Respuestas de foro creadas

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  • en respuesta a: incendios #284465 Agradecimientos: 0
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    julio 2002


    Una respuesta tonta: PARA PODER SER DESCOLGADOS.

    Por cierto: tu pregunta no es tan tonta.

    Saludos.

    en respuesta a: mobbing #288096 Agradecimientos: 0
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    julio 2002


    Contacta con la página web: mobbing.nu

    Creo que te será bastante interesante. Saludos

    en respuesta a: Camiones ¡urgente! #288079 Agradecimientos: 0
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    julio 2002


    Supongo que te refieres a los remolques y semi-remolques. No existe algo normalizado pues en su construcción ya se debe, y se ha, previsto este detalle. Todos los semi-remolques como mínimo se febrican con un factor anti-vuelco de 3, esto significaría que el semi-remolque debería de estar, en su parte delantera, cargado con tres veces más carga que la permitida. Es decir si el vehículo está bien cargado y repartida su carga, no debe volcar cuando se sujeta con las patas mecánicas.

    Por tanto lo que se debe tener en cuenta es el mantener uniformemente repartidas las cargas y no dejarlo nunca, a no ser que se apuntale, a medio descargar pues en tonces toda la carga se encuentra en la parte anterior, por delante de las patas, y es cuando existe el peligro de vuelco, lo que ocurrirá si se sobrecarga.

    No puedo ayudarte más. Saludos

    en respuesta a: Mobbing para un Inspector de Trabajo #288702 Agradecimientos: 0
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    julio 2002


    Me dejas un poco helado.

    La Inspección de Trabajo es la que debe vijilar el cumplimiento de la legalidad establecida en las relaciones laborales, incluida la Ley 31/1995.

    Debes denunciar ante esa inspección la situación anómala de la Empresa, en cuanto no se cumple con la legalidad referida a las Evaluaciones de Riesgos, Representación de los Trabajadores y demás, que tú ya sabes… La Inspección SÍ actuará, sobretodo si media denuncia, solicitando las Evaluaciones, el Concierto de la Actividad Preventiva, el contrato con el Servicio de Prevención Ajeno y un montón de “papeles” de los que tu empresario, como garante de tu seguridad, no dispone (por lo que dices).

    No cejes ni mal pienses, pero acude a una organización sindical, la cual no sólo te escuchará si no que más importante, aún, ACTUARÁ.

    Por otro lado ya que indicas que te has puesto en manos de un abogado, indícale la necesidad de presentar una denuncia ante el Juzgado por una falta contra la “dignidad en el trabajo” , otra por abuso de autoridad, otra por atentar contra la persona trabajadora (Tú) e incluso, por qué no?, contra la salud pública pues la tuya se resiente por la actitud de tus…¿jefecillos?.

    No rescindas el contrato, de ninguna manera, y mantente en baja mientras exista motivo para ello e incluso te dejo el e-mail de mi trabajo por si quieres que te ayude (yo llamaré a ese inspector si es necesario o incluso presentaré yo, como trabajador simplemente, la denuncia por si temes represarias) y ánimo al fin y al cabo el “MOBBING” sólo se lo aplican a los mejores.

    Ah mi e-mail es:

    Saludos y alatarqueeeeeeeeeeeeellllllllll.

    en respuesta a: mobbing #290455 Agradecimientos: 0
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    julio 2002


    Hola Aslhy,

    El primer paso ya lo has dado intentando y solicitando ayuda. El segundo tambien pues te consideras la “víctima” y no la causa. Pero te equivocas al dar el tercero: de liquidación nada, pues es cuando te han ganado. Uno de los factores que inician una situación de MOBBING es, precisamente, el abandono por parte del trabajador, de un puesto de trabajo, esto es: obtener un despido encubierto y que resulta BARATO.

    Mi consejo, que ya te lo han dado, es que acudas a tu representante, lo de acudir al Servicio de Prevención, si es muy bonito, pero hazlo a través de él o de la organización que lo respalda. Solo así tendrás la seguridad de se actua correctamente a tus intereses, como trabajador y persona, y sobre todo que se actua contra el ACOSADOR quien no es más que un delincuente que ha cometido una falta contra la Salud Pública. Ni más ni menos que un “camello”.

    Ánimo y adelante.

    en respuesta a: COMITE DE SEGURIDAD Y SALUD. #290496 Agradecimientos: 0
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    julio 2002


    Espero ayudar en algo. Hola.

    Efectivamente, tal y como se te ha indicado, es obligatorio la existencia del Comité de Seguridad y Salud en centros o empresas de 50 o más trabajadores. También es cierto lo que dices de la existencia de un paralerismo entre los órganos de representación de los trabajadores y éste Comité. Todas las empresas de 6 o más trabajadores deben de tener, y eso lo da por hecho la LPRL, un representante de los trabajadores (en más o en menos, dependiendo de la cantidad de trabajadores) que es el encargado de elevar al empresario las diversas solicitides de “sus” trabajadores, en caso de no existencia de Comité de Empresa (por escaso personal de la misma) será ese representante, elegido por los trabajadores, el que hará de punto de encuentro entre éstos y el empresario como garante de la seguridad. Por tanto es de Ley el crear el Comité de seguridad y Salud en aquellos centros de 50 o más trabajadores y no en el resto, pero siempre se debe disponer del Delegado de Prevención que si es voluntad de los trabajadores nada impide que sea el propio empresario, pero repito sólo en pequeñas empresas, no por su importancia si no por la cantidad de trabajadores.

    Bueno tal vez lo haya liado más pero no es esa mi intención. Saludos.

    en respuesta a: ACREDITACIONES EN LA ADMINISTRACION PUBLICA #291351 Agradecimientos: 0
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    julio 2002


    Los componentes del Servicio de Prevención de la Junta están obligados a disponer de las Certificaciones necesarias y solicitadas por el Reglamento de dichos servicios, si se quiere legalmente constituir y poder actuar en sus diferentes niveles y modalidades. Caso contrario está fuera de Ley. Ten constancia, denuncia pues la razón te apoya. Saludos

    en respuesta a: Reconocimientos Médicos #292043 Agradecimientos: 0
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    julio 2002


    Dentro de mis nulos conocimientos de medicina, quisiera puntualizar que por lo que se comenta no se puede decir que el trabajador “perdió el empleo”, pues no lo tenía digamos que no accedió a un empleo. Debo suponer que no reunía las condiciones necesarias, al menos médicas, para ser conductor de manera continuada. Sinceramente creo que se obró de acuerdo con la ley, no solo la de Prevención pues se evitó el riesgo con otros trabajadores (en este caso él no lo era), si no que se cumplió con la obligación, creo recordar, del reconocimiento médico previo a la contratación……De todos modos habría que contemplar otros aspectos, como el Convenio Colectivo etc.. Saludos y perdonar la intromisión, pues es verdad que parece un arma de doble filo.

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    julio 2002


    Hola Teo,

    No quisiera escurrir el bulto, que no lo hago, pero como ya sabes en la vioda hay de todo y algunas veces tenemos que tragar con algo o alguien que se aprovecha de nosotros, de nuestra buena fé. yo soy Delegado, soy aproximadamente sindicalista, y no me siento nada cómodo con lo que dices pero es verdad que hay verdaderos “tiralevitas” en los Sindicatos pero ¿y tú?, has hecho lo suficiente. Yo me estoy dando por mis compañeros, doy la cara y toda mi poca sabiduría por ellos (no, no soy un héroe) y me parto el alma por ellos, por mí. Pero debo reconocer que siempre hay algún “trepa”. Nadie quita que si se ha elegido un mal Delegado, actues tú por tu cuenta elevando al Comité de Seguridad y Salud ó al propio Empresario, tus propuestas, tus denuncias. Incluso llegar a más, plantea tu denuncia ante Inspección. Te aseguro que la atenderan, es su trabajo, y repartirán justamente las responsabilidades. Quién otro mejor que tú para vigilar al que vigila, quién otro más que tú para defender tus derechos, quien otro más que tú para elegir a tu representante, quién otro más que tú para defender a tus compañeros.

    Saludos y que estas “escorias” que aveces encontramos no te irriten, no lo valen.

    en respuesta a: vigilancia de la salud #292697 Agradecimientos: 0
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    julio 2002


    Por desgracia, o no, un derecho puedes no ejercerlo pero por contra un deber no. Los motivos que lleven a un trabajador a no querer ser reconocido pueden cambiar y tú como empresario debes de ofertar siempre la realización de tal derecho. No digo que no sea una “putada” (perdón) pero entiendo que es así. Saludos

    en respuesta a: Debate sobre Socorrismo y Primeros Auxilios #292852 Agradecimientos: 0
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    julio 2002


    Jamás diría yo aquello de que: “de este agua no beberé”, pues me ha tocado tragar y mucha. El caso es que disiento un poco de tí (Marian) pues yo no discriminaría ni descartaría como buen técnico en prevención a aquél que siente adversión o el no poder resistir la presencia de sangre (recuerda que si hay un accidente es que ha fallado la prevención). Partiendo de este inicio creo que por el mero hecho de ser humano no me quedaría impasible ante un accidentado, máxime cuando el implicado es un conocido o compañero. El auxilio entre los humanos es básico, aunque puede que políticamente incorrecto. El problema es saber hasta donde llegar y no crer que se está más formado que de lo que en realidad lo estamos. Puede que con solo tu presencia y aliento, así sin más, logres salvar una vida, lo contrario sería encaminarla a la muerte segura. El caso es no rehuir de la realidad de que te encuentras en ese lugar, en ese momento que puede ser tu momento. Saludos.

    en respuesta a: Dumper #292866 Agradecimientos: 0
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    julio 2002


    Independientemente de que es cierto lo que te han citado en las respuestas anteriores, te diré que un DUMPER es: “un camión basculante de construcción muy reforzada, de gran maniobrabilidad y apto para todo terreno”. Hasta aquí la difinición. Osea puede ser grande o pequeño pero siempre se trata de un basculante super reforzado para el transporte de cargas, bien por delante , bien por detrás de la cabina. Suelen ser matriculados como vehículo especiales pues sobrepasan las limitaciones de pesos máximos por eje, autorizados por el Reglamento de Vehículos. Siento haberte liado más. Saludos.

    en respuesta a: escalera caracol #292962 Agradecimientos: 0
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    julio 2002


    Pienso que no es una escalera de servicio, es una escalera de paso y por tanto está prohibida por el anexo I, punto 7, del RD 486. Por otro lado aún suponiendo que sea de servicio, habría que estar a lo que dicta la normativa municipal en cuanto a las escaleras(dimensiones y huella mínima). Independientemente de estas dos cosas, debemos pensar que los riesgos de toda escalera se multiplica en el caso de las de caracol y por otro lado si son de peldaño al aire…. pues ¡bueno! mejor para el personal masculino. Saludos.

    en respuesta a: puertas sistema deteccion incendio #292972 Agradecimientos: 0
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    julio 2002


    Entiendo que se trata de una puerta cortafuegos y por tanto su misión es la sectorizar los lugares de incendios, no se trata pues de una puerta de emergencia. El hecho de que este cerrada o abierta no tiene mayor significancia a menos que de alguna manera, como puede ser que la apertura fuera en contra de la dirección de evacuación, signifique un estorbo en caso de evacuación por emergencia. Por otro lado te indico, aunque seguramente no hace falta, que el RD486797 indica que las puertas de emergencia, si éstas están en el recorrido de evacuación se supone que lo son,” no deben estar cerradas”, sin más explicaciones pero se supone que se refiere a no estar cerrada con llave. Resumiendo y después de este “rollo” que Creo que sí puede estar cerrada. Saludos y no dudes de que te explicas adecuadamente, seguramente mejor que yo..

    en respuesta a: PARA ALEJ Y DEMÁS Q RESPONDIERON A “REFLEXION” #292993 Agradecimientos: 0
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    julio 2002


    Personalmente no entiendo que te sientas de alguna manera atacada por la reflexión, pero de ningún modo he querido que mi respuesta te ofendiera, aún así ruego me perdones si te he dado esa inpresión… Si te sirve de algo, yo no creo en las sanciones pues éstas no ayudan a la prevención, si pagas multas menos hay para destinar a la prevención… Más bien creo en la creación de bolsas destinadas a ese y exclusivo fin… Bueno repito mis disculpas y recibe un saludo.

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