Respuestas de foro creadas

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  • en respuesta a: Presupuesto en el PSS #137617 Agradecimientos: 0
    BIXKI
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    abril 2007


    Normalmente lo que se hace es calcular la vida útil de la protección o el número de obras en el que normalmente se utilizan, y en el presupuesto para cada obra cobrar sólo la parte correspondiente a esa obra.

    en respuesta a: Instalaciones eléctricas de baja tensión #137759 Agradecimientos: 0
    BIXKI
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    abril 2007


    Según la ITC-BT-05 a partir del año 2002 todas las instalaciones de pública concurrencia, industria 100 Kw,locales de riesgo de incendio y explosión clase I, locales mojados 5 Kw, piscinas 10Kw, quirofanos, alumbrado exterior 5 Kw tienen que pasar una inspección inicial y periódica cada 5 años por un organismo de control autorizado OCA, por lo que éste es el año de las inspecciones.

    en respuesta a: aviso previo #138099 Agradecimientos: 0
    BIXKI
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    abril 2007


    Según el Artículo 18 R.D. 1627/1997 el aviso previo lo debe de realizar el promotor antesdel comienzo de las obras.
    Según el Artículo 19 del mismo R.D. la comunicación de apertura del centro de trabajo a la autoridad laboral deberá incluir el plan de seguridad.

    en respuesta a: Hacer prueba de alcoholemia #139184 Agradecimientos: 0
    BIXKI
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    abril 2007


    En ningún caso se puede hacer prueba de alcoholemia a un trabajador sin su consentimiento. El control de alcoholemia es potestad de la policía.

    en respuesta a: Plan de Autoprotección #139460 Agradecimientos: 0
    BIXKI
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    abril 2007


    Se exige Plan de Autoprotección a los locales de pública concurrencia según la Orden 29 de noviembre de 1984. En general, para industria se exige un Plan de Emergencia en el que se hace una evaluación del riesgo,se establecen una serie de normas (de limpieza…) y se establece una actuación ante emergencias (inventario de medios materiales, control y seguimiento, instrucciones de evacuación, implantación del plan, informe del simulacro)

    en respuesta a: coordinación #140050 Agradecimientos: 0
    BIXKI
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    abril 2007


    Sí que hace falta, ya que existe más de una empresa en la obra y el R.D. 1627/1997 establece en este caso la presencia del coordinador.

    en respuesta a: Rd 1942 #140532 Agradecimientos: 0
    BIXKI
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    abril 2007


    El Real Decreto 1942/1993, de 5 de noviembre, por el que se aprueba el reglamento de protección contra incendios todavía sigue vigente

    en respuesta a: FORMACION A LOS TRABAJADORES #140558 Agradecimientos: 0
    BIXKI
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    abril 2007


    Aunque la Ley 31/95 no establece nada sobre la periodicidad de la formación, si ocurriese algún accidente grave entiendo que sería difícilmente justificable ante la Autoridad que no se haya validado la formación desde el año 2005.

    en respuesta a: seguridad en mi edificio #140617 Agradecimientos: 0
    BIXKI
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    abril 2007


    Yo entiendo que la comunidad tendría que aprobar un plan de seguridad y nombrar un coordinador. La comunidad sería la promotora y es la que tendría que asumir las responsabilidades penalessi los hubiere. En todo caso al administrador sólo le tocaría gestionar los trámites.

    en respuesta a: URGENTE, COORDINADOR SEGURIDAD Y SALUD #141577 Agradecimientos: 0
    BIXKI
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    abril 2007


    No estoy de acuerdo co Jorge Ismael. Según el R.D. 1627/1997 Artículo 18, el aviso previo lo debe realizar el promotor.

    en respuesta a: menores de 18 años en construcción #141499 Agradecimientos: 0
    BIXKI
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    abril 2007


    El Derecho del Trabajo prohíbe la celebración del contratolaboral con menores de dieciséis años. En caso de que el trabajador cuente con edad entre dieciséis y dieciocho años, las leyes imponen una serie de limitaciones:
    – No pueden realizar trabajos nocturnos
    – No pueden realizar horas extraordinarias
    – No pueden llevar a cabo trabajos peligrosos (que se enumeran en el Decreto de 26 de julio de 1957)

    en respuesta a: condiciones laborales #141524 Agradecimientos: 0
    BIXKI
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    abril 2007


    Teóricamente se mantiene la confidencialidad de la denuncia, pero en estos casos suele ocurrir que la empresa empieza a indagar, y al final, por el tipo de denuncia (qué es lo que se denuncia, a qué area relaciona,…) o simplemente por eliminación la empresa se acaba enterando quien ha
    sido el denunciante.

    en respuesta a: proyecto. #141795 Agradecimientos: 0
    BIXKI
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    abril 2007


    En el apartado 3 de ICT-BT04 del Reglamento electrotécnico de bja tensión tienes todas las instalaciones que precisan proyecto eléctrico.

    en respuesta a: proyecto. #141794 Agradecimientos: 0
    BIXKI
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    abril 2007


    En electricidad hace falta proyecto en locales superiores a 40 m2, en instalaciones solares fotovoltaicas para potencias mayores a 10 KW, en aire acondicionado para potencias frigoríficas mayores de 70 KW…

    en respuesta a: Coordinador de Seguridad y Salud #141976 Agradecimientos: 0
    BIXKI
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    abril 2007


    Estoy de acuerdo con Fuga23. Entiendo que éste es un foro para COMPARTIR. El hecho de que a algún experto alguna cuestión le parezca ridícula, no quiere decir que no deba plantearse.
    Animos a Silvia.

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