Respuestas de foro creadas

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  • en respuesta a: PUERTA DE EMERGENCIA #207233 Agradecimientos: 0
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    junio 2004


    Verifica la legislación de tu País al respecto, es lo que te indica lo mínimo;en Chile se indica en el reglamento de Urbanismo y Construcción.

    en respuesta a: consulta #207278 Agradecimientos: 0
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    junio 2004


    En estricto rigor y no hablo de lo legal, si ellos aprecian su vida y a sus familiares, deberían tener evaluación de riesgos, lo que le permitirá determinar los elementos de seguridad a utilizar en resguardo de sus vidas, de sus equipos y tambien de terceros que pudieran ser afectados. Lo otro es lo que la ley le exige si son autónomos no la necesitan, si contratan personal si. Como puedes apreciar por A o B igual necesitan evaluación de los riesgos de su trabajo. Me llama la atención el que trabajen colgados sin andamios ni nada, pues el trabajo de este tipo que conozco es el de trapecista de circo, es probable que al no tener evaluados los riesgos (por escrito), no toman las medidas para prevenirlos y lo realizan precariamente. Ocupate de orientar a tu amigo antes de que sea demasiado tarde.

    en respuesta a: APTO CON LIMITACIONES (no puede trabajar en alturas) #212383 Agradecimientos: 0
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    junio 2004


    Si te ha llegado dicho certificado médico, es porque dentro de la política de la empresa está el efectuar un examen preocupacional de los trabajadores, examen que debe ser pagado por la empresa; la finalidad de ello es precisamente eso, saber si el trabajador tiene alguna limitación que pueda significar un riesgo para él, sus compañeros de trabajo o la empresa. Este informe debe ser archivado en la ficha personal del trabajador y entregarle copia de él al trabajador (le corresponde). Se archiva en su carpeta pues cuando se le asignen funciones o trabajos, los supervisores deben de tener en cuenta esta limitación. Consulta, el trabajador no puede trabajar en ¿altura geográfica? o ¿altura física?. Respecto a la notificación, hasta puede ser suficiente que te firme el original del examen médico.

    en respuesta a: Proteccion colectiva #207797 Agradecimientos: 0
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    junio 2004


    Obviamente que debes certificarlas previo a su comercialización, no olvides que estarías comercializando elementos que protegen la vida de los trabajadores; como no especificas tu idea, para comercializar un producto, ponte en el lugar del comprador, que requisitos pedirias tú, para que el producto te de confianza de protección de tus trabajadores. La certificación generalmente la entrega una Institución independiente del fabricante, la cual pone a prueba bajo controles rigurosos el elemento a certificar. Tu puede entregar una garantía; si compras los elementos, puedes exigir que ellos vengan certificados por un Organismo reconocido. Ten cuidado con la garantía de las redes, ya que por experiencia de algunos colegas, estos no tienen una vida útil superior a 1 año. Exito con tu idea.

    en respuesta a: Carnet especifico para maquinas #207763 Agradecimientos: 0
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    junio 2004


    Es aconsejable que sí, a lo menos deben de tener un certificado que los acredite haber tenido cursos de capacitación al respecto, pero el ideal es que tengan su carnet de Operador de Maquinaria, que en el caso de Chile es clase “D”; otra alternativa es que le tomes un examen teórico y practico del tipo de maquinaria que operará y le otorges un carnet de la Empresa, el que lo habilita para operar este tipo de máquina y que le servirá tambien para obtener su respectiva licencia Municipal.

    en respuesta a: Procedimiento de rescate en zanjas #211709 Agradecimientos: 0
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    junio 2004


    Tu mismo te has dado la respuesta; 1° debes de evaluar el tipo de trabajo a desarrollar, el lugar, las características del terreno, la profundidad de los trabajos, la cantidad de trabajadores expuestos, el tipo de maquinaria y herramientas a utilizar con estos antecedentes evalúas los riesgos y las medidas que se deben tomar para evitarlos, eliminarlos o reducirlos. Posterior a ello debes de realizar un plan de emergencia en caso de…; esto involucra todos los antecedentes anteriores más la distancia a establecimientos o grupos especializados de rescate, sistema de comunicación con ellos, etc, en él puedes establecer un procedimiento para actuar en caso de emergencia. Pero lo vital es eso, proteger la vida de los trabajadores antes de, y para ello debes de anticiparte a los escenarios posibles y probables y tomar los resguardos necesarios para evitar el accidente.

    en respuesta a: CON ESTE CALOR, NO SE PUEDE!!!! #212406 Agradecimientos: 0
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    junio 2004


    No es obligatorio usar buzo de trabajo y creo que este (el buzo ) es el mal menor de la empresa, lo que es obligatorio es crear las condiciones para que el ambiente de trabajo sea seguro; si esto no es posible por el alto costo, deberá proporcionarsele a los trabajadores los elementos de protección personal que minimicen o anulen estos riesgos. Lo 1° debes calcular cual es la exposición real a la que están expuesto los trabajadores, la legislación te indicará cual es la exposición máxima permitida y por cuanto tiempo, seguidamente debes de buscar técnicamente la forma de anular o minimizar los riesgos; sea por rotación del personal, por acondicionamiento de las condiciones inseguras o el uso de equipamiento de trabajo especial que encapsulen al trabajador. Como ejemplo de ello, un astronauta si no usa su equipo de protección pierde la vida, un trabajador que se ve en la necesidad de usar el buzo amarrado a la cintura, está creando un nuevo riesgo para el y sus compañeros y te está diciendo a gritos que ese elemento no lo cubre del riesgo. Tu eres el profesional en la materia por tanto no dejes que otros sin mayores conocimiento pongan en riesgo a los trabajadores.

    en respuesta a: LINEA DE VISA #207789 Agradecimientos: 0
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    junio 2004


    Pueden realizarla los mismos trabajadores, depende del tamaño de la Empresa, hay empresas que tienen personal destinado para efectuar reparaciones, habilitaciones y otras relativas a prevenir los riesgos, en otras, lo puedes realizar los propios trabajadores; en ambos casos el supervisor respectivo debe recibir el trabajo, hacer el procedimiento respectivo, autorizar su uso e informar a los trabajadores, pues ha comprobado que es seguro para el trabajo que se desarrollará. Es importante que el Ing. en Prevención de su V°B°.

    en respuesta a: Manejo manual de cargas #207847 Agradecimientos: 0
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    junio 2004


    Yo por lo menos no tengo, si debes realizar un estudio al respecto, debes enfocarlo de dos ámbitos, el primero es ver los riesgos desde el punto de vista ergonómico y que está relacionado con el peso, transporte, distancia y contextura individual, en ello debes estudiar la legislación respecto a manipulación y transporte de carga; obviamente debes de realizar tu aporte profesional para reducir los riesgos encontrados. En segundo lugar tienes los riesgos propios de la profesión y que tambien existe normativa al respecto, por ello es importante que tu estudio defina el marco en el cual se realiza. Es diferente el estudio del transporte de sacos desde el camión al banco y viceversa que desde el camión a las bóvedas.

    en respuesta a: Transporte de explosivos #208322 Agradecimientos: 0
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    junio 2004


    No te confundas, el reglamento de manipulación, transporte y carga de explosivos es la norma legal que fija el marco legal al respecto y me imagino tendrá leves variaciones de un País a otro (ignoro tu procedencia). Cosa distinta es el procedimiento de seguridad (compra, transporte, almacenamiento, manipulación, etc), este documento debes solicitarselo a un Ingeniero en Prevención de Riesgo que te lo realice, ya que es un tema de alta complejidad, sumamente riesgoso que debe realizarlo personal con experiencia, por lo mismo, es dificil explicartelo en forma breve.

    en respuesta a: INFORMACIÓN SOBRE PUESTOS DE TRABAJO #208360 Agradecimientos: 0
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    junio 2004


    Comparto tu opinión respecto a la desidia que se percibe en algunos colegas, que practicamente quieren que le entreguen todo listo, perdiendose un tiempo valioso, olvidandose que su gestión influirá radicalmente en la vida de uno o varios trabajadores y su entorno familiar, por tanto, debemos entregar lo mejor de nosotros y si alguna materia en particular nos es desconocida, preparemonos como el mejor.

    en respuesta a: Contra incendios #211621 Agradecimientos: 0
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    junio 2004


    Desconozco lo que dice el Reglamento de Seguridad contra incendios de tu País, generalmente más que interpretación necesita análisis para que salgas de tus dudas.No obstante, por tus explicaciones deduzco que es un establecimiento con 3 zonas o áreas de actividad diferentes, teniendo claro que el principal objetivo del cálculo de carga combustible es reducir, minimizar o controlar los riesgos de incendios y no tener una media entre el sitio más y el menos riesgoso, por lo que debes de realizar 3 evaluaciones diferentes; en ello es imprescindible conocer el tipo de material de construcción, sus dimensiones, sus accesos, tipo y cantidad de materiales que se guardan en su interior, luego de eso debes consultar una tabla de equivalencias combustible, lo que determinará la carga combustible de cada área, con lo que podrás efectuar las acciones y medidas necesarias para controlarlo.

    un saludo.

    Vguerra
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    junio 2004


    Por supuesto que hay técnicas de evaluación, existen guías de formación, pero para realizar una evaluación específica puedes utilizar el método de auditoría, estudia los antecedentes de conformación, la misión, los objetivos, etc. y luego puedes realizar un muestreo aleatorio para verificar si los integrantes estan preparados, tanto técnica como físicamente. Puedes utilizar una tabulación local o internacional, que te permita medir lo más objetivamente tanto los riesgo a los que están expuestos como el conocimiento y destreza para entregar el Servicio. Tambien puedes complementarlo con un sistema ISO 9000.

    en respuesta a: adaptacion de puesto #210469 Agradecimientos: 0
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    junio 2004


    Típico caso de peloteo, se tiran la pelota unos con otros y en el intertanto tratan de hacerte responsable, hasta que les llegue las multas respectivas y el tiron de orejas del empleador. Legalmente tienen la obligación de cumplir con la resolución y en este caso es el Depto. de RR.HH quien gestionará en forma interna tu incorporación dentro de la empresa según dicta la resolución. No puedes estar tú buscando tu inserción laboral, pues estarías haciendo su trabajo ¡Oye que buena idea!.

    saludos

    en respuesta a: Maquinaria subcontratas #217277 Agradecimientos: 0
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    junio 2004


    No te confundas; aunque sea la mandante, deberá cumplir con los mismos requisitos que una empresa cualquiera, es decir, si aporta la maquinaria, tu empresa debe hacer las mismas exigencias que si la estuvieran contratando, antes de colocar a tu personal a operarla; respecto al personal propio, debes de cumplir lo establecido por ley, como de costumbre.

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