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13 diciembre, 2008 a las 23:27:50 en respuesta a: Formación específicas industrias extractivas #81973 Agradecimientos: 0
La formación de la ITC nueva que comentas dice que esta formación deberá ser impartida por empresas acreditadas para esta formación. Recientemente ha salido la ITC de acreditación para impartir la formación de la ITC famosa de formación en minería. El proceso de acreditación de empresas u organismos para dar la formación está todavía verde pero lo se están intentando acreditar SPA's especializados en canteras y patronales de minería a cielo abierto.
8 diciembre, 2008 a las 20:00:28 en respuesta a: Voladuras a cielo abierto #103752 Agradecimientos: 0El director facultativo debe estar presente desde el momento de la descarga del explosivo hasta comprobar que no hay nada fallido. Puede delegar en técnico titulado de minas sustituto.
En mi caso el técnico competente es el titulado de minas. En el alcance del R.D. citado indica donde se debe realizar el Plan de Autoprotección indicando para actividades regidas por la legislación minera. Por tanto, si se redacta Plan de Autoprotección para una explotación minera el técnico competente es el titulado de minas.
2 diciembre, 2008 a las 19:51:31 en respuesta a: ayuda!!!!medidas preventivas desprendimiento de rocas canteras #110644 Agradecimientos: 0Totalmente de acuerdo con ICM75. Depende que terreno sea la cantera se definirán unos taludes de explotación en proyecto de explotación. Estos taludes definidos para la explotación mediante banqueo ( es lo más habitual ) deben ser estables. Pero además cada día deben inspeccionarse los frentes saneándolos en caso de ser necesario, especialmente después de la voladura es caso de ser arranque mediante explosivos con taludes más verticales al ser roca muy dura
Ley de subcontratación y todo su desarollo no afecta a una cantera. Una cantera es una explotación minera a cielo abierto que debe someterse a legislación minera. En ley de subcontratación indica claramente que su alcance es para obras de construcción
La autoridad minera a la que hay que enviar la solicitud es la Dirección General de Energía y Minas del gobierno de cada comunidad autónoma. Debes entrar la solicitud en el registro de la inspección de minas. Inspección de minas cuando lo reciba debe consultarlo al Instituto Nacional de la silicosis de Oviedo. O sea, que el trámite te puede tardar.
Dentro de una cantera ni se fabrica ni se transporta explosivo de manera habitual. Dentro de la cantera o mina no es necesario ningún ADR de explosivos. El explosivo llega con un camión del polvorín del fabricante que lo único que hace es descargar. Por tanto el proveedor del explosivo ya pone este camión con ADR y todas las demás medidas de seguridad que son muchas ( vigilantes con TIP de explosivos en camión que tienen este ADR para conducirlo, camión homologado según ITC, plan de seguridad para este transporte, etc) En la cantera el explosivo es un suministro.
21 noviembre, 2008 a las 21:22:52 en respuesta a: SOLICITUD MINAS REDUCCIÓN MEDICIONES POLVO #114462 Agradecimientos: 0La solicitud hay que presentarla a la Dirección General de Enegía y Minas de cada comunidad.Es decir inspección de minas o autoridad minera.La documentación que debes presentar son los resultados oficiales de las últimas mediciones. Tardar te puede tardar bastante porque la inspección de minas cuando lo reciba tiene que solicitar informe favorable al Instituto Nacional de la Silicosis de Oviedo
21 noviembre, 2008 a las 21:13:25 en respuesta a: Formación preventiva en sector minero. Nueva ITC. #99829 Agradecimientos: 0Cuando en la legislación minera: Ley de Minas del 1973, Reglamento General de Normas Básicas de Seguridad Minera e ITC que lo complementan, Reglamento del Régimen de la Minería, etc se habla de Autoridad Minera, esta está transferida a los gobienos de las comunidades autónomas. Por tanto inspección de minas o autoridad minera es independiente de inspección de trabajo que es del Ministerio de Trabajo.
La inspección de minas aplica todas las directrices de prevención en minería y por supuesto la Ley de PrevenciónToda máquina que circule dentro de una explotación minera ( a cielo abierto o de interior ) necesita carnet de la Autoridad Minera de cada comunidad autónoma. Además las que salgán a la vía pública necesitan matrícula y resto de documentación convencional
En respueta al compañero minero decirle que si le interesa ser coordinador lo más retribuido para su perfil es en obras subterráneas donde es de aplicación el Reglamento Normas Básicas de Seguridad Minera dándole a él competencias exclusivas en explosivos y todo un túnel se aplican las técnicas mineras.
En respuesta a Don Prevenció el coordinador es el técnico competente según la Ley Ordenanza de la Edificación. Le recomiendo en se lea las sentecias de los tribunales ganadas al respecto defendiendo las competencias de los mineros.Entra o regístrate para ver los enlaces Te puedo indicar:
NTP 257 “Perforación de Rocas eliminación de polvo ” y Orden ITC 2585/2007 Protección trabajadores contra el polvo en indutrias extractivas, donde aparece el apartado de perforaciónSi te refieres a máquina de corte de roca ornamental tengo una ficha técnica de formación. Si te interesa indicame tu correo y te lo envío.
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