Respuestas de foro creadas

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  • en respuesta a: Cualificación mínima para firmar PSS #148331 Agradecimientos: 0
    Dante 23
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    marzo 2007


    La ley no especifica formación mínima, por lo que a mi entender puede ser elaborado por cualquier miembro de la contrata, (aunque debería ser obligatorio que el que lo elaborara tuviese por lo menos una formación básica), el recurso preventivo puede realizar el PSS, pero ha de ser el Coordinador de la obra en fase de proyecto quien lo apruebe

    en respuesta a: checklist #148395 Agradecimientos: 0
    Dante 23
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    marzo 2007


    Te mando uno de revisión de las condiciones técnicas de las instalaciones y condiciones operativas de las tareas.

    Espero que te sea de utilidad

    en respuesta a: SATISFACCIONES #149054 Agradecimientos: 0
    Dante 23
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    marzo 2007


    Personalmente me encanta mi trabajo, dices que no te hacen caso, pues si la vía diplomática falla, habla con tu jefe y propón medidas sancionatorias

    Todos tuvimos maestras buenas y “cabronas” de niños, ¿y verdad que estábamos más callados en clase de las “cabronas”?

    Después de mandar un par de trabajadores para casa los demás empezarán a ser muuucho más comprensivos

    Y como bien dice Bermea en este trabajo se salvan vidas, y eso ya debería ser satisfacción más que suficiente, aunque te pueda caer un puñetazo…

    en respuesta a: Empresas extranjeras #150185 Agradecimientos: 0
    Dante 23
    Participante
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    marzo 2007


    🙂 Errare humanun est, cierto es que depende de si son comunitarias o no, el caso es que yo trabajo con empresas noruegas, así que Preventius, lo anteriormente dicho, solo para empresas extranjeras no comunitarias

    PD: Que lea a Dante o no, no debería ser un tema para discutir en este foro

    Dante 23
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    marzo 2007


    Galicia: Conozco técnicos superiores que ganan en mútuas 1000 euros netos mensuales y técnicos intermedios que al estar en otra mútua ganan 1400.

    Todo depende de la empresa

    Saludos

    en respuesta a: Empresas extranjeras #150182 Agradecimientos: 0
    Dante 23
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    marzo 2007


    Esta es mi primera apotación en el foro, así que perdonarme si soy extenso. Además de la documentación típica…

    Los trabajadores extranjeros deben adjuntar:
    1.Permisos de trabajo y residencia
    2.Documento que acredite su identidad
    3.Alta en la seguridad social de su país
    4.Seguro de accidentes

    Soy coordinación de una empresa de habilitación naval y solemos trabajar con empresas extranjeras, te aconsejo que te tomes muy en serio el tema del seguro, ya que algunos (seguros extranjeros) no pagan los posteriores gastos a la seguridad social española derivados de alguna posible lesión de dichos trabajadores extranjeros. Siempre puedes decirles que si quieren trabajar para ti, deben tener un seguro de accidentes español, que es lo que yo he hecho.

    Saludos

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