Viendo 15 entradas - de la 1 a la 15 (de un total de 38)
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    Peplacos
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    junio 2004

    Iniciado

    Buenas tardes Srs:

    Es obligatorio entregar en la autoridad laboral los anexos al plan de seguridad y salud realizados en una obra de construcción????. yO Tenía entendido que únicamente es obligatorio el plan originario pero los anexos no encuentro ninguna normativa que lo regule.

    Saludos y gracias

    #381462 Agradecimientos: 0
    preXat
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    mayo 2010


    Yo tampoco he encontrado ninguna norma que indique que se tiene que hacer. Pero, yo todos los anexos los he entrado en autoridad laboral. Si se piensa que un anexo se incorporá al Plan y forma parte de él, y que el Plan se debe presentar con la opertura de centro de trabajo…. pues eso. Si lo haces no pasa nada, si no lo haces; pues no tengo ni idea si se puede imponer sanción, ante la duda lo presento. De todas formas solo me sellan, no se los quedan.

    #381463 Agradecimientos: 0
    Corsario76
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    agosto 2010


    Ni lo vas a encontrar… porqe no es obligatorio. Pero lo mejor qu epuedes hacer es ir a Inspección de Trabajo y pregutnarles allí porque aquí cada uno te va a decir una cosa distinta. Saludos.

    #381464 Agradecimientos: 0
    Corsario76
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    agosto 2010


    Vaya… pues si que estamos bien… una cosa, ¿te sellan todas y cada una de las páginas del anexo o solo la portada? lo digo porque si no se quedan copia, no sirve de mucho que sellen la portada… amos digo yo!

    #381465 Agradecimientos: 0
    preXat
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    mayo 2010


    En Catalunya hay dos tendencias, en Barcelona no se quedan ni el Plan de Prevención, en Tarragona sí que se lo quedan. Lo que te sellan es la portada y la cópia de la instancia de la presentación. Esto es lo único que se quedan cuando entras un anexo por el registro, se quedan la instancia, y la incluyen en el expediente; por lo que saben cuantos anexos hay del Plan. De todas formas tienen un sello especial con un texto muy largo y especifico para los Planes y Anexos.

    #381466 Agradecimientos: 0
    Anonymous
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    diciembre 2008

    Iniciado

    vaaaale, no es obligatorio. Si el anejo complementa y actualiza el PSS, y el PSS se entrega a la autoridad laboral, pues blanco y en botella. Pero no te preocupes; tu no los entregues y si hay un accidente y te toca un inspector que te pida el anejo que desarrolla la activida, tu se lo entregues y te diga que eres un listo que has realizado el anejo el día anterior con fecha de hace tres meses, y que va a cotejar su contenido con el que existe en registro, vas a flipar.

    Y luego le cuentas que conoces la legislación laboral mejor que el y que no es obligatorio. Porque claro, entregarlo supone tanto trabajo…

    #381467 Agradecimientos: 0
    Corsario76
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    agosto 2010


    ¿flipar? ¿que es eso de flipar?
    Mira hijo, haz lo que te de la real gana, pero si no sabes no contestes. ¿Has flipado alguna vez por haber tenido un accidente en la obra y no haber entregado el anexo en la autoridad laboral antes de realizarse los trabajos? ¿ha ocurrido algo por ello? Si te llaman a declarar no va a ser por no haber registrado un anexo porque no estás incumpliendo NADA. SI te llaman a declarar es para qué DECLARES qué sabes sobre los MOTIVOS del accidente. Y va dar igual que lo hayas registrado o no lo hayas registrado en la autoridad laboral o que tenga la firma del ministro de trabajo. Da igual… porque en ningún sitio dice que deba ser registrado. Que lo quieres hacer adelante… como si queires pasar por registro los bocatas del almuerzo… nadie te lo va a impedir.

    #381468 Agradecimientos: 0
    Torlo81
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    julio 2006


    Me parece correcta la postura de David. A día de hoy se trata de cubrirse las espaldas y ser lo más legalista posible, ya que si les apetece, delegación e inspección de trabajo pueden ser más papistas del Papa.

    Corsario: que conoces la normativa mejor que nadie y a tí nadie te obliga a llevar a cabo una actividad preventiva no recogida en la ley, pues adelante, que como eres tan fino, “flipar” no “fliparás”, pero a lo mejor un día “tienes un serio disgusto” (supongo que esto último si lo entiendes).

    #381469 Agradecimientos: 0
    Corsario76
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    agosto 2010


    Pues ocom en Castellón… pero ya me dirás de que sirve que te sellen la primera hoja… si el resto de hojas no está sellado, los cambias cuando quieras, pones un “modificado del anexo a fecha tal” y se enteran cuando vayan el Inspector por allí… Yo os haria una pequeña pregunta, ¿de verdad alguién se cree que el ITSS que visita una obra ha cotejado si esa obra tiene o no tiene el PSS entregado en la autoridad labroal o si tiene 4 o 29 anexos registrados? lo único que mira es que tiene la apertura del centro de trabajo, la dirección y los accidentes ocurridos en esa obra… el resto lo verá en la oficina de la obra o hará un requerimiento de la documentación… pero no está ni puede estar para saber si tiene 28 anexos o ninguno… porque no hay obligación de registrar “anexos” que son solo una invención nuestra para justificar que el PSS que se hizo en su momento es un churro y que vamos modificando sobre la marcha. ¿Acaso no leeis el BOEE? SI está lelno de corrección de errores del la ley no se cual, donde pone esto ahor apone lo otro… y son textos legales… ¿cómo no va haber errores y modificados en un PSS?

    #381470 Agradecimientos: 0
    ICM75
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    noviembre 2006


    Super Gran Maestro

    “¿cubrirse las espaldas?”

    ¿Tú haces prevención o solo haces papeles?

    “¿ser lo más legalista?”

    ¿Esto que significa, cumplir artículos de leyes que no existen?

    #381471 Agradecimientos: 0
    ICM75
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    noviembre 2006


    Super Gran Maestro

    PD: y que conste que yo sí entrego copia de los anexos a la ALC.

    #381472 Agradecimientos: 0
    Sirgudlab
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    noviembre 2007


    Super Gran Maestro

    A ver, haya paz…

    No sé si sabéis como funcionan los “silogismos” (forma de razonamiento deductivo que consta de dos proposiciones como premisas y otra como conclusión, siendo la última una inferencia necesariamente deductiva de las otras dos):

    Os pongo un ejemplo: tengo un queso con agujeros:

    1) Cuanto más queso, más agujeros.

    2) Cada agujero ocupa el lugar que en el que habría queso. Así, cuantos más agujeros, menos queso.

    Cuanto más queso, más agujeros y cuantos más agujeros menos queso. Conclusión: Cuanto más queso menos queso ¿¿?¿?¿?¿?¿?¿??¿?¿

    Vale, bromas aparte, creo que aquí la cosa funciona igual:

    1) Si el PSS lo tengo que presentar a la Autoridad laboral competente.

    2) Si el PSS me lo aprueba el CSS (o la DF, en su caso).

    Conclusión: un Anexo al PSS (es decir, una parte nueva del mismo, pero del PSS al fin y al cabo) debería seguir el mismo trámite, salvo que en este caso no se aprueba otra vez todo el PSS, sino sólo esa modificación.

    Es mi opinión; de todas formas esto ya se discutió hace tiempo:

    Un saludo.

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    Cada vez que das las "gracias" pones la sonrisa en la cara de un niño. En la mía, vaya. No seas rata con los agradecimientos.

    #381473 Agradecimientos: 0
    Corsario76
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    agosto 2010


    ¿en qué ley figura que esa invención llamada “anexo” tenga que registrarse? ¿dónde lo indica, si ni siquiera está definido el concepto “anexo de PSS”? ¿dódne está regulado de qué parte se constituye un “anexo de PSS”?

    A ver si eres “tan fino” de contestar.

    #381474 Agradecimientos: 0
    ICM75
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    noviembre 2006


    Super Gran Maestro

    Bueno, es importante que sea lo suficientemente resistente para sujetar la balda de encima en la que se archivan los “papeles de seguridad” de personal y subcontratas, jeje.

    #381475 Agradecimientos: 0
    ICM75
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    noviembre 2006


    Super Gran Maestro

    Ups, perdon que se me fue de post.

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  • El debate ‘ ANEXO AL PSS Y ENTREGA A AUTORIDAD’ está cerrado y no admite más respuestas.