Respuestas de foro creadas

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  • en respuesta a: Formación Recurso Preventivo #327565 Agradecimientos: 0
    Sarah Andrade Santos
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    noviembre 2007


    Más práctico verdad. Y nos olvidamos de cacaos… Gracias!

    en respuesta a: Formación Recurso Preventivo #327563 Agradecimientos: 0
    Sarah Andrade Santos
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    noviembre 2007


    Hola Daniel, vamos a ver, si en el anexo I se cita: “(…)no será de aplicación este
    Convenio a aquellos talleres de carpintería que aún trabajando con elementos para la construcción no pertenezcan a empresas de este ramo” yo ya interpreto que nosotros entramos en esta excepción ya que no pertenecemos al ramo de la construcción por completo, es decir, somos carpintería de madera, pertenecemos al convenio de la madera y mueble, hacemos trabajos incluso artesanales de carpintería y a la vez, prestamos trabajos en obras de construcción.
    ¿Como interpretar eso? A mí me cuesta…
    De todas las maneras, gracias por estar intentando aclararme, sin embargo, siento decírtelo que aún no lo has conseguido… si quieres seguir intentándolo, te lo agradezco!
    Un saludo,

    en respuesta a: Formación Recurso Preventivo #327561 Agradecimientos: 0
    Sarah Andrade Santos
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    noviembre 2007


    Pero, si has leído la cuestión inicial, no pertenezco al convenio de la construcción, pero si trabajo en obras. Somos carpintería de madera.

    en respuesta a: Formación Recurso Preventivo #327559 Agradecimientos: 0
    Sarah Andrade Santos
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    noviembre 2007


    Gracias a todos!
    Saludos.

    en respuesta a: Formación Recurso Preventivo #327555 Agradecimientos: 0
    Sarah Andrade Santos
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    noviembre 2007


    Sí, si, todo eso está claro, es decir, que además de formación, es bueno que se tenga EXPERIENCIA, como haces referencia al punto 4, del artículo 32 bis, pero mi duda es si esta formación basica (punto 4.: No obstante lo señalado en los apartados anteriores, el empresario podrá asignar la presencia de forma expresa a uno o varios trabajadores de la empresa que, sin formar parte del servicio de prevención propio ni ser trabajadores designados, reúnan los CONOCIMIENTOS, la calificación y la EXPERIENCIA necesarios en las actividades o procesos a que se refiere el apartado 1 y cuenten con la FORMACIÓN preventiva correspondiente, como mínimo, a las funciones del NIVEL BASICO) puede ser impartida “a distancia” o tiene que ser presencial.
    ¿Alguien ha visto esto por algún sitio?

    en respuesta a: RD 39/1997 #326388 Agradecimientos: 0
    Sarah Andrade Santos
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    noviembre 2007


    jajajaja!! Compráte valeriana, que con todo eso, deber estar estresado!!

    en respuesta a: Comunicación apertura centro de trabajo #324588 Agradecimientos: 0
    Sarah Andrade Santos
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    noviembre 2007


    Una cosa que no logro entender es: si estás dado de alta en el libro de subcontratación, ¿que necesidad hay de una subcontrata abrir centro de trabajo? ¡A mi me parece que es aumentar la burocracia para dificultar el cumplimiento de la legislación!

    en respuesta a: formación interna uso máquinas #325385 Agradecimientos: 0
    Sarah Andrade Santos
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    noviembre 2007


    Hola Mobil, puedes citar la ley a que te refieres sobre la obligatoriedad de tener una categoria especifica para la utilización de determinadas máquinas, por favor.
    Saludos,

    en respuesta a: Responsabilidades de los sujetos intervinientes #84624 Agradecimientos: 0
    Sarah Andrade Santos
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    noviembre 2007


    Gracias Icm, muy claro.
    Saludos,

    en respuesta a: Responsabilidades de los sujetos intervinientes #84623 Agradecimientos: 0
    Sarah Andrade Santos
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    noviembre 2007


    Muy bien, Oscar. Muchas gracias, has sido sumamente claro.

    Un saludo,

    en respuesta a: Obligatoriedad de ropa de trabajo #108099 Agradecimientos: 0
    Sarah Andrade Santos
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    noviembre 2007


    OK Runpro. Gracias por el comentario. Ha sido de valor, ya que nadie me había recordado lo de convenio. Tienes razón.
    Saludos,

    en respuesta a: Documentación del trab. autónomo #104674 Agradecimientos: 0
    Sarah Andrade Santos
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    noviembre 2007


    Vale.
    Ya lo voy captando… que tengo que darles lo que me piden. Bueno, pues bien, así lo haremos. Igualmente miraré más a fondo el contrato y el Estudio sin olvidarme de lo que me dijiste: que lo que vale para un trabajador por cuenta ajena, vale para un autónomo.
    Gracias, Icm.
    Un abrazo,

    en respuesta a: Documentación del trab. autónomo #104672 Agradecimientos: 0
    Sarah Andrade Santos
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    noviembre 2007


    Buenos días! Icm.
    Estoy totalmente de acuerdo contigo en el sentido de que si no tiene epi's o formación no empieza a trabajar… pero la cuestión es que el promotor me está pidiendo CERTIFICADO de formación y aptitud medica. Yo no le he dado la formación, los epi's los tiene el trabajador y la aptitud medica, no la tiene tampoco porque, siendo trabajador autónomo, sin trabajadores a su cargo, no tiene contratado ningún servicio de prevención, lo que entiendo que no es obligatorio… ahora sí, si no es obligatOrio para el Trab. aut., ¿porque me están exigiendo esto? ¿Tengo que mandarle al reconocimiento medico de la empresa?

    en respuesta a: Documentación del trab. autónomo #104670 Agradecimientos: 0
    Sarah Andrade Santos
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    noviembre 2007


    Gracias, me vas ayudando.
    Con relación a la formación estoy de acuerdo, pero la aptitud médica, ¿¿también?? Y, ¿les tengo que “dar” los EPI's?… Creo que tu respuesta será positiva, aún así, quiero que me des tu opinión una vez más, por'fa.

    en respuesta a: Documentación del trab. autónomo #104668 Agradecimientos: 0
    Sarah Andrade Santos
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    noviembre 2007


    Y con relación al punto 5 del art. 15, “Podrán concertar operaciones de seguro que
    tengan como fin garantizar como ámbito de
    cobertura la previsión de riesgos derivados del
    trabajo, la empresa respecto de sus trabajadores,
    los trabajadores autónomos respecto a ellos
    mismos”. ¿Esto puede ser el RC?

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