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  • Langdon
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    abril 2005


    La empresa COASTAL, cuya sede está en Madrid tiene muy buen material audiovisual sobre prevención de riesgos, así com manuales de información básica. Disponen de un catálogo muy completo que te servirán sin compromiso.

    Suelen estar presente en casi todas las ferias de mustras relacionadas con el ámbito de la prevención.

    Espero que te sea de ayuda.

    Saludos.

    en respuesta a: Obligación de hacer Planes de Autoprotección #219698 Agradecimientos: 0
    Langdon
    Participante
    0
    abril 2005


    Según la legislación vigente, por ejemplo la Ley de PRL, en su artículo 20, se indica la obligación de todo empresario, al que sea de aplicación dicha Ley, de establecer medidas de emergencia. Se puede entender claramente que hace referencias a un Plan de Emergencia o más especialmente a un Plan de Autoprotección.

    Mi opinión es que estos deberes recaen sobre los empresarios que desarrollan la actividad industrial, ya que son los garantes de la seguridad de sus empleados, y no del dueño de un edificio, el cual alquila los locales sin tener por qué saber lo que allí se desarolla, ni nivel de riesgos o posibles emergencias.

    En cuanto a hacer el Plan sobre todo el edificio o sólo plantas concretas, el Plan debe de elaborarse para garantizar la seguridad de todo el personal afectado y si para ello deben establecerse medidas de intervención o evacuación en el que se vean interesadas otras plantas o zonas del edificio deben recogerse en el Plan.

    Las emergencias que deben recogerse en el Plan serán las que se puedan generar por la propia actividad del industrial en cuestión, otras de caracter natural y por las que se sospeche que puedan afectar debidos a agentes externos (p.ej. otras industrias del mismoedificio o anexos).

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