Viendo 10 entradas - de la 1 a la 10 (de un total de 10)
  • Autor
    Entradas
  • #33969 Agradecimientos: 0
    alfarnate
    Participante
    0
    marzo 2004


    Hola a todos, la realización de éste plan es obligatorio solamente para la empresa contratista o principal o también para las subcontratistas que entran a trabajar a la obra de contrucción (pintores albañiles, fontaneros….).

    Muchas gracias por vuestra ayuda

    #240240 Agradecimientos: 0
    APASA
    Participante
    0
    febrero 2004


    Hola, supongo que hablas del plan de seguridad en obra, este plan lo tiene que realizar la empresa principal o empresas principales, las susbcontratas no tienen que realizar dicho plan pero si se tienen que abderir al mismo. Dichas subcontratas deben tener copia de la parte del plan que a ellas les afecta.

    Soy Adolfo si quieres ponte en contacto conmigo y llameme. Un saludo

    #240241 Agradecimientos: 0
    APASA
    Participante
    0
    febrero 2004


    El plan de prevención es un documento dentro de la gestión integral de la prevención, dicho documento lo tienen que realizar todas las empresas tanto la principal como las subcontratadas, dicho documento debe incluir en su estructura organizativa, las responsabilidades, funciones, prácticas, los procedimientos, los procesos y recursos necesarios para la prevención de los riesgos de la empresa; esto viene en el art. 16 de la ley 31/1995 reemplazado por la ley 54/2003.

    Un saludo

    #240242 Agradecimientos: 0
    grm
    Participante
    0
    marzo 2004


    Hola, lo primero que debe hacer es leerse el RD 1627/1997 sobre obras de construcción, hay sacará toda la información que demanda. no obstante le digo que la empresa contratista es quien tiene la obligación de realizar el plan de seguridad y salud que deberá a su vez ajustarse al estudio básico o estudio de seguridad y salud.

    los Subcontratistas a su vez deben de cumplir lo establecido en ese plan que a llevado a cabo la empresa contratista, es decir aquellas medidas preventivas que estableció la empresa contratista deben ser ejecutadas por la parte que corresponda a las subcontratistas.

    #240243 Agradecimientos: 0
    joespa
    Participante
    0
    octubre 2003


    Según el art. 7 del REAL DECRETO 1627/1997 cada contratista elaborará un plan de seguridad y salud en el trabajo en el que se analicen, estudien, desarrollen y complementen las previsiones contenidas en el estudio o estudio básico, en función de su propio sistema de ejecución de la obra.

    Habrá uno por cada contratista que intervenga en la obra, debiendo ser aprobado antes del inicio de la obra por el coordinador en materia de seguridad y salud.

    Por otra parte, los CONTRATISTAS y SUBCONTRATISTAS serán los responsables de la ejecución correcta de las medidas preventivas fijadas en el Plan de Seguridad y en lo relativo a las obligaciones que les correspondan directamente o, en su caso, a los trabajadores autónomos por ellos contratados. Responderán solidariamente de las consecuencias que se deriven del incumplimiento de las medidas previstas en el Plan.

    #240244 Agradecimientos: 0
    cordobespreven
    Participante
    0
    diciembre 2001


    Primero debes de saber diferenciar lo que es un plan de seguridad (art 7 RD 1627/97) y plan de prevencion (Ley 54/03).El plan de seguridad lo debe de elaborar la empresa contratista principal.Despues las subcontratas o bien se adhieren a el, o bien realizan la parte del plan de seguridad correspondiente a los trabajos a realizar por ellos. El plan de prevencion lo tienen que tener elaborado todas las empresas de España, y es por empresa y no por obra

    #240245 Agradecimientos: 0
    fite
    Participante
    0
    agosto 2004


    Tienen la misma obligación que el contratista o principal.

    #240246 Agradecimientos: 0
    MAPY
    Participante
    0
    mayo 2004


    Buenas tardes, el plan de segurid lo debe de tener la empresa principal en el cual se engloban todas las actividades que se van a realizar durante la ejecución de la obra. Las enpresas subcontratistas no tienen porque tener un plan de seguridad propio, en el caso de que ellos dispongan de un plan deben de entregarselo a la contrata principal para que este lo apruebe, y en el caso de que no dispongan se tienen que adherir al de la empresa principal.

    Espero que te sirva de ayuda. Un saludo

    #240247 Agradecimientos: 0
    MasAlias
    Participante
    0
    septiembre 2004


    La empresa principal debe realizar su propio plan de prevención que englobe todas las actividades, independientemente de que las subcontratas deben tener su propio plan, que se le debe exigir.

    #240248 Agradecimientos: 0
    009
    Participante
    0
    octubre 2002


    el plan de seguridad lo debe de hacer la empresa principal, y las demas adherirse al mismo.

Viendo 10 entradas - de la 1 a la 10 (de un total de 10)
  • El debate ‘ REALIZACIÓN DEL PLAN DE PREVENCIÓN’ está cerrado y no admite más respuestas.