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8 noviembre, 2006 a las 09:49:02 en respuesta a: Conoceis la empresa I+P?? #164568 Agradecimientos: 0
Yo he coincidido con ellos en alguna obra y la verdad es que tienen su estilo y sus metodos. La gente con la coincidí era gente inexperta y que le tenia bastante miedo a la obra, pero es que tampoco nadie nace sabiendo.
Al margen de la opinión de acerca de los CSS que he conocido, I+P tiene una pinta de que la empresa trinca obras por ser “amigote de …” que quita el hipo.Ongi ibili
¿Cuando dices manipuladora telescópica te refieres a una pluma o a una maquina tipo Manitou?
Analiza el riesgo de caída en altura en los dos casos que pueden ocurrir, hacia el exterior del edificio y hacia el interior.
1.- Hacia el exterior del edificio: según comentas está protegido por barandilla perimetral, así que lo único que queda es asegurarse de que esta en condiciones adecuadas y cumple con las características necesarias.2.- Hacia el interior del edificio: esto depende de las características del material de cerramiento de la cubierta (hormigón, chapa metálica ciega o con lucernarios, otros materiales, …) y su conservación. Si es de reciente construcción en proyecto deberá venir recogida la hipotesis de calculo de la misma (transitabilidad para mantenimiento). Para cubiertas en las que no se considera la posibilidad de mantenimiento o que se han visto deterioradas por el paso del tiempo, seria recomendable instalar incluso redes horizontales bajo la cubierta y el uso de arnes de seguridad por parte de los trabajadores amarrado a lineas de vida instaladas correctamente en la cubierta, pero este es el caso mas pesimista.
Ongi ibili
Pues yo por la experiencia que tengo, no puedo sacar conclusiones sobre el mejor o peor trabajo de un/una prevnecionista en función del genero.
Eso si en contra de lo que se suele estilar en la construcción, he tenido compañeras de trabajo que realizaban su trabajo con mayor empeño y eficacia que sus compañeros.
Un saludo,
Gracias por la respuesta, pero el tema que me más me preocupa es el riesgo de caída en altura durante la colocación de las placas, ya que es muy habitual que durante esa fase no se puedan colocar medidas de protección colectivas y se recurra a las protecciones individuales, con el riesgo que ello conlleva.
Me gustaria si alguien que se haya encontrado en esta situación puede aconsejarme como realizarlo. El eslingado de cargas, ubicación y manejo de grúas, señalista, ya lo conozco.Un saludo,
20 marzo, 2006 a las 16:53:44 en respuesta a: CARNET DE GRÚAS AUTOPROPULSADAS #189116 Agradecimientos: 0Trabajo montando prefabricados de hormigón, desde Junio del 2005 es exigible el carnet de gruista para las grúas autopropulsadas.
Trabajo con bastantes empresas de gruas entre ellas algunas de la CAPV, si quieres que te mande donde han hecho los cursos escribeme a , para no hacer publicidad gratuita.Un saludo.
Si quieres consulta la pagina del Instituto Vasco de Seguridad Laboral OSALAN, tiene publicado un material para el asegurado de taludes mediante el uso de plataformas colgadas de Gruas Autopropulsadas. Ese tipo de trabajo es bastante habitual en Obra Civil.
Un saludo,
8 febrero, 2006 a las 08:04:24 en respuesta a: Manual de formación en Frances #194483 Agradecimientos: 0He estado en la misma situación que tu, pero con trabajadores portugueses (encofradores y ferrallistas).
La solución por la que opte fue buscar imagenes y detalles de medidas preventivas, a parte me preocupe de saber como nombraban a ciertos equipos de trabajo (no siempre la traducción formal es la que usan ellos, preguntale a su encargado) y además conté con la colaboración de su encargado y de algún compañero que sabia algo de castellano.
Lo que es imprescindibles es la colaboración de su empresa.
Suerte.Claro que esos son los documentos de prevención propiamente dichos, y que salen de la LPRL. Pero asi todo necesitas saber a que empresa pretenece efectivamente cada trabajador, y eso solo se sabe mediante el TC2, ya que el Alta en la Seguridad Social, no es fiable al 100%.
A pesar de la supuesta confidencialidad, el TC2 te sirve para comprobar que a lo largo de la obra los trabajadores siguen dados de alta en la empresa.
El Convenio de la Construcción de Bizkaia deja bien claro que para manejar cierta maquinaria entre la que figura explicitamente la Carretilla elevadora, es necesario tener la categoria de peon especialista. Supongo que en tu provincia o CCAA será igual.
Aunque no lo contemplen los Convenios a parte de la categoria, será necesario cumplir con las obligaciones de formación e información habituales.Un saludo,
La prostitución NO es ilegal, el obtener un beneficio de la prostitución de terceras personas SI.
Repasate quienes son los trabajadores contemplados por la LPRL.Como camareras están expuestas a riesgos biologicos, al igual que otros muchos puestos de trabajo.
Lo de los otros menesteres, no creo que te competa ya que el “proxenitismo”, está prohibido en España, según la RAE “Acto u oficio de proxeneta” — Proxeneta:”Persona que obtiene beneficios de la prostitución de otra persona”. El ejercicio de la prostitución esta en una situación de alegalidad, ya que su ejercicio no esta penado, pero la obtención de un beneficio por la prostitución de otras si. De todas formas un experto en Derecho te lo podria aclarar mejor.
Asi que si su contrato de trabajo indica una actividad legal, es de ese puesto del que habra que evaluar los riesgos. Digamos que el resto de actividades anexas la ejercen como “autonomas”. Un compañero de trabajo se encontró en la misma situación, limitandose a evaluar los puestos de camarero, que eran los realizados por cuenta ajena.Un saludo.
1 diciembre, 2005 a las 11:35:32 en respuesta a: Un reto para buenos higienistas: Ni el CSI #202096 Agradecimientos: 0¿Has pensado en los productos de aseo de los baños (jabón) y en los secamanos, si es que existen?
¿Las erupciones son siempre en zonas descubiertas?20 abril, 2005 a las 09:15:08 en respuesta a: Para Don Prevencio (adhesiones) #219556 Agradecimientos: 0Perdona que te responda aunque no sea Don Prevencio.
Ese caso me suena bastante ya que lo he sufrido en carne propia. El problema no lo deberían tener las diferente contratas que redactaron su Plan de Seguridad, sino el Promotor, ya que estaba actuando como Contratista Principal. Este criterio dice más o menos lo siguiente: cuando el Promotor contrate la ejecución de mas de una fase de obra con empresas diferentes, y estas fases de obra sean coincidentes en el tiempo, el Promotor pasa a ser considerado como Contratista Principal con las obligaciones que de ello se derive. Así que cuando se aplica este criterio, también se suele exigir que exista por su parte un Plan de Seguridad y Salud general y las diferentes adhesiones al PSS de las contratas presentes en obra.
Un saludo
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