No hay nada que te indique el tiempo mínimo que debe de estar en el centro/s de trabajo. La norma lo que te dice que sea el tiempo necesario para desarrollar su trabajo, que dependerá de lo que tenga que coordinar.
Hay que tener cuidado que el SPA tiene un contrato con un desarrollo de sus actividades y si el contrato merece la pena un número de horas de trabajo técnico. Así que puede aprovechar y hacer dos cosas a la vez en el centro, seguimiento, formación, coordinación de actividades.
Hay que tener cuidado de que esta desiganción del SPA, por parte de la empresa, no sea con el fin de quitarse un “problema” de en medio. Ya que los motivos que originan esta obligación es la implantación de la prevención en las empresas, por tanto es más sensato que sea una persona que esté en el centro todo el día y tenga algo de responsabilidad y mando en el centro. Pero es aceptable que sea un técnico del SPA ell tiempo que sea necesario.