Respuestas de foro creadas

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  • en respuesta a: formación #130019 Agradecimientos: 0
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    septiembre 2007


    En ningún lugar dice que la formación no pueda ser a distancia.Art.19LPRL, asi que lo puedes hacer.¿como?Yo les enviaría la información y les haría un test, enviado por e-mail, claro.Pero realmente no se cuales son las opciones.

    en respuesta a: HORAS DELEGADO PREVENCION #129132 Agradecimientos: 0
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    septiembre 2007


    La respuesta de Pearl Jam es la buena

    en respuesta a: Trabajo en alturas #128816 Agradecimientos: 0
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    septiembre 2007


    Creo que el recurso Preventivo es para subcontratas

    en respuesta a: ¿Quien puede firmar un PSS? #128804 Agradecimientos: 0
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    septiembre 2007


    Yo creo que no puedes, no se puede ejercer por cuenta propia a no ser que seas el empresario de una organización y no pertenezcas al ANEXO I del Reglamento de los Servicios de Prevención. O claro, si trabajases para un SPA o SPP en alguna empresa…pero no es tu caso

    en respuesta a: investigación de accidentes de una gran empresa. #128919 Agradecimientos: 0
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    septiembre 2007


    Siempre quedará constancia de todos los accidentes, con o sin baja. Pero solo se investigarán los accidentes con baja, de más de un día. De todas formas los servicios de prevención tienen constancia mes a mes de los ac.sin baja y las circunstancias que lo motivaron y yo creo que si hay algunos que se repiten; ya sea por el uso de alguna máquina…al cabo de un tiempo tomarán medidas si son un servicio de prevención “bueno”.

    en respuesta a: Accidente de trabajo en desplazamiento #129778 Agradecimientos: 0
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    septiembre 2007


    Si se consideraría accidente de trabajo(in Itinere).Pero para asegurarte de que llegado el momento no haya problemas puedes pedir a la dirección de la empresa que te haga un escrito en el que se especifique las nuevas tareas a realizar, y registrarlo en el ECYL, e incluye una copia de este escrito al contrato.Son modificaciones sustanciales del contrato de trabajo.

    en respuesta a: BOTIQUINES #129601 Agradecimientos: 0
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    septiembre 2007


    No es que ya no estén obligados, los botiquines que dan las mutuas ya no valen. “No son oficiales”.Ahora las empresas deben comprarlos según la normativa vigente.

    en respuesta a: empresa trabajo temporal #129489 Agradecimientos: 0
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    septiembre 2007


    Depende para que funciones, si son consideradas peligrosas, el RD 1627/97 indica cuales son las funciones para las que no se les puede contratar. Por ejemplo para subirse a alturas no se puede…

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