- Este debate tiene 6 respuestas, 7 mensajes y ha sido actualizado por última vez el hace 19 años, 7 meses por Don Prevencio.
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En mi empresa habíamos ido llevando los temas de prevención de una manera “casera” por llamarlo de algún modo, es decir sin documentar prácticamente nada, con voluntad e iniciativas pero casi sin recursos. Ahora al cambiar de SPA, hemos empezado a documentar más las cosas, mi pregunta es la siguiente: yo soy técnico intermedio y quieren nombrarme responsable de prevención de riesgos. ¿Qué alcance tendrían hacia mí, en caso de accidente grave, las consecuencias?
Buenas tardes, las funciones de un tecnico intermedio bienen reflejadas en el RD 39/1997 art 36. Espero que te siva de ayuda. Un saludo
Hola.
Tal y como dice Mapy, las funciones del técnico intermedio vienen reflejadas en el artículo 36 del RSP (RD. 39/1997) pero en todo caso, si tenéis concertadas las disciplinas preventivas con un servicio de prevención ajeno no debes preocuparte demasiado por posibles responsabilidades, ya que son los miembros del SPA quienes deben responder de su actuación.
En todo caso, el último responsable si es que ocurre algo es el empresario, que debe asegurarse de que sus trabajadores no están expuestos a riesgos en su actividad, no pudiendo escudarse en que ya tiene un contrato con un SPA. Tu reponsabilidad por tanto, será colaborar con el SPA en la realización de las actividades marcadas en el artículo mencionado y asegurárte de que vuestro SPA cumple con sus obligaciones. No se puede cargar de responsabilidad a un técnico máxime si éste es intermedio (y por tanto no puede cubrir las especialidades preventivas) y no dispone de los medios adecuados (que, en tu caso los pondrá vuestro SPA).
Espero que te haya servido de ayuda,
un saludo.
LA RESPONSABILIDAD LA ASUMIRIA LA EMPRESA COMO LA DE CUALQUIER TRABAJADOR
Estimado; Es importante conocer la jurisprudencia legislativa donde ser enmarcan los aspectos legales vigente en caso de España. Por otro lado te recomiendo que solicites preparación academica sobre los aspectos técnicos.
Sea cual sea el tamaño de la organización, esta puede proyectarse su crecimiento internalizando tres elementos básicos para su desarrollo ( SEGURUDAD, CALIDAD, MEDIO AMBIENTE).
Ninguna, alguna, toda, segun. El responsable de entrada, en tu empresa de seguridad es el gerente, dueño, jefe de obra.
Depende que es lo que usted haya hecho, qué es lo que el juez le pueda imputar por su acción u omisión. Perdone, y con todo respeto le digo, pero así no se puede contestar de modo tan genérico. Lo que sí le diré para su tranquilidad, que como trabajador designado, que es lo que parece que le quieren nombrar, usted debe de dejar traza documental de lo que hace, es decir, que si le preguntan que hizo al respecto y que se pueda considerar una obligación dentro de las funciones que tenga asignadas, pueda usted demostrarlo documentalmente, o con testigos (esto es más peligroso), pues las palabras se las lleva el viento y de nada o poco sirven en caso de que le imputen alguna responsabilidad. Responsabilidad que entiendo sea por la vía penal, ya que la Administrativa recae en el empresario y la civil, de hecho también recae en el empresario al tener mayor solvencia y seguro…
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