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Si la empresa te designa para ello no debe de haber ningun incoveniente, pero lo logico es que la empresa tenga un trabajador designado en cada aeropuerto.
Independientemente de la legislacionj aplicable lo que tienes que considerar es la situacion de riesgo, es decir ¿existe la probabilidad de sufrir algun tipo de caida de objetos o golpes por objetos?, SI pues entonces tienes la obligacion de proteger al trabajador contra esos riesgos.
29 diciembre, 2003 a las 07:10:10 en respuesta a: Ordenanza de Trabajo de la Construcción, Vidrio y Cerámica, de 9 de septiembre de 1970. #260919 Agradecimientos: 0Has mirado en el INSHT?
19 diciembre, 2003 a las 09:18:13 en respuesta a: Delegados de Prevencion #261238 Agradecimientos: 0Mirate lo dispuesto en los articulos 36 y 37 de la L.P.R.L 31/95.
De todas formas se le puede proporcionar una copia siempre y cuando esa documentacion sea para consulta en su trabajo y no para llevarla a ningun sindicato o lugar donde las personas que vean esa documentacion no tengan nada que ver con tu empresa, o puedan utilizar esta documentacion de forma que sea perjudicial para tu empresa.
Tu puedes tener un trabajador designado que deberia tener como minimo el titulo de tecnico intermedio, pero esto no te exime de tener contratado un servicio de prevencion ajeno como te exige la ley al tener mas de 6 trabajadores.
Mi consejo es que no busques la legislacion que pueda aplicar a estos casos, si no que facilites a los trabajadores el material (y eso incluye la leche) que sea necesario para realizar su trabajo con total seguridad.
Una pregunta ¿tanta leche tienes que comprar que tienes que buscar legislacion para no tener que comprarla?
No el libro de visitas es donde se registran siempre que hacen una visita a un centro, u el libro de incidencias es el que iene que tener el coordinador para anotar las incidencencias que el considere imporantes de comunicar a trabajo.
12 diciembre, 2003 a las 16:33:40 en respuesta a: Plan de Seguridad en Obra #261766 Agradecimientos: 0El Tecnico competente normalmente se considera a un tecnico de Prevencion de Riesgos Laborales, pero lo importante del Plan de Seguridad es que este esté aprobado por el Coordinador de Seguridad.
Los delegados de prevencion son elegidos por los representantes de los trabajadores independientemente del sindicato al que pertenezcan, piensa que el comite de seguridad no es un comite de empresa, entonces que no intenten los sindicatos imponer a su personal.
Lo mas coherente segun mi opinion es que nombrarais delegado a alguno de los trabajadores que tengais estimado que pueda tener una mayor duracion en la empresa.
1 diciembre, 2003 a las 12:07:14 en respuesta a: PLAN GLOBAL DE SEGURIDAD PARA PETROQUIMICA #262780 Agradecimientos: 0Un Plan de Seguridad en petroquimica tiene que recoger igual que en cualquier otro los trabajos que vas a realizar asi como las medidas preventivas a adoptar.
Lo unico que tienes que añadir o mas bien contemplar, es si la zona donde vas a trabajar esta en proceso o es de nueva construccion e incluso si es de nueva construccion si por ella pasan lineas en proceso y de esta manera poner las medidas preventivas con respecto a los trabajosy los productos existentes en la zona y los equipos que esten alrededor tuyo (bombas, depositos, reactores, etc), tambien deberas incluir los procedimientos existentes en la planta que vayas a trabajar (permisos en caliente, en frio, etc)
Dentro de las lamparas portatiles tienes de dos tipos, las que se consideran para trabajos con tension de seguridad (espacios confinados) y las normales de 220V, que son las que tu puedes utilizar en el taller, lo que si tienes que tener en cuenta es que la bombilla este protegida contra impactos y golpes.
En la pagina del INSHT tienes un enlace a los distintos carteles que ellos tienen
21 noviembre, 2003 a las 20:13:38 en respuesta a: sobre el coordinador de seguridad. #263382 Agradecimientos: 0El coordinador tiene la obligacion de que todo el personal que trabaje en su obra cumpla con todos los requisitos legales(formacion, entrega de epi´s vigilancia de la salud, etc), y la unica forma de comprobar que esto es asi, es viendo la documentacion correspondiente de los trabajadores.
Piensa que si en su obra algun trabajador tiene un accidente, él es el responsable por haberlo dejado trabajar sin documentacion, independientemente de que tu tambien tengas responsabilidad por no tenerla.
y si no me equivoco el no querer dejar trabajar a tus trabajadores es por este motivo.
Has mirado en las NTP del INSHT?
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