Respuestas de foro creadas

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  • en respuesta a: Duda sobre reconocimentos médicos #387365 Agradecimientos: 0
    J.Falcon
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    julio 2010


    Como sociedad, al igual que habéis contratado un servicio de prevención ajeno en la parte técnica, debéis contratar la vigilancia de la salud.
    Cuando una empresa contrate a uno de vuestros trabajadores con discapacidad, de acuerdo a la ley sobre coordinación de actividades empresariales (si hace las cosas bien) os solicitará el reconocimiento médico del trabajador o la renuncia al mismo, entre otras cosas.
    El tema de la discapacidad está especialmente protegido. Desde el punto de vista de prevención y vigilancia de la salud es recomendable que, una vez conocida la actividad laboral que va a desempeñar y haya sido evaluada, se proceda a un reconocimiento médico específico a sus riesgos para valorar si el trabajador es especialmente sensible a los riesgos laborales. Si así resultase, la conclusión del reconocimiento sería marcar unas posibles limitaciones en la actividad laboral y desde el punto de vista técnico evaluar la adaptación laboral.
    Si concretáis el tipo de trabajo y el tipo de discapacidad, podríamos orientaros con más precisión.
    Un saludo.

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