Respuestas de foro creadas

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  • en respuesta a: CHALECO REFLECTANTE #241188 Agradecimientos: 0
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    junio 2004

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    duerto,sl (barcelona) duerto.com

    miref
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    junio 2004

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    Arts. 10 a 16 del Reglamento de los Servicios de Prevención RD 39/1997 …….. te ayudará leerlo para el resto de respuestas que lleguen.

    en respuesta a: Fichas tecnicas #241391 Agradecimientos: 0
    miref
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    junio 2004

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    Las tienes en la página del Instituto Nacional se Seguridad e Higiene en el Trabajo. Busca por documentación y bases de datos en la pagina

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    en respuesta a: Marcado CE en los Tractores agricolas #241570 Agradecimientos: 0
    miref
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    junio 2004

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    Hay una exclusión en el RD 1435/92 modificado por el RD 56/1995, Artículo 1 apartado 3. Puedes leerla a ver si tu ayuda. No puedo contestarte más porque no domino demasiado del tema.

    en respuesta a: Plan de evacuación en cantera #241628 Agradecimientos: 0
    miref
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    junio 2004

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    Sí, la evacuación es una aspecto más entre todos los que engloban el Manual de Autoprotección y el Plan de Emergencia de una empresa.

    en respuesta a: COMITÉ DE SEG. Y SALUD #241593 Agradecimientos: 0
    miref
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    junio 2004

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    El comité tiene que ser paritario en cuanto a miembros que representan a los trabajadores y los que representan a la empresa. Los delegados de prevención son elegidos por los trabajadores tras unas elecciones sindicales en la empresa. Los miembros de parte de la empresa los elige la empresa pero no tiene por que ser el empresario como persona física. Pueden ser dos trabajadores que la empresa elija y proponga como sus representantes en el Comité. El art. 38.2 de la Ley 31/95 indica que el “CSS estará formado por los DP y por el EMPRESARIO Y/O SUS REPRESENTANTES”. Pueden ser mandos, personal base, o el recepcionista pero TODOS deberán formarse al menos en nivel básico de PRL.

    El CSS tendrá su estatuto de constitución y sus propias normas de funciomiento, estas no podrán ir contra lo ya establecido en leyes y relglamentos sobre el funcionamiento, competencias, funciones y responsabilidades de sus miembros.

    en respuesta a: TRABAJADORA EMBARAZADA #241613 Agradecimientos: 0
    miref
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    junio 2004

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    Si se la cambia a un puesto de menor riesgo pero de distinta categoría profesional y esa categoría tiene un nivel retributivo menor, NO afectará al salario (continua con el mismo salario) que tenga aunque cambie la categoría profesional del puesto.

    Ahora bien, como se ha dicho, la reducción de jornada se ajustará al salario a no ser que el Convenio Colectivo indique otra cosa.

    en respuesta a: Evaluación de riesgos en Parroquias #241792 Agradecimientos: 0
    miref
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    junio 2004

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    Las razones serán por que tu así lo has evaluado. Has evaluado un riesgo de su trabajo y lugar de trabajo que puede conllevar consecuencias fatales para: – él mismo;- los feligreses que vienen a orar; – la iglesia (como instalación) y obras de su interiror. Ponte en contacto con el obispado o centro a que pertoca la iglesia y hazles ver tu labor, y que le comuniquen desde el obispado la importancia de tu trabajo. No se…… haría algo así. Los pocos párrocos que he conocido son personas de sentido común. Suerte.

    en respuesta a: Marcado CE #241828 Agradecimientos: 0
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    junio 2004

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    Si buscas en el buscador PW (arriba a la derecha de la página) “marcado CE” te saldrán 29 preguntas y respuestas con algún caso como el tuyo.

    en respuesta a: Plan prevencion riesgos #241834 Agradecimientos: 0
    miref
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    junio 2004

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    si el empresario ha asumido la prevención tendrá que hacer una formación de nivel básico (30 h) como mínimo. Si el empresario no la quiere hacer, puede designar a un trabajador para que reciba la formación. La Mutua te informará sobre el curso. El curso cuesta € pero hay que recibir formación. Así que, antes de hacer nada, recibe la formación básica y sabrás buscar (“y cogerlo”) después información para hacer la evaluación, planificación y plan de prevención,…

    en respuesta a: hacer que la seguridad industrial se vea #241852 Agradecimientos: 0
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    junio 2004

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    Si estás haciendo bien tu trabajo esos cambios estarán a la vista ya. Solo con el orden y limpieza, señalización, maquinaria moderna con sus sistemas de seguridad, trabajadores con indumentaria adecuada y epis en su caso,….. Los cambios los puedes reflejar en la mayor productividad que la seguridad aporta a la planta y empresa, pregunta a otros departamentos si la productividad se ha incrementado y relaciónalo con la seguridad.

    La seguridad,higiene y medio ambiente no han de justificarse sino integrarse de manera natural en la empresa. ¿Tú jefe pide ver cambios que se vean al departamento de RRHH, Compras, Contabilidad, ….? No lo creo.

    Quizás quiera carteles tipo….. ” esta planta lleva x (nº de días) días sin accidentes”, o “de las x toneladas de residuos generados hemos reciclado este mes un x %”…..

    No se… espero que el foro responda si ha vivido situaciones similares a la tuya.

    en respuesta a: Parte accidente trabajador ett #241857 Agradecimientos: 0
    miref
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    junio 2004

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    Art. 7.2 del RD 216/99 Disposiciones mínimas en seguridad y salud en el trabajo en el ámbito de ETT´s.

    La empresa usuaria estará obligada a informar por escrito a la empresa de trabajo temporal de todo daño para la salud del trabajador puesto a su disposición que se hubiera producido con motivo del desarrollo de su trabajo, a fin de que aquélla pueda cumplir, en los plazos y términos establecidos, con la obligación de notificación a la que se refiere el apartado 3 del artículo 23 de la Ley de Prevención de Riesgos Laborales. E caso de incumplimiento por parte de la empresa usuaria de esta obligación de información, dicha empresa será la responsable de los efectos que se deriven del incumplimiento por la empresa de trabajo temporal de su obligación de notificación.

    en respuesta a: inspector de trabajo. #241867 Agradecimientos: 0
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    junio 2004

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    Entiendo que es la empresa la que ha de avisar de la llegada del inspector. El inspector notifica a la empresa de su visita y, la empresa, ha de notificar al delegado de que en tal fecha y hora se presentará el inspector. Si se presenta por sorpresa, la empresa ha de localizar al delegado en ella para que esté presente. Normalmente lo el inspector así lo requerirá.

    en respuesta a: formación #241989 Agradecimientos: 0
    miref
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    junio 2004

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    hola onofre. Si buscas por “nivel básico” en el buscador PW encontrarás respuestas a preguntas como la tuya.

    en respuesta a: gestion del sistema de prevencion #242005 Agradecimientos: 0
    miref
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    junio 2004

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    De acuerdo con todos, un servicio de prev. propio para todos los centros. ¿Dónde se instala físicamente con los técnicos de prevención el spp? Normalmente se instala en el centro dónde está la dirección y reunión de de los departamentos con poder de decisión. No obstante, no está de más que los otros centros cuenten con un técnico intermedio de forma permanente si los centros están muy alejados entre ellos (ciudades o comunidades distintas). Se que es un coste añadido, pero a veces el técnico/s del SPP se desplaza rutinariamente a los otros centros. Si no es así, y el técnico hace un montón de Km., y el coste de desplazamientos y dietas puede compensarse con una persona que se dedique a la prevención en cada centro y que, a la vez, conoce el día a día y vida del centro.

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