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27 julio, 2004 a las 13:14:05 en respuesta a: responsabilidad subsidiaria #243597 Agradecimientos: 0
Si. Puedes hacerles firmar papeles como que ellos son responsables. Puedes inspeccionar su trabajo. Pero si tienen algún accidente tu, como empresa contratista y dueña de las instalaciones, eres responsable legal.
21 julio, 2004 a las 06:31:44 en respuesta a: formacion para tecnico superior #244090 Agradecimientos: 0Hasta donde yo se para cursar técnico superior en prevención deber tener algún estudio universitario medio o superior y no se convalida, por lo menos en el plan antiguo. Ahora bien no se como va a ser ahora con el nuevo plan en el que es una formación reglada.
19 julio, 2004 a las 08:51:43 en respuesta a: lavado y desgasificado de cisternas que transportan mercancias peligrosas #244355 Agradecimientos: 019 julio, 2004 a las 08:49:06 en respuesta a: PROYECTO: EVALUACIÓN DE PUESTO DE TRABAJO CON PANTALLAS DE VISUALIZACIÓN DE DATOS. #244336 Agradecimientos: 0Te recomiendo bajar el R.D. 488/1997 de 14 de abril sobre Pantallas de Visualización de datos de la página web del instituto. Después puedes acudir a una empresa que conozcas que usen ordenadores, y si no te la inventas, y haces la evaluación de puestos de trabajo basándote en la guía.
Un saludo.
12 julio, 2004 a las 06:33:58 en respuesta a: ACCIDENTES CON MECANISMOS TONTOS #244848 Agradecimientos: 0Muy buenas,
En estos casos en mi empresa en la mayoría de las ocasiones concluimos que no procede acción preventiva alguna (torcedura de tobillo con suelo en buenas condiciones, una que se pilló un dedo con la puerta del coche,…). Aunque en ocasiones intentamos fabricar útiles o habilitar epi´s de protección (por ejemplo para casos como el de golpearse con el martillo hemos comprado un protector de goma)
Un saludo
29 junio, 2004 a las 06:54:13 en respuesta a: TRABAJO PARA OBTENER ESPECIALIDAD ERGONOMIA #245845 Agradecimientos: 0Hola. Yo te recomiendo la: webdelaespalda.org
Hola,
Te comentó nuestro caso. En nuestra empresa tras consultar con los implicados, los trabajadores que lo usan, decidimos no imponer el uso de los guantes para el esmeril. Según ellos es más importante el tacto para tener el control sobre la distancia de la pieza y la piedra y que se pierde en parte con guantes, sobre todo sin son holgados, que la protección a las raspaduras que aportan los guantes. Eso si, si hay que trabajar con piezas pequeñas hay que tener sujetapiezas para no tentar a la suerte.
10 junio, 2004 a las 15:52:01 en respuesta a: cursos de formacion y evacuacion #247240 Agradecimientos: 0A nosotros nos costo 100 € por persona un curso básico de manejo de extintores y bies impartido por los bomberos con prácticas de fuego real
4 junio, 2004 a las 14:19:09 en respuesta a: causa principal de un accidente #247779 Agradecimientos: 0Hola,
Desde mi punto de vista hay que distinguir, o por lo menos yo así lo hago en la investigación de nuestros accidentes de trabajo, entre aspectos o causas del accidente, que en este caso sería el impacto de una partícula dura en el ojo del trabajador, y entre razones básicas para la existencia de los aspectos o causas indicados, que en este caso serían las dos que indicas, contacto de herramienta con objeto duro y no utilización del epi de protección adecuado, pero sin ordenarlos por nivel de importancia ya que si alguno de los dos hechos no hubiera concurrido el accidente no se habría producido.Incluso puedes ir más lejos y determinar las razones de esas razones (porque contacto la herramienta con el objeto duro y porque no llevaba el epi).
Un saludo
Puedes consultar la Orden de 29 de noviembre de 1984 del Ministerio del Interior publicada en el B.O.E. de 26 de febrero de 1985 “Guía para desarrollo del Plan de Emergencia contra incendios y de evacuación de locales y edificios”
Hola,
Si te sirve de referencia nosotros tenemos una sección de corte dentro de la fábrica y para las trabajadoras tenemos unas tijeras neumáticas que en realidad es como una pequeña sierra circular. La marca es Eastman Machine.
30 marzo, 2004 a las 06:23:42 en respuesta a: documentación de los extintores #253570 Agradecimientos: 0Según el R.D. 1942/1993, de 5 de noviembre, Reglamento de instalaciones de protección contra incendios debeis contar con un mantenedor autorizado para el mantenimiento y reparación de la instalación contra incendios (contrato firmado), y este debe proporcionarte actas o certificados de las revisiones de conservación establecidas en el citado real decreto cada 3 meses a los extintores de incendio y a las bocas de incendio equipadas, y de las revisiones establecidas cada tres y seis meses al sistema de hidrantes.
Real Decreto 39/1997 Reglamento de los Servicios de Prevención. Artículo 29: Las empresas que no hubieran concertado el servicio de prevención con una entidad especializada deberán someter su sistema de prevención al control de una auditoría o evaluación externa. Dicha auditoría deberá ser repetida cada cinco años o cuando así lo requiera la autoridad laboral…
15 marzo, 2004 a las 07:44:38 en respuesta a: Inspección de trabajo como salvación #254783 Agradecimientos: 0Hola,
Supongo que el problema está en la raíz de vuestra empresa. En que no teneis representantes de los trabajadores ni delegados de prevención. Si si que teneis tus quejas deben ir hacia ellos y si no teneis acude a un sindicato y allí te informarán de la vía más adecuada de actuación.
Hola. La legislación que afecta a los compresores es el Reglamento de Aparatos a Presión de 28 de junio de 1988 ITC MIE AP17.
Las obligaciones que se derivan son, entre otras, la de someter cada diez años, como mínimo, a una inspección visual interior y exterior al aparato y a una prueba de presión por organismo certificador autorizado, a limpiar al menos anualmente los recipientes de aire comprimido con objeto de eliminar los aceites y carbonillas producidos y a someter a los equipos de seguridad (válvulas, manómetros,…) al menos a una revisión anual.
Un saludo.
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