si no acude, es SU problema. si el resto d etrabaajdores sigue apoyando su elección dentro de cuatro años… es asunto suyo, NO DEL EMPRESARIO, que tiene cuestiones más importantes que hacer que mangonear en asuntos EXCLUSIVOS DE LOS TRABAJADORES (para algo exclusivo que tiene, también se lo tienen que organizar el empresario como ‘le guste’… pues va a ser que no )
Quizá no me expresé con la suficiente claridad.
Cuando hablo de “exigirle” que deje el puesto, me refiero a aquellos que tienen esa capacidad, es decir, sus compañeros.
La Ley es taxativa “en empresas de hasta 30 trabajadores el delegado de prevención será el delegado de personal”. No es de recibo que alguien se presente a un puesto y después decida que responsabilidades propias de ese puesto asume y cuales no.
Y al igual que opinan otros foreros, el propio sindicato al que pertenece debería tomar cartas en el asunto: no puedes estar bajo mis siglas si no cumples.
Saludos@YOR wrote:
Gracias por las respuestas.
Efectivamente, la empresa no dispone de una negación por escrito. Será lo siguiente a exigir al delegado de personal, a ver si realmente lo firma.
Lo que está claro es que está realizando dejadez de sus funciones y habrá que comunicarle que asume o deje el cargo.
Gracias y saludos.Igual lo que procede es que firme es lo contrario. Es decir, un documento, que diga que en cumplimiento de la normativa debe asumir el papel de delegado de prevención. Y que la empresa le facilite la formación para su cargo, o si el prefiere, y la empresa està de acuerdo, lo haga a través de medios externos (sindicato u otros). Luego, lo que haga o deje de hacer, es su responsabilidad mientras la empresa cumpla con las suyas.
@ventamina wrote:
¿¿¿EXIGIRLE??? pero vamos a ver… que es un ¡¡¡¡¡REPRESENTANTE!!!… el REPRESENTA a los TRABAJADORES… si no hace bien sus funciones, es SU problema, no es del emrpesario. EL empresario lo que tiene que hacer es CUMPLIR LA LEY … y no ir EXIGIENDO a los trabajadores lo que ÉL DEBE HACER. Que el empresario convoque la Comisión de seguridad y salud esta misma semana y que traten el tema. Que dejen constancia de los hechos en un acta y que sea enviada al sindica conjustificante de entrega. PUNTO.
Por partes: según el colega la empresa no llega a 50 trabajadores y, por tanto, no es obligatorio tener CSS.
En cuanto a lo de exigir, el empresario tiene la obligación de fomentar la participación y de consultar a los trabajadores y la Ley ofrece la herramienta: el delegado de prevención. Insisto en que en este punto la ley es bien clara; para empresas de hasta 30 trabajadores el delegado de prevención SERÁ el delegado de personal. Y yo me pregunto por qué el empresario tiene que ir consultando uno por uno cuando los trabajadores han elegido a su representante…
No se si exigirle, pero si fuese empresario tengo claro que canalizaría el cumplimiento del capítulo V a través de este delegado de personal, le guste a él o no.Saludos
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