Respuestas de foro creadas

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  • en respuesta a: MÁQUINAS #159122 Agradecimientos: 0
    charlo_s
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    febrero 2005


    Ante cualquier duda, mi consejo es que certifiques las máquinas, sobre todo si pertenecen a innovación tecnológica, con alguna OCA (Organismo de Control Autorizado). Esto te aclarará muchas dudas al respecto y te descargará de mucho trabajo.
    Yo he aplicado marcados CEE dentro de una empresa a máquinas de este tipo y el análisis para concluir una certificación es complejo, sobre todo porque nunca existe una certeza al 100% de que se minimicen los riesgos a los que manipulan una máquina por primera vez.

    en respuesta a: AGRESION EN CUMPLIMIENTO DE SU LABOR #159143 Agradecimientos: 0
    charlo_s
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    febrero 2005


    Para mi, claramente es accidente de trabajo porque se encontraba el el propio desarrollo de sus funciones según lo expuesto.

    en respuesta a: certificación máquinas #190651 Agradecimientos: 0
    charlo_s
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    febrero 2005


    respuestas muy concretas… gracias. pero, en qué artículo o ley viene regulado explícitamente ésto?
    un saludo

    en respuesta a: HOSTIGAMIENTO PSICOLOGICO #202028 Agradecimientos: 0
    charlo_s
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    febrero 2005


    He de decir que las Administraciones, como máximo, tienen procedimientos conforme a las normas ISO. Esto ya supone una avance pionero. Sin embargo, pienso que estamos aún muy lejos de disponer de procedimientos sobre acoso laboral, entre otros motivos, porque serían de un profundo carácter subjetivo.
    Además, en muchas administraciones se contratan Servicios de Prevención Ajenos, quiere decir que los propios funcionarios (compañeros), no deben auditar este tipo de situaciones ni posicionarse del lado de ningún otro.
    Por otro lado, para estos hechos ya se encuentran regulados por toda la normativa vigente, referida a materias de responsabilidad disciplinar cuyas competencias recaerían sobre Recursos Humanos. Cuando se detecta algún caso, siempre toman declaración previa a los imputados.
    Mi opinión personal es que esto último no sirve para casi nada sino para enfrentar a las partes.

    en respuesta a: MOBBING??????AYUDA URGENTE #202225 Agradecimientos: 0
    charlo_s
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    febrero 2005


    Estoy de acuerdo con lo que dice Pilar y LNC.
    Ojo con confundir y sufrir una situación de crisis circunstancial de la empresa y otra cuestión que sería denunciar un acoso laboral.
    En primer lugar, el factor de reiteración sería el evaluable con pruebas y testigos.
    Nunca lanzarse al vacío, y menos por una situación extrema o de urgencia. Casi todas las respuestas hablan de “juzgados”… No estoy de acuerdo. En ocasiones, “más vale un mal arreglo que un buen pleito”. No dejarse llevar por posturas viscerales es fundamental.
    Además tenemos que tener en cuenta que nuestra misión como prevencionistas es, precisamente eso, prevenir (recordad aquello de conducta preventiva frente a reactiva).
    Por tanto, creo que mi propuesta de inicio para resolver esta situación de tu familiar sería, en primer lugar, cumplir con su jornada y funciones regularmente y dentro de la normalidad a la que esté acostumbrada, tener los ojos bien abiertos en su puesto, ver, oir y callar ante situaciones que sólo podrían plantearse o ante superiores verbalmente(con testigos de su confianza) o en las instancias oportunas (háblese del juzgado si llegara el caso).
    Dada las características genéricas de las entidades bancarias (ya que se necesitarían más datos para analizar y evaluar ese puesto de trabajo en concreto), creo que es mejor un acuerdo negociado, con un abogado presente, antes que pasar por los juzgados.
    Mi experiencia personal: fue mi madre. Sufrió acoso laboral cuando apenas se conocía aquello del “mobbing”, lleva dos años luchando por una incapacidad, pero en ningún caso los abogados plantearon el acoso laboral que sufrió, puesto que es difícilmente demostrable. Incluso tenía en su poder un escrito firmado por más de quince compañeros donde planteaba una situación laboral crítica y ni esto sirvió de prueba para el acoso; sin embargo se planteó su incapacidad por “enfermedad laboral”, y después de todo este tiempo (2 años) aún no se ha resuelto.
    Para los juzgados se necesita mucho tiempo, dinero y, en ocasiones, encajar un mazazo como el que sería perder un juicio de estas características (muy probable), puesto que las empresas pueden tener más recursos jurídicos en la mayoría de las ocasiones. Incluso, puede suponer hundir a una persona para los restos quedándole secuelas psicológicas importantes.

    en respuesta a: salario del prevencionista #204959 Agradecimientos: 0
    charlo_s
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    febrero 2005


    yo diría que el abanico de este salario puede ser bastante amplio, aunque sí me aproximaré una cuantía mínima para ejercer como prevencionista superior: 1500€
    Por debajo de este sueldo, yo consideraría que no está bien pagado el desempeño del puesto

    en respuesta a: Tesis sobre Ergonomia en el trabajo #224662 Agradecimientos: 0
    charlo_s
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    febrero 2005


    Hola bueno, casi me encuentro en la misma situación que tú, pero puedo intercambiar material. Uno de ellos, por ejmplo, es el software de EVALUA! donde aparecen 42 criterios imprescindibles para desarrollar cualquier poryecto.

    Por otro lado, aparecen los criterios aplicados a la especialidad de Ergonomía y aunque no es la panacea, puede ayudarte a descubrir cuáles son los entresijos del trabajo de evaluación de riesgos en el trabajo cotidiano para después extrapolarlos a tu tesis.

    Un saludo

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