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8 octubre, 2009 a las 21:17:00 en respuesta a: Gafas de proteccion graduadas #347153 Agradecimientos: 0
SI es obligatorio si las va a utilizar en su trabajo habitual. El empresario siempre tiene la obligacion de entregar a sus trabajadores todos los medios para evitar riesgos, si no son colectivos, entonces serán individuales. Ten en cuenta que unas gafas sobre otras de seguridad hace sudar a lo largo de la jornada y las gafas se empañan. No son condiciones seguras de trabajo. El coste de la graduación es por cuenta del empresario,a no ser que por pacto interno o convenio se negocie el pago a medias.
29 agosto, 2007 a las 08:10:21 en respuesta a: Duda: Contratista principal o subcontratista? #130798 Agradecimientos: 0Yo creo que en ese caso actuará como empresa subcontrada, por lo que se deberá de adherir al plan ya existente.
22 agosto, 2007 a las 10:12:04 en respuesta a: COORDINADOR VA UNIDO A PSS? #131427 Agradecimientos: 0Reiterar lo que comentan los compañeros. Creo que te lo han dejado claro. Saludos
7 agosto, 2007 a las 13:36:08 en respuesta a: ACREDITACION DE SOLVENCIA Y CALIDAD #132640 Agradecimientos: 0Supngo que habrán pedido la acreditación de solvencia de tu empresa y el nº de acreditación como SPA. Si estuvierais certificados es ISO tambien valdría. Tienes que entregarles un certificado de como estais al corriente de pago de impuestos en todo el estado y que no estais fichados por el rae. (registro de morosos)
solo puedes firmarlo si eres personal con titulación técnica, es decir, perito, ingeniero, aparejador o arquitecto. Independientemente para la empresa que lo hagas, firmaras con tus propios datos.
Desde el momento en que trabaja en obras de construcción tiene la obligación de contratar un SPA, aunque tenga solo un trabajador, ya que está en el anexo I de actividades de alta peligrosidad.
13 febrero, 2007 a las 14:20:47 en respuesta a: podas con riesgos electricos #153767 Agradecimientos: 0No resulta raro encontrarse con árboles cercanos a lineas eléctricas, especialmente en áreas boscosas con montañas y valles en los que una instalación soterrada es imposible de realizar.
En principio, si el árbol está cercano a la torre, podrías poneros en contacto con la compañía eléctrica para que cortara el suministro durante el tiempo que durara la poda, que no sería mucho.
Si esto no es viable por el coste que supone dejar si suministro eléctrico a una ciudad, por ejemplo, se instalará el cestón elevador en el lado más alejado a la torre, siempre a una distancia como mínimo de 6 metros.
Los epis necesarios serían: casco protector de cabeza; arnés de seguridad; pantalones y chaqueta de lana de acero; guantes de seguridad especiales tipo forestal, gafas o pantalla facial, y todas las partes del cuerpo bien cubiertas.
Por supuesto, la plataforma elevadora o pluma deberá ser la reglamentaria, con barandillas de seguridad.
De todas formas, ¿porqué podar ramas de un árbol cuando normalmente se talan?. -
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